BA1664I7113

Carta de dote de Jorge Mancilla y Juana María de Salinas

Fecha1664
LocalidadEspaña, Badajoz, Badajoz
ProyectoCORTENEX: Corpus de textos notariales extremeños (siglos XVI y XVII)
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Badajoz
ID del manuscritoAHPB PN/317

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Carta de po de dote En la çiudad de Badajoz, a tres dias del mes de junio de mill seiscientos y sesenta y quatro años, ante mi, el escriuano, y testigos, parecio Jorje Mansilla, residente en sta ciudad y estanquero del tauaco d ella y su partido, y dijo que a seruicio de Dios, Nuestro Señor, esta tratado de casar lijitimamente con Juana Maria de Salinas, biuda de d Antonio Jimenes del Castillo, vezina d esta çiudad, y mediante la boluntad de Dios, Nuestro Señor, tendra efeto rrespeto de auer rrecorrido las tres amonestaciones y estar prosimos para selebrar dho matrimonio, y por bienes doctales de la dha Juana Maria rresibe los que se hara mencion, tasados en quanto a la rropa y bestidos por Franco Munos, lensero, rresidente en en sta ciud, de conformidad de anbas parttes nonbrado, q son los sigtes: Seis sauanas de estopa nuebas a veinte y ocho rs cada una. Tres sauanas de lienso delgado a quatro ducados cada una. Nueue baras de serbilletas caseras, a seis rs la bara. Ciento y cinquenta baras de lienso casero, a seis rreales la bara, nobecientos rreales. Dos toallas de lienso llanas en dies y seis rs. Vna mesa de manteles de gusanillo usadas doze rs. Otra mesa de manteles casero nueua, veinte rs. Dos toallas de olanda con puntas de hilo, grandes anbas, en cinquenta rreales. Quatro camisas de muger de morles nuebas en dozientos rs. Una colcha casera confitada en cien reales. Seis laminas contrahechas, todas en qta y quatro rs. Basquiña y jubon de ormesi nueuo, forrado el jubon en tafetan tornasolado, en seiscientos reales. Unas polleras y armador de chamelote de plata guarnesido con sterilla de plata, nuebo, en quinientos rs. Unas polleras de tafetan berde doble usadas, con galon de oro, en cien rreales.

Una basquiña de chamelote melado nueba, guarnesida con puntas negras, en trezientos rs. Un baquero de olan berde y negro con unas mangas de rraso, en dozientos rs. Un tapapies de rraso berde de punto nueuo, en ciento y quarenta rs. Otro tapapies de tafetan sensido encarnado con tres galones de plata en cien rs. Un monillo de chamelote de plata encarnado, con guarnisiones de esterilla de plata en cien rs. Una basquiña de cristal de nueua, en ciento y cinqta rs. Dos cortinas de ttafetan sensido uzadas de color tornasolado, en quarenta rs. Un cobertor de damasquillo de lana azul encarnado, con cortapisa de tafetan amarillo en cinqta rs. Una alfombra pequeña de colores nueua, cien rs. Quatro cojines, los dos de tripilla y los otros dos de guadamesi, todos en sesenta rs. Un quadro de San Juan en tres ducados. Otro quadro de Nuestra Señora de Belen, en tres ducados. Otro quatro de la Madalena de medio querpo en tres ducados. Otro quadro biejo de Santa Elena. Dos quadros pequeños, el uno de Nuestro Sr en el sepulcro, y el otro de San Onofre, anbos en tres ducados. Dos colchones de lienso casero llenos de lana en dozientos reales anbos. Otros dos colchones de terlis nueuos llenos de lana en dozientos rs anbos. Otros dos colchones de lienso llenos, uzados, llenos de lana, en cien rs. Dos cofres encorados de negro biejos, en cien rs. Una caldera grande uzada, en quatro ducados. Un caldero pequeño nueuo en treinta rs. Un belon de dos luses en veinte y quatro rs.

Quatrocientos y quatro rreales de a ocho de plata que a dies y ocho rreales de vellon cada uno, que es el valor que comunmente corre y no otra, siete mill dozientos y setenta y dos rreales de vellon. Seiscientos y ochenta y seis dobles de a dos escudos de oro cada uno que se rregalaron por doblones de a ocho y sensidos, que montaron dha cantidad a presio de setenta y dos rreales de vellon cada uno, que es el presio que comunmente corre, en q ymporta quarenta y nueue mill trezientos nobenta y dos reales de vellon. Mill y trezientos y sesenta reales de vellon de toda moneda corriente. Tres mill y quatrocientos rreales de moneda de vellon de calderilla. Nobecientos rreales de moneda de vellon gruesa de ochauos cada piesa. Plata labrada Un salero de plata con cubierta que peso catorze oncas y media de plata, a dies y ocho reales de vellon cada onca, que es el precio que comunmente corre, en que monta dozientos y sesta reales de vellon. Un jarro de plata que peso veinte y ocho oncas y ma a dies y ocho oncas y m rs de vellon cada onca mta quinientos y tres rreales de vellon. Un bernagal de plata que peso tres oncas y media, a dies y ocho rreales cada onca monta sesenta y tres rreales de vellon. Una salbilla de plata que peso treze oncas a presio de dies y ocho rs de vellon cada una, monta dozientos y treinta y quatro rs de vellon. Siete cucharas y un tenedor que pesaron ocho oncas a presio de dies y ocho rreales cada onca, monta ciento y quarenta y quatro reales de vellon. Quatro oncas de aljofar de rrostrillo entero, tasada cada onca por treinta reales de a ocho en que monta ciento y veinte rreales de a ocho que,

a dies y ocho rreales de vellon, monta dos mill ciento y sesenta reales de vellon. Una joya de oro de filigrana y perlas con una ymajen de Consebcion con su cristal, tasada en quarenta rreales de a ocho, que a dies y ocho rs de vellon cada uno monta setecientos y veinte rreales. Unos sarsillos de oro y perlas de barco, tasados en veinte y cinco rreales de a ocho qu a dies y ocho rreales de vellon cada uno, monta quattrocientos y cinquenta rreales de vellon. Otros sarsillos de oro con siette pendientes cada uno y sus asientos de aljofar, tasados en onze rreales de a ocho, que a dies y ocho rreales de vellon cada uno ymportta ciento y nobenta y ocho rs de vellon. Quatro sortijas de oro de diferentes piedras que pesaron ocho rreales y a ocho y dos rreales de plata, que a dies y ocho rreales de vellon cada uno ynporta ciento y quarenta y ocho rs y medio de vellon. Una crus de oro con cristales y dentro d ella diferentes ymajenes del nasimiento y muerte y pasion de Nuestro Sr, tasada en veinte reales de a ocho, que a dies y ocho rreales de vellon cada uno ynporta trezientos y sesenta rreales de vellon. Dos oncas de corales finos treinta y seis reales y las dhas piesas de plata y oro peso y taso Manuel Aton, platero, vezino d esta ciudad, que a ynstancia de las parttes hizo dha tasacion y peso.

Un bale de la dha Juana Maria, su fha de veinte y dos de mayo d este año a pagar a su boluntad conttra el dho Jorje Mansilla, de seis mill y ochocientos y veinte rreales de vellon q le presto. Vn bale de la dha Juana Maria a pagar a su boluntad, de dies y seis de abrill d este año contra Franco Munos y Gabriel Sanchez, lenseros, rresidentes en sta ciud, vezinos del lugar de Erbas, de nobenta y seis rreales de a ocho, que a dies y ocho rreales de vellon cada uno, monta mill setecientos y veinte y ocho rreales de vellon. Otro bale contra Juan Gomes Harnero, vezino d esta çiudad de quatrocientos rreales de vellon, su fha de cinco de mayo d este año. Quinze ducados de censo perpettuo que tiene sobre las casas calle de la olleria, en que biue Juan Rrastrollo, presbitero, q los compro em precio de tres mill y trezientos reales de vellon, de Catalina de Utrera, vezina de sta çiud, biuda de Franco Quesado Rromero, por escritura ante Niculas Basques Rruano, esno, en veinte de septe de seiscientos y sesenta. Dos mill y dozientos rreales de suerte principal que tiene de censo alquitar contra don Diego de Moscoso Maldonado y da Maria de Gama, su muger, vezinos d esta çiudad, por escritura ante el dho Nicolas Basques, de doze de septe de seiscientos y sesenta y tres. Quatrocientos y cinquenta ducados de los mismos, en que compro la casa que tiene en sta ciud, calle de la conpañia de Jesus de el alferes Juan Martin Ejito y doña Catalina Rruis de , su muger,

con cargo de dos ducados y medio de censo alquitar, por escritura ante Jorje de Mesa, esno, q fue del numero d esta ciud, en ella a veinte y cinco de junio de seiscientos y cinquentta, en las quales las dhas casas bibe de presente el lizdo Bonilla, presuitero. Dozientos y cinquenta ducados de los mismo que rredimio la dha Juana Maria del dho censo de doze ducados y medio de dhas casas al convento y monjas de Santa Ana, a quien se pagaban por escritura ante Juan de Quesada esno q fue del numero d esta ciud, en ella a ueinte y quatro de septienbre de seiscientos y cinqta y nueue. En que monta nobenta y quatro mill settecientos y cinquenta y siete rreales de vellon, y el dho Jorje de Mansilla en presencia de mi, el escriuano, y testigos, de que doy fe rresibio la dha cantidad en los vienes espasificados, en quanto al dinero y muebles, escrituras y bales y en dhas casas se dio por entregado a su boluntad, sobre que rrenuncia las leyes de la cosa no bista y entrega, y todo lo tendra por bienes dotales de la dha Juana Maria, su muger, y le acudira con ellos o a quien su causa obiere, cada y quanto q fuere disuelto o separado el dho matrimonio por muerte, diborsio v en otra forma, con su persona y vienes, que para ello obliga a dar poder a las justicias rreales, en especial, a las d esta dha ciudad, a cuyo fuero y jurisdicion se somette para que a ello le apremien como por sentençia pasada en cosa jusgada, renuncia su propio foro, jurisdicion y domisilio y la lei sit conbenerid de jurisdisione onium judicum, las demas de su fabor, y la q prohibe la gl renunciacion, y la otorgo

estando en casa de la dha Juana Maria, siendo testigos Gaspar Moreno, tendero, Francisco Guisado, teniente de alcarde de la carsel y Franco Barrante, trabajador, vezinos d esta ciud y firmo el otorgante, q yo, el escriuano doy fe conosco. Jorge de Mansilla Antte mi, Anttonio Rabanales, ssno


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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