
Recibo de dote
doña Francisca Reinal
contra
Carlos Pavía
Sépase, como yo, Carlos
Pavía de nación saboyano, maestro
platero, vecino de esta ciudad
de Cádiz y natural de la de Tajín,
corte del serenísimo señor
Duque de Saboya, hijo legítimo de
Carlos Pavía y de doña Ana
Oseli, difuntos, digo que para servir a Dios, Nuestro
Señor, y con su gracia, traté contraer matrimonio
según orden de Nuestra Santa Madre Iglesia con
doña Francisca Reinal, vecina de esta ciudad y natural
de la de Jerez de la Frontera, hija legítima de Juan
Reinal y de doña María Rodríguez y Romero, que
la susodicha y al tiempo que se trató, la referida
doña María Rodríguez y Romero me ofreció entregar luego
que tuviese efecto el matrimonio por dote
caudal de la dicha su hija la cantidad de mil y doscientos
pesos escudos de plata de a diez reales cada uno, poco más o
menos, en el valor de diferentes mercerías, listoneras,
sedas, géneros de lana y otras cosas de que se compone
una tienda que está en la plaza mayor de esta ciudad,
como en el de la ropa de vestir de color y
blanca de la dicha doña Francisca Reinal, y con efecto en virtud
de lo tratado, contraje el dicho matrimonio ha tiempo
de ocho meses con poca diferencia y, en cumplimiento de su
oferta, la dicha doña María Rodríguez y Romero quiere
entregarme todos los dichos géneros y ropa, y poniéndolo
en efecto lo hace ahora de presente , y yo la recibo en la
forma y por los aprecios siguientes:
Primeramente, el valor del
armazón de dicha tienda, ciento y
veinte y ocho reales de plata.

Por el valor de la vidriera, dos
tarimas, dos pesitos de cruz y una
puerta, cuarenta y ocho reales de plata.
Por el valor de los candados,
cuarenta reales de plata.
Por el valor de un pesito, un
marquito de a cuarta, las cortinas de la
tienda, celosías, el quitasol de la puerta,
un marco de a libra de vara de
medir y el cielo de la tienda, veinte
y seis reales de plata.
Veinte libras de chocolate, a cuatro reales
de plata la libra, que hacen ochenta reales plata.
Doce libras de seda de colores a siete
pesos la libra hacen ochenta y cuatro pesos,
que son seicientos y setenta y dos reales plata.
Cinco libras de hilo número catorce
a doce reales plata libra hacen sesenta reales de
dicha moneda.
Seis libras y media de hilo número
diez y ocho, a diez y ocho reales plata libra
importan ciento y un real y medio.
Catorce libras de hilo de holán a veinte
y seis reales plata libra hacen trescientos y
sesenta y cuatro.
Quince libras de cintas de hilo de
colores, a doce reales plata libra hacen ciento y ochenta.
Veinte libras de cinta blanca, a ocho
reales plata la libra hacen ciento y sesenta.
Once libras de hilo, a ocho reales menos
cuartilla de plata importa ochenta y cinco.

Seis libras y media de hilo de salón,
a nueve reales plata menos cuartillo importan
cincuenta y cinco reales y medio.
Diez y nueve libras y media de hilo
de colores de Francia, a ocho reales
plata libra importan ciento y
cincuenta y seis.
Dos libras de seda de Calabria a veinte
reales plata libra importan cuarenta.
Cinco libras de hilo color de añil de
Sevilla, a doce reales de plata la libra hacen
sesenta.
Cuatro libras de ribete de oro, a doce reales
de plata la libra hacen cuarenta y ocho.
Dos docenas y media de medias de Tornai,
a cinco pesos la docena hacen cien reales plata.
En el valor de algunos pares de
calcetas pequeñas y grandes cincuenta
y seis reales plata.
Tres gruesas de platillos de color, a dos
pesos cada gruesa importan
cuarenta y ocho reales plata.
Dos gruesas de botones de estaño a tres
de plata la gruesa importan diez y ocho.
Cuatro gruesas de botones dichos en seis
reales plata.
Seis gruesas de botones de seda a tres
reales plata gruesa importan diez y ocho.
Una libra de pita en tres reales plata.
Una gruesa de cordones de Granada
en diez y ocho reales plata.
Otra dicha de cordones de hilo en
cinco reales plata.
En el valor de diferentes papeles

de agujas y alfileres, cuarenta
y ocho reales plata.
Ocho docenas de peines a dos reales plata
docena importan diez y ocho.
Un par de medias de capullo en
cuatro reales plata.
Siete piezas de cintas de Rávena en
siete reales plata.
Cuatro piezas de delantales a dos pesos
pieza importan sesenta y cuatro
reales plata.
Tres piezas de tocas de Vizcaya en
cuarenta y ocho reales plata.
Tres cajetas grandes en ocho reales plata.
Novecientas varas de galón de ribetes,
a tres cuartos la vara importan
doscientos y cuarenta reales plata
y tres cuartillos.
Ciento y tres varas de cinta de reata
a cinco cuartos vara importan
treinta y dos reales de plata.
Quinientos y diez y nueve varas de
ribete de todas sedas, a cinco
cuartos la vara importan ciento y
sesenta reales y medio de plata.
Noventa varas de toca, a once
cuartos la vara importan sesenta y
un reales plata y cuartillo.
En el valor de algunas ligas, diez
y seis reales plata.

Diez y nueve piezas de colonias de
colores, a ocho cuartos la vara
importan trescientos y cuatro reales de plata,
y tiene cada pieza treinta y dos
varas.
Ciento y veinte y una varas de
colonia ancha, a real de plata vara
importan ciento y veinte y un.
Doscientas y cincuenta y ocho varas
de cintas de colores anchas, a doce
cuartos la vara importan doscientos
ciento y noventa y tres reales y medio de plata.
Ocho piezas de media colonia a doce
reales de plata la pieza importan
noventa y seis.
Once piezas de listones de diferentes
colores, a ocho reales de plata la pieza
importan ochenta y ocho reales plata.
Siete piezas de medios listones de
diferentes colores, a seis reales plata la pieza
importan cuarenta y dos.
Sesenta y dos varas de encajes a ocho
cuartos la vara importan treinta
y un reales de plata.
Ciento y cincuenta y nueve varas
de encajes ordinarios a cinco cuartos
la vara importan cuarenta y nueve
reales y medio de plata.
Un vestido nuevo de tafetán doble negro
que se compone de saya y anguarina, en
veinte y cinco pesos escudos.
Un vestido de raso encarnado con flores
de seda nuevo, en veinte y cinco pesos
escudos que hacen cuatrocientos reales plata.
Una saya y monillo nuevo verde guarnecido,

en treinta pesos escudos, que hacen
cuatrocientos y cuarenta reales plata.
Un vestido celeste que se compone de
guardapiés y monillo en veinte pesos
que hacen ciento y sesenta reales plata.
Un par de zarcillos de oro y perlas
de siete pendientes en ciento y
sesenta reales plata.
Otros dichos de cinco pendientes en
sesenta y cuatro reales plata.
Dos sortijas de oro y esmeraldas,
ambas en ochenta reales plata.
Una cajeta de plata sobredorada
nueva en sesenta y cuatro reales plata.
Otra dicha de plata en diez y seis
reales de la misma moneda.
Un rosario engarzado en plata en
veinte y cuatro reales.
Dos sortijas de oro y diamantes
en trescientos y veinte reales plata.
Un manto nuevo de pesco en
sesenta y cuatro reales plata.
Un delantal de tafetán con encajes
en veinte y cuatro reales plata.
Ocho camisas nuevas de bretaña
con encajes en las bocamangas, todas
en ciento y noventa y dos reales plata.
Cuatro pares de enaguas blancas,
todas en cuarenta y ocho reales plata.
Seis pañuelos nuevos de holán guarnecidos

guarnecidos con encajes, todos en ciento
y noventa y dos reales plata.
Media docena de coletillos de
bretaña en veinte y cuatro reales plata.
Media docenas de delantales de
beatilla en veinte y cuatro reales plata.
Un delantal de muselina nuevo
en veinte y cuatro reales plata.
Ocho sábanas de bretañas nuevas
en ciento y noventa y dos reales plata.
Seis almohadas de bretaña
guarnecidas en cuarenta y ocho reales plata.
Dos colchones nuevos cameros en
noventa y seis reales plata.
Cuatro almohadas en diez y seis
reales plata.
Dos cobertores en treinta y dos
reales plata.
Cuatro toallas en diez y seis reales plata.
Tres tablas de manteles en veinte
y cuatro reales plata.
Una mantilla guarnecida de encajes
blancos en treinta y dos reales plata.
Dos docenas de servilletas en
cuarenta y ocho reales plata.
Unos corredores y una estera de
junco en veinte y cuatro reales plata.
Una docena de platos de peltre
medianos y dos grandes en sesenta
y cuatro reales plata.
Un almirez con su mano en
diez y seis reales plata.
Un cofre nuevo en treinta y dos
reales de plata.

Una mesa hechura de Flandes y
dos de pino, una grande y otra
pequeña, todas en treinta y dos
reales plata.
En el valor de algunas medias,
guantes, abanicos, bobillos, arandelas
y cintas, noventa y seis reales plata.
En dinero de contado trescientos
y sesenta reales plata.