Testamto
En el nombre de Dios todopoderoso. Sea no
torio por esta publica escripra de testamento, ultima
y postrimera voluntad, como yo, Maria Suarez, vezina
y natural d esta çiud de Badajoz, viuda de Barme
Lobo, labrador, natural asimismo que fue d esta
çiud, estando enferma en la cama, pero en todo mi
juicio y entendimiento natural, el qual Dios, Nro
Sor a sido seruido, deme dar, creyendo como firme
mente creo, el misterio de la Sanma Trenidad, Padre
Hijo y Espiritu Santo, tres personas distintas y vn solo
dios verdadero y en Nro Sor Jesuxpto sacramentado,
y en todo lo demas q tiene, cree y confiesa nra Sta ma
dre Yglesia de Roma, en cuya catholica creençia
e biuido y protesto vibir y morir como catholica y fiel
xpriana, tomando como tomo por mi ynterzesora
y abogada a la gloriosa y siempre virjen Maria
madre de Dios, reyna de los anjales y señora nra
para que ynterzeda con su preçiosisimo hijo
Nro Sor Jesuxpto, me perdone mis pecados y ponga
mi alma en carrera de salbaçion, temiendome
de la muerte, que es cosa natural a toda criatura,
hago y otorgo mi testmto, vltima y postrimera
voluntad en la forma y manera
Primeramte, encomiendo mi alma a Dios, Nro Sor,
que la crio y redimio con su preçiosisima sangre, muerte
y pasiçion, y el cuerpo a la tierra de q fue formado.
Mando que en siendo Nro Sor seruido de lleuarme
d esta preste vida, mi cuerpo sea sepultado en la Yga
Cathedral d esta çiud, en sepoltura propia que esta
a la puerta de la capilla de las reliquias, y quiero
ser amortajado en el auito de Nro Padre San Franco,
y vengan a mi entierro el cura y cruz de mi parrochia
y doze capellanes del coro y la comunidad de relijiosos
de Sn Agustin d esta çiud y alumbren la sta cruz seis hachas
de sera amarilla, y por todo ello se pague la limosna
acostumbrada.
Mando que el dia de mi entierro, si fuese a oras
y, si no, el sigte, se me diga misa cantada de cuerpo
preste, y por ello se pague la limosna acostumbrada.
Mando a la sera del ssmo sacramento, casa sta de
Jerusalen y redençion de cautibos a medio real
de cada cosa, y a las hermitas acostumbradas a ocho
rs, y esto por una vez.
Mando se digan por mi alma dozientas misas
rezadas y por el anima de dho mi marido çiento,
y por las animas de mis padres Martin Lorenjo
y Maria Suarez, y de mis hijos Barme Martin
y Cathalina Hernandez, todos difuntos, otras
ziento, y por penitençias mal cumplidas,
cargos de cozençia y animas de purgatorio
veinte, y por todas se pague la limosna acos
tumbrada
le toca, quiero y es mi uoluntad
se digan en las parttes y por los sazerdotes q
a mis albazeas pareçieren y gustasen sin que
ningun juez ni prelado con pretesto alguno se lo
ympida ni entrare, que asi es mi uoluntad y mdo
se cumpla.
Declaro tengo por bienes mios propios los sigtes:
Vn bernagal de plata con dos azas, mediano.
Seis cucharas de plata nuebas de cauo redondo,
todas de vna misma hechura.
Otras seis cucharas de plata viejas, las tres
de vna hechura y otras tres de otra.
Vnas arrecadas de oro nuebas con su lazada
de aljofar menudo y dos pendientes en cada
lazada y ocho en las ptes de auajo.
Una gargantilla de aljofar menudo, con quinze
estremos de filigrana de oro y abajo por remate
vna nra sa de oro con vn niño y tres pendientes
de los de a dos granos y el del medio con uno.
Una cruzita de cristal con estremos de plata
dorada y tres pendientes de a dos perlas con una
ymajen de vn sto Xpto pintada en el mismo
cristal.
Vna cruzita de oro de vn lado vn ynrri y de otro
vna lauza pintada.
Seis sortijas de oro, la vna sin piedra, otras
en lugar de piedra quatro esmeralditas , otras
con vna piedra colorada, otra çinco piedras
coloradas, otra una piedra blanca
piedras blancas.
Unas manillas, los estremos de azabache
y otras quentas doradas.
Un corazon de faza y con estremos de plata.
Un rosario de cristal con la cruz de plata do
rada y siete padres nros de plata dorada y
por medallas una cruçita de plata y una
calabera de plata y una medalla de Sn Franco
y una Conzepon.
Vn rosario pequeño de madera engastado
en vna cadenita y vna medalla de Nra Sa de
Guadalupe de plata.
Un rosario de madera engastado en trenzas
de seda berde.
Una bolsa de punto de seda asul bordada.
Un abanico de razo.
Dos avjas de plata y un escarbador.
Dos tocas de seda, una con puntas y otra sin ellas.
Quatro tocas de ylado fino.
Un manto de zeda con puntas.
Un espejo pequeño, el marco con figuras so
bredorado.
Mas ueinte y siete varas de lienzo en quatro
o çinco pedazos fino.
Dos almoadas traydas.
Mas otras cinco almoadas de lienzo uasto
nuebas.
Mas dos toallas de morles con puntas
.
Vna toalla de lienzo fino sin puntas.
Diez varas y media de manteles.
Vna entrecama de tres baras.
Tres sauanas nuebas de lienzo, vna con las pegaduras
de red.
Un talay y mangas de tela asul antiguas.
Unas medias asules de seda antiguas.
Una casaca de mujer de dos tafetanes asul
y colorado, con botones dorados.
Una basquiña de ormesi aforrada en tafetan
blanquisco, de color noguerado.
Una basquiña de damasco negra aforrada
en esterlin colorado.
Un trabesero de lienzo fino con encajes de ta
fetan colorado y re antigua.
Un trabesero de lienzo fino mas pequeño
con labor colorada.
Quatro almoadas, dos hermanas de vn
trabesero y las otras dos hermanas de otro.
Otro trabesero de lienzo fino con labor colorada.
Una toalla de lienzo con puntas de pita an
tiguas.
Otra de lienzo basto con puntas de dos colores.
Tres almoadas de lienzo basto, las dos labradas.
Una toalla de lienzo basto con fluecos .
Ocho seruilletas bastas .
Seis seruilletas finas.
Unos manteles ya labados.
Quatro sauanas bastas.
Dos pares de enaguas blancas de mujer ya
traydas.
Una camisa de mujer, las mangas nuebas.
Otra camisa de mujer de lienzo fino con sus
puntas.
Otra camisa traida y las mangas nuebas.
Dos camisas bastas de ombre y unos calsones.
Otra camisa de mujer con bueltas antiguas.
Otra camisa de mujer con la labor negra.
Un cabezon de lienzo labrado de negro.
Una camisa de mujer basta uieja.
Otra del mismo jenero.
Dos camisas de mujer con balonas.
Çinco pedazos de lienzo de ocho baras y
media cada vno, poco mas o menos.
Vn cofre grande uiejo en que esta todo esto
en casa del lizdo Franco Maero de Antes, presuo
sacristan de la sta Yga Cathedral d esta dha
çiud.
Vn ofiçio de procurador del numero d esta
çiud perpetuo, con titulo en caueza del dho
Martin Lorenzo, mi padre, q la partte
su fin y muerte le pudo tocar
del a, Beatriz Gomez, mi hermana, se la com
pramos yo y Martin Lorenzo, mi hermo, por escripra
q paso ante Pedro de Tobar, sno que fue del
numo d esta çiud, y dho mi hermano pr su fin y
muerte me quedo por su heredera, como constara
del stado del testamto que tengo en
que paso ante Matheo Lucas, sno que fue del dho numo.
Vna tierra al sitio de Sn Miguel, termo d esta çiud,
q hara dos fanegas de trigo en sembradura, poco
mas o menos, q la erede por muerte del dho Mrn
Lorenzo, mi hermano, qn lo heredo de dhos nros
padres, con la carga de nuebe rs perpetuos
en cada vn año, q al preste se pagan al lizdo
Lorenzo del Aguila, presuo, ueo d esta dha çiud,
y el dho ofio de procurador contenido en la
clausula antezedente no tiene penzion ni carga
alguna; y la dha tierra linda por el lado
d esta çiud con camino de la mizericordia que va
a San Miguel, y por el lado del oliba con sesmo
q senbentia de aquellas eredades y por el lado
azia el camino de Talauera con tierras de la
misericordia y otros linderos.
Asimismo, tengo en las casas de mi morada,
en la calle de Arjona otros algunos bienes,
declarolo para q conste y q se
los que son por mis albazeas.
Declaro no me acuerdo deuer .