BU1818C4014

Declaración del cirujano Manuel Ortiz por haber revisado la equimosis que Juan Mingo tenía en la mejilla a causa de una riña

Fecha1818
LocalidadEspaña, Burgos, Pradoluengo
ProyectoHISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
FinanciaciónMINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Valladolid
ID del manuscritoARCHV PCR 0096/0003
TranscripciónAntonio Martín Rubio
RevisiónMiguel Calderón Campos

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Testigo el cirujano de Villafranca don Manuel Ortiz

En la villa de Pradoluengo, a veinte y dos de septiembre de mil ochocientos diez y ocho, ante el nominado señor alcalde mayor comisionado, en virtud de lo pedido y exhorto librado pareció por testigo a el propio intento don Manuel Ortiz, cirujano titular y vecino de la villa de Villafranca de Montes de Oca de quien para que diga verdad en lo que la supiere y fuere preguntado en testimonio de el infrascrito escribano recibió su merced juramento por Dios nuestro señor y una señal de cruz conforme a derecho que hizo como se requiere prometiendo decirla, como así bien de guardar secreto de lo que se le pregunte que responda y en su consecuencia, siendo interrogado por el contenido de las peticiones que lo motivan, dijo que el testigo solo sabe y puede decir que yendo el testigo a visitar un enfermo que tenía a su cuidado en la casa de habitación de Frutos Pérez, su convecino, un día por la mañana que no tiene presente que era como a últimos de enero o principios de febrero de este año vio que en el mismo cuarto de aquel había otro hombre

en otra cama quien dijo al testigo le viese aquello y efectivamente vio tenía una leve equimosis en la mejilla o cerca de ella y le parece era del lado izquierdo y preguntándole de qué le había provenido, respondió que de los hijos que decían ser el báculo de la vejez, sin manifestarle otra cosa a que le expresó el testigo que aquello no era nada ni merecía cuidado mas sin embargo le previno y dispuso unos fomentos resolutivos por contemplarle más que por merecerlo el caso, conceptuando el testigo que dicha equimosis provenía de haber recibido un golpe de una cosa dura con poca violencia y así ni se le volvió a encargar le visitase, ni el testigo lo hizo a dicho hombre por la enunciada causa y razón y después entendió que este se llamaba Juan Mingo Arana y era vecino de esta villa y había tenido en el mesón una riña con sus hijos pero el testigo no la presenció ni entendió lo que allí sucedió, haciendo memoria que dicho Juan Mingo permaneció unos días en aquella villa y visto una ocasión en la casa del señor Vicente Fraguas, alcalde ordinario de ellas y otras divirtiéndose en la casa del citado Frutos Pérez jugando a los naipes con algunos otros jugadores pero en ninguna le oyó ni entendió lo sucedido en el mesón ni otra parte por la riña o atropello que refiere en sus escritos y que uno de aquellos días estuvo con el testigo una mujer que le dijo serlo del citado Juan Mingo y que este se hallaba loco y qué le parecía se haría con él a lo que la contestó que si estaba así, le convendría un golpe de sangujas pero que el deponente no le había notado cosa alguna que lo indicase y cordura en las ocasiones que le había visto y tratado en la casa donde se hallaba y su diversión jugando como deja expresado, todo lo cual es la verdad y lo que puede decir en el asunto que en ello habiéndoselo vuelto a leer se afirma y ratifica para el juramento hecho, es de edad de cincuenta y siete años y lo firma con su merced, de que doy fe


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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