CC1639I7104

Secresto de los bienes de Pedro Nevado

Fecha1639
LocalidadEspaña, Cáceres, Cáceres
ProyectoCORTENEX: Corpus de textos notariales extremeños (siglos XVI y XVII)
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Cáceres
ID del manuscritoAHPCC PN/4393

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Secresto de bienes de Po Neuado En el lugar de Torrequemada, juron de la ua de Caceres, a diez y nueue dias del mes jullio de mill y seiso y tra y nueue aos, estando en las cassas de Pedro Neuado, vzo del dho lugar, don Juan de Mora, alguazil de el campo de la dha ua, hizo el secresto de los bienes siguientes: Dos tinajas de tener agua; una caldera grande y otra pequeña; una artessa; una mesa de goznes; una sarten; dos fanegas de trigos, una cama de ripio vieja y una sauana y una almohada y una manta de paño y un guardarropa; yten, otras dos sauanas; un ferreruelo de paño negro; seis arrouas de lana blanca y parda. Todos los quales dhos bienes se quedaron en la dha cassa y d ellos se constituyo por depossitario Diego Alonsso Sedo, vzo de el dho lugar, y otorgo y dixo se obliga de tenerlos en ssu poder en fiel depossito para acudir con ellos a quien y quando por la justa de la dha ua de Cazeres o juez comptente le sea mandado, pena de caer e yncurrir en las penas en que caen e yncurren los depossitarios que no acuden con los depossitos que se les encargan, y d ellos dichos bienes se dio por entregado a ssu uoluntad por los auer rezibido y pasado a ssu poder, y entregandose en ellos en la dha cassa, sobre que rrenunzio la ley y exzepçion de la cossa non vista ni rrezibida, entrega y prueua y mal engaño y demas del casso como en ellas se contiene, y, para que ansi lo cumplira y pagara, obligo su persona y bienes auidos y por auer, dio y otorgo todo poder cumplido a todas y quaquiera justiçias y juezes del rey, nro señor, ansi de la dha villa de Caçeres como de otras partes qualesquiera, a cuyo fuero y juridiçion se sometio y renunçio el suio propio, domiçilio y preuilegio la ley si conuenerit de juriditione e omnium judicum para que le apremien a el cumplimto, paga y exon de lo que dho es, como si fuera sentençia difinituina de juez competente, pasada en cosa juzgada, renunçio la ley de su fabor y la que prohibe la general renunçiaçion, y la otorgo ansi ante mi, el scriuano


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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