
Carta de dote
de Antonio
Santos
En la ciudad de Badajoz, a diez y ocho de septiembre de mil seiscientos y setenta años,
ante mí, el escribano, y testigos, Antonio Santos de Padro, vecino y escribano de su majestad, público
y del número de ella, dijo que habiendo tenido efecto su casamiento
con doña Jerónima Serrano de Huerta, hija de Diego Fernández Serrano
y doña Isabel Romero, vecinos de esta ciudad, y se hallan casados, y de presente por parte
de dichos sus padres y suegros le quieren hacer entrega de dote de
dineros y alhajas con que el otorgante les otorgue escritura de dote a favor
de dicha su mujer, y teniéndolo por bien, por la presente otorgó
que recibió de los dichos Diego Fernández Serrano y doña Isabel Romero,
sus padres y suegros, en dote y casamiento y por caudal
conocido de la dicha su mujer las cantidades y alhajas siguientes:
Primeramente, dos sábanas de morlés de nueve
varas cada una, con puntas y encajes, a once reales la vara
son ciento y noventa y ocho reales.
De veinte y cuatro varas de puntas a seis reales cada una,
ciento y cuarenta y cuatro reales.
Dos sábanas de morlés de nueve varas a once reales cada
una, ciento y noventa y ocho reales.
Otras cuatro sábanas de crea a nueve varas cada una,
y diez reales la vara, trescientos y sesenta reales.
Otras cuatro de lienzo de a nueve varas cada una,
a ocho reales la vara son doscientos y ochenta y ocho reales.
Ocho almohadas de morlés a nueve reales cada una son
setenta y dos reales.
Otras ocho de morlés con puntas por la boca a once reales cada
una son ochenta y ocho reales.
Otras cuatro almohadas con puntas alrededor a veinte reales
cada almohada, son ochenta reales.

Otras cuatro almohadas a doce reales ca una son cuarenta y ocho.
Cuatro toallas con guarnición a sesenta reales cada toalla
son doscientos y cuarenta reales.
Otra toalla de cambray con puntas, ciento setenta reales.
Dos toallas llanas a diez y ocho reales cada una, treinta y seis reales.
Otra de tafetán en sesenta reales.
Cuatro mesas de manteles y veinte y cuatro
servilletas en doscientos reales.
Doce servilletas bastas a tres reales cada una treinta y seis reales.
Dos mesas de manteles llanas en treinta y seis reales.
Una colcha blanca de cotonía en ciento y diez y ocho reales.
Una bacía de azófar grande en setenta reales.
Un perol de cobre en treinta y seis reales.
Un caldero en cuarenta reales.
Un perolito de azófar en quince reales.
Una bacinica de aljófar diez reales.
Un cazo grande doce reales.
Otro más pequeño ocho reales.
Otro en seis reales.
Un almirez en veinte y seis reales.
Dos bujías de azófar diez y seis reales.
Tres candiles quince reales.
Dos sartenes, una grande y otra pequeña, veinte y dos reales.
Unas tenazas, badil, y cuatro asaderos, veinte reales.
Dos trébedes y un morillo veinte reales.
De toda loza y cántaros setenta y cuatro reales.
Un cofre negro ochenta reales.
De un tapete ochenta reales.
Una estera y espaldar, ciento y treinta y ocho reales.
Un bufete de caoba doscientos reales.
Un velón catorce ducados.
Un espejo grande trescientos y cincuenta reales.

Seis cuadros grandes en quinientos y veinte reales.
Seis fruteros, setenta y dos reales.
Seis cojines de terciopelo a cien reales cada uno, seiscientos reales.
La madera de una cama de granadillo dos mil reales.
Un cobertor y rodapiés de sarguita fina trescientos
y veinte y dos reales.
Cuatro colchones cuatrocientos y cuarenta reales.
Un brasero con su bacía quinientos reales.
Dos cofres de Madrid trescientos reales.
Seis sillas nuevas de vaqueta a diez ducados
cada una, seiscientos y sesenta reales.
Cuatro taburetes a cinco ducados cada uno doscientos y veinte reales.
Un bufetillo de estrado noventa y cinco reales.
Dos bacías de plata pesaron veinte onzas y tres reales de
plata, a veinte reales la onza son cuatrocientos y siete reales.
Una salvilla de plata que pesó veinte y dos onzas, a
dicho precio son cuatrocientos y cuarenta reales.
Una jarra de plata que pesó veinte y nueve onzas
y media, son quinientos y noventa reales.
Un bernegal que se pesó y hubo seis onzas y media, ciento y treinta reales.
Ocho cucharas de plata pesaron diez onzas y seis reales de
plata son doscientos y quince reales.
Una gargantilla de perlas que pesó onza y media
a cincuenta reales de a ocho la onza son mil y quinientos reales.
Una loza de oro y perlas tasada en doscientos y cuarenta reales.
Unas arracadas de oro y perlas en trescientos y veinte reales.
El oficio de no de cruzada en propiedad de que está
otorgada .