Juan de Zafra, su
su capital
de vienes
Estando en el pago que dizen de Arauenaz,
termino y jurisdizion de la ziud de Grada,
en guertta de Dn Seuasttian de Espinossa,
que tiene en arrendamiento Doña Leo
narda Garzia, viuda de Franco Ruiz Zarco
y Quixada, en diez y seis dias del mes de junio de mill settos y seis
años. Ante mi, el ssno pco, y testigos, parezio Juan de Zafra, de
estado manzeuo, labrador en dho pago, natural que declaro ser
del lugar de Buñuelas, del partido del valle de Lecrin,
y ser yxo lexitimo y del lexmo matrimonio de Zesilio de Zafra del
Castillo, difuntto, y de Dionisia Ruiz, su lexitima muger, que de
presente lo es en segundas nunzias de Joseph de Canttos,
labrador en dho pago, y dixo que por quanto para seruir a
Dios, Nro Señor, y con su grazia y bendizion esta trattado
de se desposar y belar segun horden de Nra Santa Madre
Yglesia con la dha Da Leonarda Garzia, viuda del dho Franco
Ruiz Zarco y Quixada, yxa lexma de Martin Garzia y de Da
Maria Dominguez, su lexma muger, que ya es difuntta.
Y porque siendo Nro Señor seruido se a de zelebrar el dho
matrimonio, oi dia de la fha se le a entregado a el ottorgante por
la sussodha todos los vienes y caudal q por su dote trai a el dho
matrimonio, de que el otorgte a otorgado a fauor de la sussodha
oi dia de la fha escritura de dote y reziuo de ellos a su fauor
por ante el pressente escriuano ppco, y respecto de q el otorgte
por su parte lleua a el dho matrimonio diferentes vienes, assy
muebles como raizes, para que consten en todo tiempo
y aia la quenta y razon que se requiere, quiere ottorgar
escritura de capittal de ellos y puniendolo en efecto, en
aquella via y forma q puede y aia lugar en dro y confe
sando, como confiesa, esta relazion por ziertta y berdadera
otorga y declara lleua por sus vienes y capittal a el matrimonio que a de
contraer con la dha Da Leonarda Garzia los vienes mue
bles y raizes que adelante yran declarados, que tazados y aprezia
dos por perssonas yntelixenttes, nombradas de conformidad de
anbas parttes, son en la forma y manera siguientte:
Primeramente, vn bestido de tafettan
doble negro, que se conpone de casaca y
calzon, tasado en ziento y settenta rs.
Vn armador de rasso de nobleza verde
con flores de diferentes colores nueuo en
duzientos rs.
Vna capa de pelo de camello nueua en
duzientos reales.
Otro vestido de pano fino, calzon y casaca
con capa de paño de agua fria nueuo
en duzientos rs.
Vnas medias de seda negras en treinta rs.
Vn sombrero doble negro en doze rs.
Una espada en treinta rs.
Un jubon de sempiterna nueuo en quaren
tta reales.
Ytten, una viña en el termino del dho
lugar de Buñuelas en el pago de Peña Jo
radada de mill ziento y zinquentta zepas
con su esquilmo, que linda con Seuastiana
de Pereda y con vna aza calma en ter
mino del lugar de Saleres, tasada a rl y
quartillo cada zepa con dho esquilmo, que a dho
prezio azen vn mill quattrozs y treinta y siete y mo .
Otro pedazo de viña en termino del dho
lugar de Buñuelas en el pago que dizen
de la Sacristia, con quatrozientas y zinqta
posturas a el dho prezio de rl y quartillo
cada una, q a dho prezio azen quinientos y
sesenta y dos rs y medio.
Ytten, una haza de tierra calma de secano
de dies fanegas en termino del dho lugar de
Buñuelas, pago de la sauzedilla, linde por
vn lado con tierras de Migel del Castillo
y, por otro lado, el monte, apreziada a seis duca
dos cada fanega que ymporttan seiszos y
sesentta rs.
Ytten, la partte de cassa que el ottorgantte
y los demas sus hermanos tienen en el dho
lugar de Buñuelas, en el barrio de la
yglesia, linde con casas de Juan Valdes y ca
ssas de Luisa de Lorca, apreziada dha partte
en trezientos reales por estar por yndiuissa
y por partir dha cassa entre el ottorgantte
y Miguel de Zafra y Euseuia de Zafra,
sus hermanos.
Todos los quales dhos vienes raizes son los mis
mos q a el otorgante tocan y pertenezen por
razon de la lexma del dho su padre, los quales
juntamente con los demas vienes muebles
referidos son los que lleua a el matrimonio
que a de contraer con la dha de Leonarda Gar
zia, y no lleua otros algunos y assi lo dize y declara
para los efectos que aia lugar en derecho, los
quales segun las dhas tasaziones suman
y monttan tres mill ochozientos y quarenta
y dos reales de uellon, saluo error de pluma.
Y estando pressente a todo lo que dho es, la dha Da Leonarda Garzia,
viuda del dho Franco Ruiz Zarco y Quixada, auiendo oido
y entendido esta escritura, declaro q todos los vienes muebles y
raizes conthenidos en ella son ziertos y berdaderos
y los trae por su caudal el dho Juan de Zafra a el ma
trimonio que a de contraer con la sussodha y como tal
ha por bien y consiente que, cada y quando que el dho ma
trimonio sea disueltto o separado por muerte o por diuorzio,
o por otro qualquiera de los cassos que el dereo permitte
para la liquidazon que se a de hazer del caudal y venir
en conozimientto de los vienes gananziales, auiendose saca
do primero y ante todas cosas del dho caudal la dotte de la
ottorgante, se saquen los tres mill ochozos y quarenta y dos
rs que ymportta este capittal por ser caudal propio de
el dho Juan de Zafra, su marido, que lo trai a el dho ma
trimonio y en la forma referida amuos a dos otorgtes,
cada uno por lo que le toca, lo declararon y otorgaron y
firmo el q supo y por la q no a su ruego, siendolo dn Marcos
Garzia, rezeptor, Melchor Segura y Xptal Lopez, labrador en
el pago del Zaidor, y todos vezos de dha ziud de Grada.