GR1731D9025 Pleito entre el fiscal de oficio contra Ignacio Pérez y José Fernández, vecino de Gójar, sobre pelea que ambos tuvieron sobre aguas de riego, de la que resultó herido José Fernández
Fecha 1731
Localidad España, Granada, Gójar
Proyecto HISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
Financiación MINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
Archivo Archivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscrito ARCHGR 5232/006
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Cabeza de proceso
contra
Ignacio Pérez
y José Fernández Sánchez . En el lugar de Gójar , en veinte y dos días de el
mes de agosto de mil setecientos y treinta y un años ,
ante mí , el presente notario apostólico y escribano de fechos de este lugar ,
parecieron sus mercedes Andrés Jiménez Toro y
Tomás Pérez , alcaldes , y dijeron que siendo
como entre cinco y seis de la tarde de hoy dicho día ,
había llegado a noticia de sus mercedes cómo
entre Ignacio Pérez y José Fernández
Sánchez, vecinos de este lugar , había habido cuestión y
pendencia sobre el riego de una haza que está
en la ca calle de el Molino , en lo hondo de ella ,
de el dicho José Fernández que la estaba
regando. Con cuya noticia habían acudido sus
mercedes a el sitio donde está dicha haza y habían
hallado a los dichos Ignacio Pérez y José
Fernández en dicha haza , apartados razonando . Y a el
parecer como que habían tenido brega y
pendencia por estar el dicho José Fernández
manchada la cara de sangre , y el dicho Ignacio
con algunas gotas en la ropa , que por entonces
sus mercedes no determinaron si sería de las
narices dicha sangre o de otra parte ; por cuyo
motivo sus mercedes pusieron en la cárcel de este lugar ,
y de la reja dentro , a los dichos Ignacio Pérez
y José Fernández . Y mandaron se haga
sumaria información de los testigos que se hallaron
en dicha cuestión , y que a los susodichos Ignacio
Pérez y José Fernández se les reciban sus
declaraciones, se les embarguen y secuestren sus bienes y ,
hecho todo , se remita esta causa a manos
de el señor alcalde mayor de la justicia
de la ciudad de Granada , para quien su vista
mande lo que fuere servido . Y así lo dijeron ,
y no firmaron por no saber . Firmelo yo , el dicho
notario y escribano . Doy fe .
Ante mí
José de
Santaella ,
notario y escribano .
Declaración
de José Fernández . En el lugar de Gójar , en veinte y tres días de el mes
de agosto de mil setecientos y treinta y un años , su merced
Tomás Pérez , alcalde , asistido de el presente notario y escribano de
fechos , pasó a la cárcel de este lugar para efecto de
recibirle sus declaraciones a los dichos José
Fernández y Ignacio Pérez . Y , estando en dicha cárcel ,
por su merced dicho alcalde se recibió juramento por
Dios y a una cruz en forma de derecho de José
Fernández , vecino de este lugar , el cual , habiendo
jurado, ofreció decir verdad . Y , siendo preguntado sobre
qué había sido el disgusto que había tenido con
Ignacio Pérez , respondió diciendo que , siendo
como entre cinco o seis de la tarde de ayer que se
contaron veinte y dos de el corriente , estando el que
declara regando una haza que tiene en lo hondo de la
calle de el Molino de este lugar sembrado de maíz ,
había llegado el dicho Ignacio y le había quitado el
agua a el susodicho , a que le había respondido que
por qué le quitaba el agua , a que le respondió el
dicho Ignacio que la quitaba porque era suya ,
a que respondió el que declara que no le
quitaba nada , que el agua iba perdida y que la había
echado a regar aquella haza . Y entonces
respondió el dicho Ignacio que todos los miércoles quitaba
el agua quebrantando las órdenes de la justicia
que tenía dada para los riegos . Y entonces el que
declara volvió a echar el agua a dicha haza , estando el
que declara primero , a cuyo tiempo el dicho
Ignacio había alzado una azada que traía y le había
dado a el que declara un golpe con dicha azada en
la cara y en la cabeza , de donde habían resultado
dos o tres piquetes de heridas . Y al mismo tiempo se echó
el dicho Ignacio sobre el susodicho tirándole de los
cabellos y bregando con el susodicho , a cuyo tiempo había
llegado Luisa Pérez , mujer de Baltasar Jiménez , y
que había tirado de los susodichos y había sacado a el
camino linde de dicha haza pretendiendo
apartarlos, cosa que no pudo conseguir . Y que a este
tiempo había llegado José Moreno , vecino de
este lugar y alcalde de la hermandad de él , y
que había asido a el que declara
zamarreándolo y pidiendo favor a el rey , y que le había dicho
que de viejo lo tenía yo eso , a que le respondió el
que declara a el dicho José Moreno que lo
dejara, que mirara cómo lo tenía aquel ruin hombre .
A cuyo tiempo habían llegado sus mercedes dichos
alcaldes y les había dicho el que declara que quién
regaba, a que le respondieron que acabara yo la
haza de regar , como con efecto lo ejecutó . Y entonces
trajeron presos dichos alcaldes a los susodichos , y que
también puede decir sobre esta causa Manuela
Caballero, mujer de Pedro Herrera , vecino de este lugar . Y
esto declaró y ser la verdad so cargo de el
juramento que hecho tiene , y que es de edad de
más de cincuenta y cinco años . Y no firmó por
no saber , ni dicho alcalde , de que doy fe .
Ante mí
José de
Santaella ,
notario y escribano .
Declaración
de Ignacio Pérez . En el dicho lugar , en el dicho día , mes y año , para proseguir
en estas diligencias pasó asistido de el presente notario y escribano de
fechos a la cárcel de este lugar , donde de presente está preso el
dicho Ignacio Pérez , para efecto de recibirle su
declaración, de el cual por su merced se recibió juramento
por Dios y a una cruz en forma de derecho , a que lo
hizo y ofreció decir verdad . Y , siendo preguntado
sobre que tuvo el disgusto con José
Fernández Sánchez , respondió diciendo que ayer que
se contaron veinte y dos de el corriente , siendo
como entre cinco y seis de la tarde de dicho día ,
yendo el que declara a regar una haza suya que
tiene en la vega de este lugar sembrada de maíz ,
de rastrojo de habas , regada de quince días , había
hallado el agua con que había de regar dicha haza ,
que le toca a la dula de el dicho día veinte y dos , en
una haza de Juan Felipe Chacón , de barbecho
blanco , y en una alberca de Andrés Jiménez
Toro ; por cuya razón se vino el que declara
a el lugar . Y que luego incontinenti , volvió hacer
la diligencia de regar respecto de haber
cavado el dicho Juan Felipe , y halló que dicha agua
estaba entrando en una haza de rastrojo de
trigo sembrada de más de José Fernández ,
siendo así que el susodicho tenía una haza de
rastrojo de habas que regar , siendo primero
que el que declara la que regó después
regar la de rastrojo de trigo . Y el que declara
entonces pasó y le quitó el agua de dicha haza
de rastrojo de trigo , a lo cual acudió el dicho
José Fernández con todo poderío , y
amenazando y ultrajando de palabra a el que
declara . Y , poniéndose atravesado en
la torna para volver a echar el agua
en dicha haza , le dijo a el que declara : Ya ha
regado usted un pedazo , en regando yo , que es
mía , podrá usted acabar de regar
; por lo cual
alzó la azada que tenía el dicho José
Fernández para tirarle a el que declara , a cuyo
tiempo metió la suya para defenderse y le
dio con ella en la cara de plano , de cuyo
golpe cayó de espaldas , y aguardó el que
declara a que se levantara . Y , estando en pie el dicho
José Fernández , embistió con el que declara y le
arañó en el pecho , por cuya razón volvió a embestir
con el dicho José Fernández y le agarró de los
cabellos. Y , teniéndolo sujeto y sus manos libres , le
bajó y agarró una piedra , la cual le quitó el
que declara de las manos , en ocasión que llegó
Luisa Pérez , mujer de Baltasar Jiménez , y le
dijo que la soltara la piedra . Y la soltó , y
metiéndose de por medio la dicha Luisa Pérez , no
respetándola ninguno le dijo a la susodicha
llamase a la justicia , a cuyo tiempo acudió
José Moreno , alcalde de la hermandad
de este lugar , pidiendo favor a el rey . Y de
contado soltó a el dicho José Fernández y se dio
por preso por haberlo entregado a Manuel
Jiménez , vecino de este lugar , para prender a el
dicho José Fernández . A cuyo tiempo
acudieron sus mercedes Andrés Jiménez Toro y Tomás Pérez ,
y nos entregó dicho José Moreno a dichos alcaldes ,
los que nos pusieron en la cárcel de este lugar . Y esto
es lo que sabe y puede decir so cargo de su juramento ,
y de edad de treinta y nueve años , que firmó , y
no firmó dicho alcalde por no saber . Doy fe .
Ignacio
Pérez José de
Santaella ,
notario y escribano .
Testigo Luisa Jiménez
Pérez . En el lugar de Gójar , en veinte y tres días de el
mes de agosto de mil setecientos y treinta y un años ,
su merced dicho alcalde , para la sumaria que
se pretende hacer en estos autos , hizo parecer
ante sí a una mujer que se dijo llamar
Luisa Pérez , y ser mujer de Baltasar Jiménez ,
de la cual se recibió juramento por Dios y a
una cruz en forma de derecho , la que lo hizo
y ofreció decir verdad . Y , siendo preguntada a el
tenor de la cabeza de proceso que está con estos
autos , respondió diciendo que ayer que se
contaron veinte y dos de el corriente , siendo como
entre cinco o seis de la tarde , estando la que
declara lavando en lo hondo de la calle que
llaman de el Molino , cerca de una haza que
tiene José Fernández en lo hondo de dicha
calle , estando la que declara como estaba
lavando oyó voces como ruido de pendencia ,
aunque no veía por entonces quiénes eran .
Y que entonces acudió a las voces y vio que en
en la torna de la haza de José Fernández
estaba el susodicho y Ignacio Pérez , asidos en
forma de pendencia , a cuyo tiempo la que declara
se metió de por medio para apartarlos. Y que
no le atendieron ni hicieron caso de la susodicha ,
y que no se hablaban palabra sino están
solamente estar asidos el uno al otro de los
cabellos y la ropa de el cuello . Y que vio a el dicho
José Fernández tenía sangre en la boca , y
que no sabe de dónde le venía , y que a este
tiempo había acudido José Moreno , alcalde de
la hermandad de este lugar , pidiendo favor a el
rey . Y prendió a el dicho Ignacio Pérez , el que entregó
a Manuel Jiménez por preso , y el dicho José
Moreno prendió a el dicho José Fernández , a cuyo
tiempo se apartaron los susodichos . Y entonces
llegaron sus mercedes Andrés Jiménez y Tomás Pérez ,
alcaldes, y trajeron presos a los susodichos a la cárcel de
este lugar , y que entonces la que declara
se volvió a su lavado y que no vio
otra cosa , ni sabe ni puede decir
más que lo que lleva dicho so cargo de el
juramento que hecho tiene , y que es de edad de
más de cincuenta y cuatro años . Y no
firmó por no saber , ni dicho alcalde . Doy fe .
José de
Santaella ,
notario y escribano .
Testigo : José Moreno . En el lugar de Gójar , en veinte y cuatro días
de el mes de agosto de mil setecientos treinta y un años ,
su merced Andrés Jiménez de Toro , alcalde de este lugar , en
continuación de estas diligencias y para su justificación ,
asistido del presente escribano , pasó a las casas de la morada
de José Moreno , alcalde de la hermandad .
En este lugar , y estando en ellas , por ante recibió
juramento por Dios y una cruz en forma de derecho del dicho
José Moreno , quien lo hizo y ofreció decir
verdad. Y , siendo preguntado al tenor del dicho auto
y cabeza de proceso hecha por la justicia de este lugar , dijo
que lo que sabe y puede decir en razón de su
contenido es que , estando el testigo atando lino junto
a las viñas que labra don José Pareja , vecino de este lugar , el
día veinte y dos del corriente , el guarda que hay en dichas
viñas dijo al testigo : Señor Moreno , parece que por ahí
arriba suenan voces
. Y , habiéndose puesto derecho , oyó
voces de una mujer , por cuya razón el testigo se subió
el camino arriba . Y una muchacha de Gaspar de
Torrices dijo : tío Moreno , ande usted aprisa
. Y ,
habiendo alargado el paso , vio que José Fernández y
Ignacio Pérez estaban asidos uno de otro de pie
derecho, y que Luisa Pérez los estaba apartándolos.
Y , habiendo llegado el testigo , pidió favor a la
justicia y les echó mano a los dos , y reparó que
el dicho José Fernández tenía sangre en la cara y el dicho
Ignacio Pérez en el pecho . Y , habiendo llegado a este
tiempo Manuel Jiménez , hijo de la dicha Luisa Pérez ,
le entregó por preso al dicho Ignacio , a cuyo tiempo
llegaron los señores alcaldes y , viendo lo referido ,
se entregaron en dichos presos . Y el testigo se
volvió a su trabajo y por entonces de pronto no supo
por qué fuese dicha pendencia , y después solo
ha oído decir fue sobre el agua y riego que
estaban haciendo y tenían que hacer . Y que
esto es solo lo que sabe y puede decir so cargo del
juramento que lleva hecho , y que es de edad de treinta y seis
años . Y lo firmó , y dicho alcalde no firmó porque
dijo no saber escribir . Doy fe .
José
Moreno ante mí , Juan Antonio de Cea
y Tellado ,
escribano .
Testigo : Marcela Fernández . Y luego incontinenti , dicho alcalde , en vista de la
declaración antecedente y en continuación de esta causa , hizo parecer
ante sí a Marcela Fernández , vecina de este lugar y mujer que es de José
Granados , vecino de él , de la cual , por ante mí el escribano , recibió juramento
por Dios y una cruz en forma de derecho . Y habiendo jurado ofreció
decir verdad . Y , siendo preguntada al tenor de estos autos y
cita que se le hace en ellos , dijo que lo que sabe y puede
decir es que , estando la testigo en su casa con su hija Agustina
Fernández , llegó a ella Mateo Fernández , vecino de este lugar , y
estuvieron hablando largamente sobre lo sucedido el día
miércoles veinte y dos de este presente mes , y como se decía públicamente que
Ignacio Pérez no había tenido razón en lo que había
hecho con José Fernández , y que todos lo habían afeado
mucho. Y dicha noche , que fue cuando se habló lo referido ,
el dicho Mateo Fernández dijo a la testigo cómo el dicho Ignacio
Pérez había ejecutado aquella acción con José Fernández por
odio y mala voluntad que le tenía , pues se había dejado
decir en muchas partes que siempre que
encontraba al dicho José Fernández le daba gana de matarlo.
Y que esto se lo había dicho Juan de Reyes , vecino de este lugar ,
quien se lo había oído al dicho Ignacio . Y de
aquí se colegía que con esa intención habría ido cuando
le dio el golpe con la azada . Y que esto es lo que pasó ,
sabe y puede decir en razón de lo que se le ha preguntado ,
que es la verdad so cargo de su juramento , y que es de edad
de cuarenta años . Y no firmó por no saber escribir , ni dicho
alcalde. Doy fe .
Ante mí Juan Antonio de Cea
y Tellado ,
escribano .
Legenda:
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