GR1707D9006

Francisco Valero de la Mota con los maestros pasteleros de Granada, sobre reconocer y embargar la manteca para cumplir las raciones de los ministros de la Chancillería

Fecha1707
LocalidadEspaña, Granada, Granada
ProyectoHISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
FinanciaciónMINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscritoARCHGR 4331/84

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Dilixa. E luego yncontineti, el presente escriuano, con asistenzia de Andres Ruiz, ministro de auasto, se paso al postigo de la Madaglena, a la pasteleria de Jua de Acostta; y hauiendose bisitado, se hallaron siete tinajas de manteca deretida, las tres de ellas grandes y las quatro pequeñas, de fresca y aniexa, y treintta y quatro pellas de manteca. Y en la Carrera de Genil, en la pasteleria de Françisco Bazques, se hallaron tres as de manteca en pella; y en la de la pescaderia, de Franco Barzia, quattro as de pella de las seis que se le embargaron, por hauer dado dos as a una razion; y en la pasteleria de la calle de San Mattias se hallo una porzion de manteca deretida en una tinaxa pequeña, y dos orzas; en la Carpinteria se hallo una olla grande de manteca deretida, y en la de las Ymaxenes, en la Puerta Real, no se hallo manteca alguna em pella, por dezir Juan Pheliz, maestro de pastelero en ella, no hallarla; y que de un terzio que compro del harriero de Ronda le ymbio a Silvestre Gonzales quatro a que le devia y le hauia prestado; y en la pasteleria del Rialejo, de Alfonsso de la Rossa, se hallo en un zenacho dos pellas de manteca, y en una olla otra poca derretida; y en la pasteleria de Silvestre Gonzs, junto San Jil, se hallo vna tinaja pequeña de manteca derretida anieja, y como aa y media de pellas, y dijo que estava aguardando le trajesen dos cargas para cumplir con veinte y seiseis a que hauia de dar por mandado del señor juez de esta caussa, y lo mas que pesasen dhas dos cargas para dhas raziones, que hauio ymbiado por ellas para este fin, porque al tiempo de su prision ya tenia gastada en oxaldres la mayor parte, y no la tenia entonzes en ser, y se suspendio la bisita de la de la calle de San Geronimo y las demas para proseguirla quando combenga. Y para q conste, se pone por dilixa, y lo firmo dho ministro, e yo el ssno, de que doi fee. Andres Ruiz de los Rreies antte my, Miguel de Leon Gamero To: Franco de Barzia. En la ziudad de Granada, en onze dias del mes de febrero de mill settezientos y siete as, en cumplimiento del auto proueido por el señor don Franco Balero de la Mota cauo del orden de Señor Santiago, juez de esta caussa, por ante Andres Ruiz, ministro de abasto, y del presente escriuano, se reziuio juramento a Dios y a una cruz em forma de dro de Françisco de Barzia, vezino de esta ziud y maestro de pastelero en la Pescaderia, y lo hizo y prometio dezir berdad. Y, preguntado por los particulares contenidos en dho auto, dijo que lo que saue y puede dezir es que saue de boca de Françisco Bermudes, cosario de Ronda, le a traido en tres biaxes a Pedro Chamorro, maestro de pastelero en la calle de San Geronimo, seis cargas de manteca, no saue con quantas as, que asi se lo confesso al testigo, en los tres biajes que se las trajo. Y las dos cargas de ellas benian para el testigo, y por no tener dinero con que tomarlas, le dijo dho arriero le trairia otras, que no le a traido, y que se las dejaua con las demas a dho Chamorro, quien se la pagaua a treinta reales. Y no saue el testigo si dho Pedro Chamorro a comprado mas manteca demas de dhas dos seis cargas que le a traido dho arriero, quien se lo dijo al testigo, lo qual le dijo dho harriero abra tres semanas, poco mas o menos, y que los testimonios de dhas seis cargas prezisamente se lleuarian a la alhondiga Zayda, donde tienen obligazion de recojerlos y pagarse derechos, quatro reales por cada carga. No sauen si se lleuaron o no, que quien lo declarara sera el fiel de dha alondiga, que es don Antonio, que no saue su apellido, y que tanbien sabe, por aberselo dho el mismo harriero, que el susodho trajo otras quatro cargas havra quatro semanas para Françisco Perez, maestro de pastelero en la calle de Santo Matias, con la zircustanzia de que las dos de ellas binieron en caueza de Françisco Ortiz, pastelero de San Gregorio, su tio, y que dho arriero le dijo que se las habia alargado a dho Franco Perez, su sobrino. Y que las seis as de manteca que se le embargaron al testigo fueron las que truxo, una sera bispera de Pasqua de Nauidad que le trujo dho arriero a prezio de treinta rs. Y asimo saue, por hauerselo dho dho arriero, abra quinze dias poco mas o menos, que le trujo dho arriero vna carga de manteca a Jua Feliz, maestro de pastelero en la Puerta Real, al mismo prezio. Y no saue ni tiene notizia se aya traido a otros maestros mas manteca. Preguntado si sabe que cantidad de as de manteca tendra enzerradas y recojidas dho Pedro Chamorro, dijo que no lo saue, mas que tan solamte lo que puede dezir es que, estando el testigo en la puerta de su cassa despues de hauerse visitado las pastelerias en presenzia de Alfonsso de la Rossa y Françisco de Barzia, declarante, y de Antonio Barela, y de dho Pedro Chamorro, que concurrieron todos los referidos, fue dezir el testigo que se sacase la manteca que ubiese para cumplir con el sor juez, que hera razon pues lo mandaua dho señor, a que dho Pedro Chamorro respondio que el no hauia de dar onza de manteca, que se defenderia. Y el testigo dijo que no queria meterse en nada, y los demas que estauan presentes, que zita, callaron. Y tanbien se aquerda se hallo preste dho ministro de abasto, y que esto fue a tiempo que le hauian traido las quatro cargas de las seis de que tiene notizia. Y, aunque se le hizieron otras preguntas y repreguntas en razon de este negozio, dijo no saue mas de lo que lleua declarado, lo qual es la uerdad so cargo del dho su juramto. Encargosele el secreto y lo prometio, y lo firmo, y que es de hedad de treinta y seis as, y dho ministro, de que doi fee. Franco de Barcia antte my Miguel de Leon Andres Ruiz de los Rreies To: dn Antonio Gonzs. En la ziudad de Granada, e en el dho dia, mes y año dhos, en cumplimiento del auto proueido por el señor juez de esta caussa, yo, el escriuano, reziui juramento a Dios y a una cruz en forma de derecho de don Antonio Gonzs, vezino de esta ziud y admior en la alhondiga Zaida de esta ziudad del derecho que toca a su magestad de las cargas de manteca que entran en esta ziudad. Y lo hizo y prometio dezir verdad. Y, preguntado por los particulares del dho auto, dijo que lo que save y puede decir es que no tiene notizia que aia entrado en esta ziud mas manteca que la de dos testimonios que entrego a dho señor don Françisco Balero, en birtud de el auto que le fue notificado por uno de los dias del mes passado, y la que consta de los quattro testimonios que entrega de presente a mi, el escriuo. Que el uno de ellos lo tenia en su poder, de las dos cargas de Franzisco de Barzia, maestro de pastelero en la Pescaderia, de que tenia notizia el presente escriuano, de cuia manteca de dho testimonio se le hallaron en sera el susodho, seis a que le fueron enbargadas. Y los ottros tres testimonios se le an entregado al testigo oy, biernes doze del corrte por la tarde, por Esteuan Lopez, compañero del testigo en dha renta, quien dixo se los hauia dado un garda de millones que hauia encontrado las cargas, para que cobrase el testigo los quatro res de derecho de cada una de los maestros a quien las an traido; que constan de dhos testimonios que el motibo q a tenido el testigo para no hauerlos presentado a sido el no auer tenido notizia ni llegado a sus manos hasta aora. Y no saue ni a llegado a entender el testigo que aia entrado otra manteca, y si la an entrado y traido el cossario de Ronda, o otra persona, habra sido em blanco, por escusarse de pagar el derecho. Y siempre que llega notizia del testigo esta pronto a declararlo. Y tambien saue se le truxo una carga de manteca a Juan Pheliz, maestro de pastelero en la pasteleria de las Ymagenes, cuñado de Pedro Chamorro, maestro en la calle de San Geronimo, no saue quien se la ttrajo. Y lo saue por hauerselo dho dho Juan Pheliz al testigo, quien le respondio que el testimonio de ella no auia llegado a el alhondiga, como con efecto no llego, ni lo ha bisto el testigo, por cuios motivos esta zierto el testigo se le defrauda su renta entrandola en blanco, pues prezisamente se an de surtir las pastelerias para el año por este tiempo. Y que lo que a dho y declarado es la verdad so cargo del dho su juramento, y lo firmo, y dho ministro, y que es de hedad de quarenta y ocho aos. De que doi fee. Gonçales Andres Ruis de los Rreies antte my, Miguel de Leon Gamero


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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