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Inventario de efectos en una tienda
| Fecha | 1714 | 
| Localidad | España, Cádiz, Cádiz | 
| Proyecto | ALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales | 
| Financiación | Junta de Andalucía, Consejería de Transformación Económica, Industria, Comercio y Universidades/FEDER: P18-FR-695 | 
| Subcorpus | Andalucía | 
| Archivo | Archivo de la Real Chancillería de Granada | 
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 La cassa 
de su morada y en otras
 qualesquiera partes depositandolos
 en persona abonada y que se pase a el 
 retraymto
y al dho Diego Gondon se le re
ciba
su declarazion haziendole en ella
 todas las preguntas y repreguntas q 
 combengan a fin de que manifieste to
dos
los efectos y bienes con que se halla
 las causas que a tenido para su retiro,
 en poder de que personas tiene vienes
 o reales, quales son las que le deven
 y que porziones deve el 
susodho y a qui
enes y de que proceden, y 
tambien a fin 
 de descubrir los bienes se reciuan a otras
 personas, declaraziones y hagan las
 demas diligas 
conducentes a ponerles 
 cobro para en bista de todo 
proceder 
 conforme a dro. Asi lo proveyo y mando
 el sor 
lizdo
Dn Joseph de Valdivieso,
 abogado de los reales consejos y te
niente
de gobernador y alcalde 
 mayor de esta ziud de Cadiz
a diez 
 y ocho de agosto de mill setezientos 
 y doce años. Lizdo
Valdivieso, 
franco
Lagar
 Márquez, scrivano 
puco.
 Embargo En la ziud 
de Cadiz dho dia diez
 y ocho de agosto de mill setezientos y 
 doze años en execucion de lo mandado 
 por el auto antecedente el sr 
lizdo
 Dn  Joseph
de Valdivieso, alcalde mor
 de esta ciud, acompañado
de mi el ssno 
 imfraescripto, estando 
en la tienda 
 de Diego Gondon que es en la calle
 Nueba, hizo embargo de las mercade
rias
y efectos de ellas y se hallaron 
 las que se siguen: 
 Primeramte, cinquenta
y cinco 
sombre
ros viejosnegros
y hordinarios y algunos apo
lillados. 
 Ciento y diez y siete pares de medias
 de lana de segunda suerte de diferentes
 colores. 
 
 Diez y seis pares de medias
de capu
llo para niño de distintos colores.
 Cuatro pares de medias de lana para 
 muger. 
 Doze gruezas de botones de estaño
chicos.
 Quinze gruezas y media de anillos co
lorados de cuero. 
 Treinta y seis estuches de cuchara, cu
chillo y tenedor. 
 Diez y ocho papeles de abujas. 
 Onze papeles de corchetes. 
 Onze escarmenadores grandes y chi
cos. 
 Doze pares de medias de seda para
 muger de barios colores. 
 Dos pares dhas para hombre. 
 Cuatro pares de calcetas de ylo. 
 Ocho dozenas de abanicos hordinarios. 
 Treinta pares de guantes para hombre
 cortos. 
  
 Veinte y tres pares 
dhos largos. 
 Diez dozenas de corchetes grandes. 
 Tres gruesas de anillos colorados. 
 Dos cajetas de madera del
aire
 Una cajeta con una porzion de argoyas
 de yerro. 
 Un cobertor blanco. 
 Tres batas de lienzo pintado enbuti
do en 
algodon. 
 Veinte dozenas de dhos anillos colora
dos
y mas dos gruesas dhos. 
 Cuatro cajetas para tabaco de dha
 madera del ayre. 
 Veinte y quatro pares de guantes pa
ra hombre largos. 
 Nuebe pedazos de piezas de colonia
 de varo labrado con oro y plata. 
 ocho pedazos de sintas de lazo la
bradas. 
 Veinte y quatro pedazos de cinta de 
 francia sin labrar. 
 
 Quatro monteras bordadas con plumas. 
 Dos regalillos de Marta, el uno a
polillado. 
 Dos papeles de anillos de laton y
 piedras falsas. 
 Un pedazo de burato negro con diez
 varas. 
 Cinco papeles de corchetes pequeños, 
 tres dozenas de botones grandes metal
 del principe. 
 Cuarenta y ocho piezas de sintilla blan
ca
de ylo. 
 Cuatro papeles de corchetillos. 
 Cuarenta y quatro papeles de dhos ani
llos
colorados. 
 El armazon mostrador, vara de me
dir y
un cajon de pino vacio.  
 Muebles ropa Ocho silletas flamencas con lienzo en
 lugar de baqueta viejas. 
 Una cama de nogal, un colchon y 
 dos almohadas. 
 Un bufete de pino y un taburete viejos. 
 
 Cinco cuadros de bara de largo 
poco 
 menos con molduras pintadas y do
radas de diferentes colorines. 
 Un espejo de quarta de luna con marco
 negro. 
 Doze laminitas estampas de papel. 
 Dos cajas de nogal de dos varas
 de largo cada una. 
 Seis silletas de paja francesas viejas.
 Nuebe manteles y dos zerbilletas, 
 todo viejo de lienzo vasto.
 Una casaca de lana y unos calsones
 de gamuza, todo viejo. 
 Quatro sabanas viejas, otra caja ma
rinera
bieja. 
 Una mesa de pino redonda, vieja
 y en la dha tienda ni en los quartos
 altos de la cassa en que esta, que son
 de la havitazon del dho
Diego Gondon,
 su muger y familia no se hallo 
 otra cosa alguna de considerazon
 
 mas que los efectos y bienes
que quedan 
 imbentariados y a fin de descubrir 
 todos los tocantes al susodho, el referido
 sr alcalde mr
en presencia de mi dho 
 scrivano recivio juramto
a da Angela
 Benedita de Gondon que se hallava en 
 dha tienda y cassa y dijo llamarse asi
 y ser muger legitima del referido
 Diego Gondon y haviendolo hecho la
 referida por Dios nro sor
y una se
ña de  cruz, prometiendo desir 
verd 
 le pregunto su mrd si savia
donde hubi
ese mas bienes y mercaderias del 
dho 
 su marido y dijo no saver ni constar
le
que este tubiese otros que los que que
dan
embargados en su poder ni de otras
 personas y que esto es la verd. En cargo
 de su juramto dijo ser de edad de 
qua
renta y quatro as y no
firmo porque 
 dijo no saver. Y estando presente a la
 execucion de esta diliga, 
Dn Juan
 
 que es escrivano publico. 
 En Cadiz a veinte y uno de enero
 de mil setezos y treze, 
yo el escrivano
 zite para el efecto que se previene en 
 el auto supraescripto a dn Juan
 Bauptista Pedemonte y a dn Gaspar
 Galeti por si y su compañia en sus per
sonas
de que doi fee. Lagar: 
 En Cadiz a veinte y tres de enero
 de setezientos y treze zite para dho efecto
 a Gaspar de Loaissa y Bartolome Badan,
 procuradores en nombre de sus padres
 en sus personas de que doi fee. Lagar:
 En Cadiz a veinte y seis de enero de
 setezientos y treze. Hize saver
el nombra
miento de apresiadores, hecho por el 
 auto de esta oja a dn Juan 
Baupta
 Simon y dn Andres de la Cruz en sus
 personas, quienes lo aceptaron,
 
 juraron por Dios y una cruz
hazer
 bien y fielmente los apresios que se les 
 encargan y lo firmaron de que doi fee
 Juan Baupta Simon, 
Andres de la Cruz
 franco Lagar Marquez, 
ssno puco. 
 En Cadiz, dho dia veinte y seis de enero
 de setezos treze notifique 
el dho auto
 retroescripto, por lo que le toca a dn Juan
 Ponz, depositario de los vienes embar
gados
en estos autos en su persona y dijo 
 estava prompta a cumplir lo que por 
 el se le manda de que doi fee. Lagar:
 En Cadiz, a treinta y uno de enero
 de setezientos y treze. Ante mi el 
ssno
 imfraescripto paresieron dn Juan 
Baupta
 Simon y dn Andres de la Cruz y dijeron
 que haviendo Dn Juan Pons manifes
tadoles
los generos y vienes que constan
 en el embargo y vistolos y reconosidolos
 los declarantes han hecho el apre
sio
de ellos en la forma que se sigue: 
 De los cinquienta y cinco sombreros ordina
rios
an apresiado los siete en ochenta y qua
tro reales de plata
antigua y a los qua
renta y ocho restantes que estan apolilla
dos
por ser de ningun valor no les pusie
ron presio.  
 Cinquenta pares de medias de segunda suerte
 de Inglaterra y cinquenta reales de plata.
 Siete pares dhas apolilladas a quatro reales
 de plata el par son veinte y ocho reales de pta.
 Cinquenta y nueve pares dhas de francia
 a quatro reales de plata el par son ziento y 
 cinquenta y siete reales de dha moneda. 
 Veinte y un par dhas apolilladas a dos rs
 de plata son quarenta y dos rs de dha moneda.
 Diez y siete pares de medias de capullo
 para niños a real y medio de la misma moneda. 
 Cuatro pares de medias de lana para muger
 a dos rl de plata el par son ocho. 
 Doce gruesas de botones de gitano chicos
 a tres reales de plata la gruesa son trein
ta y seis. 
 Quinze gruesas de anillos colorados de hueso
 a real de plata la gruesa, son quinze reales. 
 Treinta y seis estuches de cuchara, cuchillo
 y tenerdor a seis reales de plata cada uno, son
 setenta y dos reales de plata. 
 Diez y ocho papeles de abujas de laton a rreal
 de plata cada papel, son diez y ocho reales
 de dha moneda. 
 Onze papeles de corchetes pequeños en on
ze reales de plata. 
 Onze escarmenadores grandes y pequeños
 y algunos rotos, todos ellos en real y medio
 de plata. 
 Catorze pares de medias de seda de hombre
 a ocho reales de plata el par deszurzidas,
 son siento y doze reales de plata. 
 Cuatro pares de cabezas de hilo mui or
dinario a real 
de plata el par son quatro rrl. 
 Ocho dosenas de anillos ordinarios, los 
 paises de papel y algunos maltratados a siete
 reales de plata la dosena, son cinqta
y seis. 
 Treinta pares de guantes de hombre cortos
 a diez reales de plata la dosena, son veinte
 y cinco reales de dha moneda. 
 Veinte y tres pares dhos largos en diez y seis
 reales de plata. 
 Dos pares de medias de seda para muger
 en doze reales de plata. 
 Diez dosenas de corchetes grandes en diez
 reales de plata. 
 Tres gruesas de anillos colorados de oro en
 tres reales de dha moneda. 
 Dos cajetas de madera de el aire, ambas
 en quatro reales de plata. 
 Dos papeles, cada  uno con una porzion
 de argollas de herro, ambos en seis reales
 de dha moneda. 
 Un cobertor blanco en ocho reales de pta. 
 Tres batas de lienso pintado a dos rs cada
 una, son quarenta y ocho reales de pta.
 Veinte dosenas de dhos anillos colora
dos y 
mas dos gruesas de dhos, todo en tres
 rreales y medio de plata. 
 Quatro cajetas para tavaco de madera del 
 aire a dos reales de plata cada una son
 ocho reales dhos. 
 Veinte y quatro pares de guantes para 
 hombre, todos en diez y ocho reales de pta. 
 Dos pedasos de colonias de quatro dedos de
 ancho con oro a seis reales de plata la 
 vara , tienen treze varas
los dos, montan 
 setenta y ocho reales dhos. 
 Diez pedasos dhos con oro mas angosta y 
 que tienen cinquenta y una varas
 y quarta a dos reales plata la vara.
 Una con otra, montan ziento y dos reales
 y medio de plata. 
 Siete pedasos de sintas de raso
labradas 
 con veinte y cinco varas y tres quartas
 a dos reales plata la vara, montan cin
quenta
y un reales y medio de dha moneda. 
 Veinte y seis pedasos de colonias de
 franzia llana con ziento y sesenta varas
 y quartas, unas con otras a tres quartillos 
 de plata la vara, montan ziento y
 veinte reales de dha moneda. 
 Quatro monteras de plumas todas en vein
te y quatro
reales de plata. 
 Dos regalillos de Marta, ambos apolillados
 que no tienen valor ninguno. 
 Dos papeles de anillos de laton con unas pie
dras 
pequeñas, ambos en ocho reales de pta. 
 Un pedaso de burato negro con diez varas
 podrido en diez y seis reales de plata. 
 Cinco papeles de corchetes pequeños
 en cinco reales de dha moneda. 
 Tres dosenas de botones de metal del 
 principe en ocho reales de plata. 
 Quarenta y ocho piesas de sintilla blanca
 angosta a real de plata la piesa montan
 quarenta y ocho de dha moneda. 
 Quatro papeles de corchetillos en quatro
 reales de dha moneda. 
 Quarenta y quatro papeles de anillos co
lorados
en quarenta y quatro reales de pta. 
 El almason y mostrador de la tienda, 
 todo viejo, en cinquenta y seis rrl
pta. 
 Muebles: Ocho sillas flamencas con lienso en lugar
 de baqueta, en dose reales plata cada
 una, son noventa y seis reales de dha moneda. 
 Una cama de nogal que se compone de
 quatro palos y sus tablas, en veinte
 y quatro reales de dha moneda. 
 Un colchon viejo en dos reales pta. 
 Dos almohadas viejas en dos reales pta.
 Un bufete de lino viejo en 
quata reales de plata. 
 Un taburete viejo hecho pedasos en un real de 
 dicha moneda. 
 Cinco quadros viejos de vara de largo con marcos
 pintados, en treinta reales de plata. 
 Un espexo de quarto de luna manchada en 
 quatro reales de plata. 
 Dose laminitas de estampas, todas en quatro rea
les
de plata. 
 Dos cajas de nogal en sesenta y quatro. 
 Seis silletas de paxa a la francesa viejas
 en seis reales de plata. 
 Nueve manteles y dos servilletas, todo viejo, 
 en dose reales de dha moneda. 
 Una casaca de paño y unos calsones de la 
 musa, todo mui viejo y roto en dose reales de pta. 
 Quatro savanas viejas y rotas, todas en 
 ocho reales de plata. 
 Una caja marinera vieja en ocho re
ales de plata. 
 Una mesa de lino redonda, vieja, en qua
tro
reales de dha moneda. 
 Cuios apresios aseveraron haver hecho
 segun su leal saver y entender si
frau
de, coluzion ni encubierta alguna, 
de el dho su juramto, que reiteraron
 y lo firmaron de que doi fee. Juan Baupta,
 Simon, Andres de la Cruz, 
franco
    Lagar 
 Marquez, escrivano 
puco. 
 En Cadiz, a tres de febrero de mil setezs
 y treze notifique el auto del folio
 cinquenta y uno, por lo que mira a la re
cepcion
de prueva a dn Juan Baupta 
Pe
demonte y a dn Gaspar Galeti en sus per
sonas
de que doi fee. Lagar: 
 En Cadiz, el mismo dia hize notorio dho
 auto por lo que toca a lo referido a Gas
par
de Loaissa y Bartolome Badan, pro
curadores
en nombre de sus padres en 
 sus personas de que doi fee. Lagar: 
 Recevimos de dn Juan Baupta 
Pedemonte.  
          
            
            
        
     
		
		
		
		
		
		
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