CA1795I0302

Bienes quedados por la muerte de D.ª Clara María Rapalo

Fecha1795
LocalidadEspaña, Cádiz, Puerto Real
ProyectoALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P18-FR-695, 2020-2022
ArchivoArchivo Municipal de Puerto Real
ID del manuscritoAMPR 2060-0

Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.

Descripcion de los bienes, caudal y efectos quedados por fallecimiento de da Clara Maria Rapalo, viuda qe fue de dn Luis Costa, de este vecindario, acaesida el dia dose de marzo pasado de este año que nos los ynfraescritos, como sus hijos politicos, albaseas y apoderados nombrados por la susodha en su poder, que por su ultima disposicion nos confirio el dia treinta y uno de diciembre del proximo año pasado, formalisamos en la forma siguiente:

Primeramente, una casa prinsipal cituada en la calle Nueba de esta villa, demarcada en el numero catorse qe da buelta a la de la Albarisuela y calle Baqueros, qe como se acredita del testimonio que esta por principio del cuerpo de vienes e ijuela del haver y pago qe por las cuentas y particion de los bienes quedados por muerte de dn Luis Costa, su marido y conjunta persona que fue de la citada da Clara Maria Rapalo, le fue a esta señalada y adjudicada por el valor de sus apresios, consistente en la cantidad de ciento cincuenta y un mil sietecientos quarenta y siete rs de vn.

Ytt varias alajas de plata, oro y piedras qe fueron del uso de la dha da Clara Maria Rapalo y las mismas qe le fueron adjudicadas en cuenta y parte de pago en la divicion y particion de los vienes de la testamentaria de su defunto marido, dn Luis Costa, por rason de mitad de gananciales en la cantidad de vn mil quinientos setenta y cinco rs y dies y siete mrs vn, se ponen en esta descripcion por el mismo valor. Ytt un catre de pino de color caoba. Ytt una commoda de sedro. Ytt dos colchones con sus forros asul y blanco. Ytt dos almohadas de lana. Ytt una colcha y roapies de damasco. Ytt tres cotillas. Ytt ocho camisas. Ytt una saya de glo. Ytt una dha de tafetan. Ytt un manto de lustre. Ytt una manteleta de sarga. Ytt dos guardapieses de seda. Ytt unas naguas de zaraza. Ytt una dha con monillo. Ytt quatro sagalejos de yndiana. Ytt dos colchas de yden. Ytt dos delantares bordados. Ytt quatro dhos de estopilla. Ytt tres monillos de seda. Ytt siete sabanas. Ytt ocho fundas de almoadas. Ytt catorse pares de medias y carsetas de ylo. Ytt seis pañuelos blancos. Ytt dose dhos de color. Ytt quatro pares de naguas blancas. Ytt dos abanicos. Ytt un rosario de asabache. Ytt seis toallas. Ytt tres pares de sarsillos. Ytt unas ebillas de plata. Ytt un dedal de yden.

Cuios bienes raises, alhajas, ropas y muebles son los unicos como asi lo declaramos y juramos se hallan y quedaron existentes por muerte de la citada da Clara Maria Rapalo, y para efecto de produsirla a fin de que se tenga y declare judicialmente por ymbentario, la firmamos en Puerto Real a veinte y seis dias del mes de junio de mil sietecientos noventa y cinco años.

Domo Jose de Vmaran Ramon Romero


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


Download XMLDownload textWordcloudFacsimile viewPageflow view