CC1639I7095

Carta de dote para Pedro Ramos

Fecha1639
LocalidadEspaña, Cáceres, Cáceres
ProyectoCORTENEX: Corpus de textos notariales extremeños (siglos XVI y XVII)
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Cáceres
ID del manuscritoAHPCC PN/4393

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Carta de dote Po Ramos En el nombre de Dios, Nro Sr, amen. Sepan quantos esta carta de obligazion y promesa de dote vieren como nos, Antonio Muriel y Juana Delgado, ssu mujer lexitima, vezinos que somos d esta uilla de Caceres, con lizenzia que primo y ante todas cossas yo, la dha Juana Delgado, pido y demando a el dho Antonio Muriel, mi marido, pa hazer, otorgar y jurar esta escrira e yo, el dho Antonio Muriel, doy y conzedo la dha lizenzia a la dha mi mujer para lo que me es pedida, e yo, la ssussodha, la azeto y rrezibo, y d ella estando ambos a dos juntamente de mancomun y a boz de unos y cada uno de nos de por ssi y por el todo ynsolidun, rrenunziando como expresamte renunziamos la ley de duobus rreis debendi estipulandi escomprometendi y el autentica presente hoc de jude jusoribus y lo dije de duobus rreis y el benefizio de la divission y escussion y epistola del divo Adriano y demas de casso como por ellas y en cada una de ellas se contiene. Dezimos que por qto pa seruizio de Dios, Nro Sr y con su grazia, esta tratado y conzertado que Ffranca Delgado Tello, nra hermana y cuñada, hija lexitima de Ffranzisco Tello y Maria Delgado, ssu mujer, diffuntos, nros padres y ssuegros, se case y zelebre bodas a ley y bendizion de la Santa Madre Yglessia de Rroma com Pedro Ramos de Ssoto, hijo lexitimo de Juan Rramos y Juana de Quadros, ssu lexitima mujer, vezinos que son y fueron dos los sussodhos de esta dicha villa, y con la voluntad de Dios, Nro Sr, el dho matrimonio a de tener efeto y, teniendolo, prometimos y nos obligamos a que la dha Ffranca Delgado Tello llevara a poder de el dho Pedro Rramos, y el con ella reziba por bienes propios de la dicha Franzca Delgado para ayuda a ssustentar las cargas de el matrimonio los sigutes: Lo primero, mill y nouezientos rs en moneda de vellon. Yten, una zedula de la obra pia de doña Catalina de Andrada, que es patrona y la fundo Antonio Cano, de quantia de ocho mill mrs. Yten, otra zedula de la obra pia de Juan Lorenzo ffirmada del lizdo de Velasco, ssu administrador de quantia de vte mill mrs. Yten, otra zedula de la obra pia de Diego Pizareo de que es patron don Ju de Motezuma Carvaxal y Toledo, de quantia de zinquenta ducados. Yten, otra zedula de la obra pia de Ju Lopez de la Peña, de que son patrones los curas de las parrochias de Santa Ma y Santiago de esta ua de quantia de diez mill mrs. Yten, otra zedula de la capilla de Santiago de que es patrono don Gonzalo de Carvaxal Sande de quantia de diez y ssiete mill mrs. Yten, la mitad de los bienes rrayzes que quedaron por fin y muerte de los dhos nros padres y ssuegros que som partidos en la forma ssiguiente: La mitad de sesenta y seiss rs que paga de zenso perpetuo en cada un año Diego Myn Catrero sobre unas guertas ssuyas en Yten, la mitad de quarenta y ssiete rreales y medio que paga de zensso perpetuo ssobre la guerta y biña que llaman de la Jordana en el quarto de abajo cada un año el dueno de ella. Yten, la mitad de quarenta y quatro rreales de zensso perpetuo cada un año que paga Alonsso Gra Gutierrez sobre ssus cassas. Yten, la mitad de diez reales de zensso alquilar que paga Lorenzo Martin Galeano cada un año ympuesto ssobre una teneria. Yten, la mitad de unas cassas en esta ua en la calle de Pintores,

que se arriendan en diez ducados y dos gallinas. Yten, la mitad de otras cassas en la plaza publica de esta ua linde de casas del presste scuo. Yten, la mitad de zinco juntas de uiñares mas que menos en el exido del Casar, termino de esta villa y estos bienes rrayzes es la mitad de los que assi quedaron nros padres y ssuegros y a nos nos queda la otra mitad d ellos q los llevan y an de llevar los ssusodhos con las cargas de zenssos de hipotecas que les tocaren de los que ellos mismos tienen sobre ssi q le quedaron dhos nros padres y ssuegros. Yten, assimismo, demas de lo dho, los bienes ssiguientes: Yten, tres camas de rropa cumplidas con sus colchones, que vale cada colchon seis ducados, y seis sauanas nueuas, las quatro de lienzo delgado, la una con rrandas, que valen tres ducados, otra con manzanicas de lienzo muy fino que vale quatro ducados, y las otras dos de lienzo a dos ducados cada una, y las otras dos de estopa y lienzo a vte rs cada una. Yten, unos paramentos de rred y lienzo con tres paños y ssu zielo y una colcha que valen veinte ducados, y la colcha de olanda tasada en diez ducados con ssus ffluecos. Yten, tres pares de almohadas, una de olanda con sus tiras labradas de seda morada, cubiertas nueuas y tasadas en seis ducados. Yten, otras almohadas labradas de seda carmessi nueuas, tasadas en seis ducados, son de olanda. Yten, otras almohadas de lienzo fino labradas de hilo azul y amarillo de plumas, tasada en vte rreales. Yten, una tovalla de olanda fina labrada de matizes con seda encarnada y verde, com puntos de seda verde, tasada en ocho ducados; yten, otra tovalla de olanda y tres con ssus puntas, todo blanco nueuo, tasada en treinta rreales; otra tovalla de naval con ssus rredes y puntas a la rredonda blancas, tasada en dos ducados; otra tovalla de lienzo delgado con una lavor de pita, tasada en diez y seis rs; otra toualla de lienzo ffino labrada con hilo amarillo com puntas de lo mismo y blancas, tasada en dos ducados; otra tovalla de lienzo amarilla y azul, la labor con ssus puntas de lo mismo, tasada en doze rreales. Yten, tres tablas de manteles, las dos, una de gussanillo grande y otra pequeña, y otra real grande que ualen sesenta rreales. Yten, diez servilletas de lienzo de gusanillo nueuas, tasadas a tres ds cada una; yten, otras quatro serbilletas traydas, tasadas a dos rreales; yten, una antecama de rred y dos fruteros de rred con ssus puntas ffinas, tasado todo en vte y quatro rreales; otro frutero con ssus puntas de cueño, tasado en quatro rreales. Yten, dos coxines de tupilla colorados, tasados en dos ducados; yten, una estera de xunquillos blanca y negra, tassada en seis rreales. Yten, un cobertor uerde con ssu sobremessa con fluecos de seda verde de palmilla, con ssu rrodapies verde, tasado todo en quinze ducados. Yten, otro cobertor de lino y lana listado, tasado en doze rreales; yten, una manta blanca ffrazada, tasada en doze rreales.

Yten, dos candeleros, un almirez con ssu mano, grande, el almirez tasado en treinta rreales y los candeleros en vte y seis rreales, con ssus tixeras; yten, una caldera y un caldero nueuos, la caldera y caldero tasado en zinquenta rs. Yten, una espetera con las cossas ssigutes: Dos sartenes, una grande y otra pequeña, tasada en diez rreales; yten, dos cazos de azofar amarillos, vno mayor que otro, tasados en doze rreales. Yten, seis asadores, el uno con tres gaxos, tasados en ocho rreales; yten, tres cucharas de hierro tasadas por tres reales. Yten, un rallo que vale tres rs; yten, um badil tasado en zinco rreales; yten un gatillo de fuego tasado en ssiete rreales; yten, unas llares tasadas en seis rreales; yten; unas tenazas tassadas en tres rreales; yten, dos escarpias y una paletilla de boluer gueuos tasado en quatro rreales. Yten, dos pares de treojes tasadas en seis rreales. Yten, dos candiles tasados en zinco rreales. Yten, una bazia tasada en vte rreales. Yten, un rropero blanco y negro nuevo, tasado en zien rreales. Yten, un cofre afforrado en olandilla colorada, tasada en setenta y ssiete rreales. Yten, otro cofrezito pequeño, tumbado y peludo, tasado en vte rreales; Yten, um bufetillo pequeño de pino, tassado en diez rreales; yten, una media cama de campo, tasada en sesenta y seis rreales; yten, otra cama de cordeles, tasada en diez y seis rs. Yten, una messa de pie de nogal, tassada en doze rreales. Yten, un velador tasado en quatro rs; yten, dos arcas, una pequeña y otra myor, la pequeña tassada en diez rs, y la mayor en catorze rreales. Yten, un escaño de pino nueuo pequeño, tasado en treinta rreales; yten, una aguadera con ssus puertas, tassada en vte rreales. Yten, un tablero tasado en quatro rreales. Yten, dos ssillas tasadas en quatro ducados.

Yten, un rrastrillo tasado en seis rs. Yten, dos laminas con ssus vidrieras y una hechura de un cruzifixo grande por encarmar, tasado en treinta rreales, las laminas y el relicario tasado en vte y quatro rreales. Yten, un dedal de plata, quatro rreales. Yten, dos cucharas de plata que pesan veinte rs. Yten, quatro ssortixas de oro y unos zerzillos de oro y un cruzifixo de oro y un mazo de aljoffar con cañustillos de oro; unas manuelas de alxoffar y corales y una cruz pequeñita de oro de piedras leonadas y un rrossario de christal, que todo pessa trezientos y tra y dos rs en oro. Yten, un vestido de gorgaran negro, ropa y vasquiña con un jubon de gorgoran de color, con ssu guarnizion, tasado en dozientos rreales, una rropa de uayeta tasada en treinta rreales. Yten, un manto tasado en dos ducados. Yten, dos vestidos de color, uno nueuo y otro ya traido, tasados en vte ducados. Yten, una mantilla de sarga negra nueua tassada en dos ducados. Yten, una caxa de cuchillos tassada en diez rreales; yten, dos dozenas de platos y escudillas, la una fina y la otra ordinaria y una almofia grande, tasado todo en vte y quatro rreales; yten, dos tinajas para agua con una dozena de xarras, tasado en doze rs. Yten, una deuanadera con ssu pie y una rrueca y una aspa, y otra pequeña, tasado todo esto en quatro rreales; yten, un tendedor y dos ussos de torzer y una rrodeta, tasado en zinco rreales. Yten, dos dozenas de ollas y pucheros y una azeitera y un ssalero, tasado en seis rreales; yten, dos costales tasados en seis rreales. Yten, tres embutidos de alaton y otro para la azeitera tassado en un rreal. Yten, seis vidrios que es un aguamanil y unos pomitos y otros

vidrios, tasados todos en quatro rreales. Yten, quatro zestos blancos, tasados en seis rreales. Yten, una herrada pequena y otra grande tassadas en un rreal. Yten, un jergon tasado en diez y seis rreales. Yten, una segurexa tasada en tres rs. Todos los quales dhos bienes segun y en la forma referida con que la estimazion y aprezio y dineros le damos y mandamos por quenta y pte de pago de la lexitima herenzia que a la dha Ffranzca Delgado le toca y a de aver de nros padres y ssuegros y como va declarado todo se lo daremos y pagaremos a los ssussodhos el dia que estuuieren cassados por palabras de presente en esta uilla de Cazeres


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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