GR1703I2570

Carta de dote y arras de Mariana de Sola, vecina de Baza, al casarse con Francisco de Osete, vecino de la misma ciudad

Fecha1703
LocalidadEspaña, Granada, Baza
ProyectoCORDEREGRA: Corpus diacrónico del español del reino de Granada. 1492-1833
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P09-HUM 4466, 2009-2014
ArchivoArchivo Histórico de Protocolos de Granada
ID del manuscritoAHPrGr 952
TranscripciónDiego Reinaldos Miñarro
RevisiónMiguel Calderón Campos

Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.

Maio 20 Mariana de Sola, dote y arras qontra Françisco de Osete. En la ziudad de Baza, en veinte dias del mes de maio de mill sieteçientos y tres años, ante mi, el escribano público y testigos, pareçio Franco de Osete, vezino de la ciudad de Baza, en estado de mançebo, hijo legitimo de legitimo matrimonio de Franco de Osete y Mariana Yñigo, vezinos de esta dha ziud, y dixo que para seruiçio de Dios Nuestro Señor y con su graçia vendiçion esta tratado de casar segun orden de nuestra Santa Madre Ylesia con Mariana de Sola, hija legitima de legitimo matrimonio de Patricio de Sola, defunto, vezino que fue de esta ziud, y de Catharina Galdona, su muger, vezina que oi es la susodha de la villa de Caniles. Y que por auer criado a la dha Mariana de Sola Mariana de la Peña, vezina de esta ziud y ahuela paterna de la susodha, por la dha Mariana de la Peña se le han ofreçido dar diferentes bienes muebles para aiuda a sustentar las cargas del matrimonio y assimismo soliçitado como huerfana vna de las limosnas que para dho efecto dexo le repartiessen don Juan Andres de Touar, vezino que fue de esta dha ziud, de treinta ducados. Y por quanto estan proximos a desposarse y reçeuir las vendiçiones de la Yglesia, se ha pedido y pide al otorgante por la dha Mariana de Sola otorgue a su fauor escriptura de dote y arras y, viendo es justo, lo quiere hazer. Y poniendolo en execuçion, otorga que reçiue por dote y caudal de la dha su esposa los bienes que aqui se contendran, apreçiados de conformidad de ambas partes, que los que son y sus valores son como se siguen: Primeramte vn telar nueuo para lienzo con doss peines, vno para lino y otro para cañamo, con todos sus peltrechos, en sesenta y seis rs. Vna arca de pino sin çerradura en veinte y çinco rs. Vna cama de pino con varandilla de nogal y querda en quinze rs. Vn cofre pequeño con llaue en diez rs. Dos sillas de pino con asientos de tomiza en ocho reales. Dos vanquitos de pino nueuos en ocho rs. Vn bufete con gaueta y vn velador, todo de pino y nueuo en quinze rs. Vn espexo pequeño en tres rs. Vn quadro de Nra Señora de Graçia con vastidor negro y dorado en diez y seis rs. Otro quadro de san Geronimo en ocho rs. Tres laminas françesas con vastidores en nueue rs. Vn eccehomo en tabla esculpido en quatro rs. Vna Beronica en dos rs. Quatro carocas con pinturas en quatro rs. Vna espetera nueua en tres reales. Vn morillo, vnas tenazas, dos assadores, vna cuchara, vna rasera, todo nueuo, en diez rs. Vna sarten mediana en seis rs. Vna almirez con mano en diez y ocho rs. Dos candiles, vno nueuo y otro mediado, en ocho rs. Diez libras de lino hiladas, a quatro rs por libra, en quarenta rs. Vna pollera nueua de lamparilla en treinta y nueue rs. Vnos guardauaxos de sempiterna azul con tres bueltas de gauarrones en treinta y nueue rs. Vna mantellina blanca de vaieta fina mediada en doze rs. Diez y ocho varas de lienzo de cañamo en pieza, a tres rs por vara, çinquenta y quatro rs. Vna colcha blanca nueua de confitillo en çinquenta y quatro rs. Vn colchon fundado de lana en tres ducados. Vna sauana nueua de cañamo en dos ducados. Otra sauana de cañamo a medio traer en onze rs. Quatro almohadas de lino, tres nueuas y vna a medio traer, todas con lana, en veinte y ocho rs. Vna camissa nueua de lienzo de lino y faldas de cañamo y vnas enaguas blancas de toca con desilados y nueuas, todo en veinte y ocho rs. Vnos manteles de lino, lauor de gusanillo, en ocho rs. Tres seruilletas nueuas de lino en doze rs. Otras tres seruilletas viexas en quatro rs. Tresçientos y treinta reales en espeçie.

Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


Download XMLDownload textWordcloudFacsimile viewPageflow view