GR1703I2570
Carta de dote y arras de Mariana de Sola, vecina de Baza, al casarse con Francisco de Osete, vecino de la misma ciudad
Fecha | 1703 |
Localidad | España, Granada, Baza |
Proyecto | CORDEREGRA: Corpus diacrónico del español del reino de Granada. 1492-1833 |
Financiación | Junta de Andalucía/FEDER: P09-HUM 4466, 2009-2014 |
Archivo | Archivo Histórico de Protocolos de Granada |
ID del manuscrito | AHPrGr 952 |
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Maio 20
Mariana de Sola, dote y arras qontra Françisco de Osete.
En la ziudad de Baza, en veinte dias del mes de
maio de mill sieteçientos y tres años, ante mi, el escribano públi
co y testigos, pareçio Franco de Osete, vezino de la ciudad de Baza,
en estado de mançebo, hijo legitimo de legitimo matrimonio de Franco de
Osete y Mariana Yñigo, vezinos de esta dha ziud, y dixo que para seruiçio de
Dios Nuestro Señor y con su graçia vendiçion esta tratado de casar segun
orden de nuestra Santa Madre Ylesia con Mariana de Sola, hija legiti
ma de legitimo matrimonio de Patricio de Sola, defunto, vezino que fue de
esta ziud, y de Catharina Galdona, su muger, vezina que oi es la suso
dha de la villa de Caniles. Y que por auer criado a la dha Mariana de
Sola Mariana de la Peña, vezina de esta ziud y ahuela paterna
de la susodha, por la dha Mariana de la Peña se le han ofreçido dar
diferentes bienes muebles para aiuda a sustentar las cargas del matri
monio y assimismo soliçitado como huerfana vna de las limosnas que
para dho efecto dexo le repartiessen don Juan Andres de Touar,
vezino que fue de esta dha ziud, de treinta ducados. Y por quanto estan
proximos a desposarse y reçeuir las vendiçiones de la Yglesia, se ha pedido
y pide al otorgante por la dha Mariana de Sola otorgue a su fauor escriptura
de dote y arras y, viendo es justo, lo quiere hazer. Y poniendolo en execuçion,
otorga que reçiue por dote y caudal de la dha su esposa los bienes que
aqui se contendran, apreçiados de conformidad de ambas partes, que los
que son y sus valores son como se siguen:
Primeramte vn telar nueuo para lienzo con doss
peines, vno para lino y otro para cañamo, con todos sus
peltrechos, en sesenta y seis rs.
Vna arca de pino sin çerradura en veinte y çinco rs.
Vna cama de pino con varandilla de nogal y querda
en quinze rs.
Vn cofre pequeño con llaue en diez rs.
Dos sillas de pino con asientos de tomiza en ocho
reales.
Dos vanquitos de pino nueuos en ocho rs.
Vn bufete con gaueta y vn velador, todo de
pino y nueuo en quinze rs.
Vn espexo pequeño en tres rs.
Vn quadro de Nra Señora de Graçia con vastidor negro
y dorado en diez y seis rs.
Otro quadro de san Geronimo en ocho rs.
Tres laminas françesas con vastidores en nueue rs.
Vn eccehomo en tabla esculpido en quatro rs.
Vna Beronica en dos rs.
Quatro carocas con pinturas en quatro rs.
Vna espetera nueua en tres reales.
Vn morillo, vnas tenazas, dos assadores, vna
cuchara, vna rasera, todo nueuo, en diez rs.
Vna sarten mediana en seis rs.
Vna almirez con mano en diez y ocho rs.
Dos candiles, vno nueuo y otro mediado, en ocho rs.
Diez libras de lino hiladas, a quatro rs por libra, en
quarenta rs.
Vna pollera nueua de lamparilla en treinta y nueue rs.
Vnos guardauaxos de sempiterna azul con tres buel
tas de gauarrones en treinta y nueue rs.
Vna mantellina blanca de vaieta fina mediada en
doze rs.
Diez y ocho varas de lienzo de cañamo en
pieza, a tres rs por vara, çinquenta y quatro rs.
Vna colcha blanca nueua de confitillo en çinquen
ta y quatro rs.
Vn colchon fundado de lana en tres ducados.
Vna sauana nueua de cañamo en dos ducados.
Otra sauana de cañamo a medio traer en onze rs.
Quatro almohadas de lino, tres nueuas y vna a me
dio traer, todas con lana, en veinte y ocho rs.
Vna camissa nueua de lienzo de lino y faldas
de cañamo y vnas enaguas blancas de toca
con desilados y nueuas, todo en veinte y ocho rs.
Vnos manteles de lino, lauor de gusanillo, en
ocho rs.
Tres seruilletas nueuas de lino en doze rs.
Otras tres seruilletas viexas en quatro rs.
Tresçientos y treinta reales en espeçie.
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