Carta de po de
docte
En la çiudad de Badajoz, a veinte y
ocho dias del mes de mazo de mill seiscientos y se
senta y quatro años, antte mi, el criuano, y testigoss,
parecio Juan Garçia Jaramillo, baruero, vezino d esta ciudad,
y dijo abra tres años, poco mas o menos, esta casado y belado a ley y
bendision de la Santa madre Yglesia con Catalina Gutierres,
hija de Manuel Goncales Tozino y Maria Basques Nieto, su
muger, vezino d esta ciud, que el dho su padre es difunto, y
al tiempo q se trato dho matrimonio, la dha su suegra
le prometio en docte los vienes q se hara mencion, que ban
tasados de conformidad de anbas parttes por Ana de la Cruz,
gallega, y Ana de Samora, biuda de Franco Sanchez, vezinas
d esta çiudad, que su ualor son los siguientes:
Un bestido de paño de Segobia que se conpone
de capa, rropilla y dos pares de calsones de paño
Un jubon de damasco azul cauellado, unas
medias de seda anaranjadas, todo en setecientos
y nobenta y nueue rreales.
Dos colchones de lienco llenos de lana en dozientos
y nobenta y nueue rreales.
Tres sauanas de lienco en cien rreales.
Una cauesera de quatro almohadas labra
das de hilo amarillo, en treinta y tres rreales.
Tres almohadas de lienso llanas, dies y ocho rs.
Seis seruilletas finas en treinta y seis rs.
Unos manteles rromaniscos finos en veinte rs.
Otros manteles caseros diez y seis rreales.
Una entepuerta de rred en veinte y dos rreales.
Una toalla de lienso labrada con puntas, veite y dos.
Otras dos toallas de lienso biejas en doze rs.
Una entecama de lienso y rred en veinte
y dos rreales.
Una colcha blanca en cien rreales.
Un espejo dorado en veinte y dos rreales.
Una cama de madera dorada en ciento y
cinquenta rreales.
Unas enaguas de sempiterna asul de la dha su
muger con un galon de plata, en ciento y
quarenta y dos rreales.
Una rropa de bayeta en settta y seis rreales.
Jubon y basquiña de sempiterna forrada, el
jubon en tafetan naranjado, en dozientos y
sesenta y seis rreales.
Una bara de damasco berde en treinta rs.
Dos camisas de muger de lienso en quarenta y
ocho rreales.
Un justillo de tafetan doble berde en quattro
ducados.
Unos paños de cama de lienso y rred en ocho ducados.
Dos bacias del oficio de baruero en treinta y seis rs.
Ocho nauajas en sesenta rs.
Dos pares de tijeras ocho rs.
Unas tijeras de hazer bainas diez y seis rs.
Un cepillo en siete rs.
La caja de las nabajas en veinte y
quatro rreales.
Un escalfador en veinte y seis rs.
Un estuche de lansetas veinte y ocho reales.
Los palos de asicalar diez y ocho rreales.
Unos hierros de bigote y una piedra de afilar
en onze rs.
El banco de sentarse para el oficio, nueue rs.
Un pano de puerta azul con fluecos y barilla en
sententa rreales.
Una piedra grande amolar ciento
y un rreales.
La piedra pequeña con su caja cien rreales.
Un peinador de olanda en siete ducados.
Otros dos peinadores de lienso ciento y dies rs.
Dos toallas de lienco en dies y ocho rs.
Dos taburetes de madera en diez y ocho rs.
Dos sillas ymperiales negras ciento y dies rs.
Una artesa en ocho ducados.
Un belador en dies rreales.
Unos corales en cinquenta rs.
Un quadro del Juizio en ciento y cinqta rs.
Un cofre encorado de negro en ochenta y ocho rs.
Un guadamesi en quarenta rs.
Un mortero blanco de piedra en dies rreales.
Un almires en treinta rs.
Una dozena de platos y escudillas finos en dies rs.
Otra dozena de platos bastos en seis rs.
Dos candeleros ocho rs.
Una manta blanca veinte y dos rs.
Un cobertor asul ciento y seis rreales.
Dos cojines colorados en setenta rs.
Un caldero de cobre en doze rs.
Unas llares doze rreales.
Un tacho de cabo doze rs.
Unas treodes y un morillo en veinte rs.
Unas tenasas y un badil en doze rs.
Dos potes de echar azeite dies y seis rs.
Tres potes de echar agua treinta rs.
Un bufete con su cajon en qta y quatro rs.
Tres costales en treinta rreales.
Medio Un tablero en seis rs.
De la parte de la casa en que biue, q son los quar
tos bajos a las esquinas del canpo de San Juan
en frente de las casa de Juan Alconero, rejidor,
en que no entran los bajos de una casa pequeña
q esta dibidida por sima de la rreferida, que era
toda una mill rreales.
Asimismo, una sauana de lienso en tres ducados.
En que monta los dhos vienes cinco mill
ciento y ochenta y quatro rreales que los muebles
rresibio en presencia de mi, el escriuano, y testigos
de que doy fe, y en la parte de la casa se dio por en
tregado a su boluntad rrealmente y con efeto, sobre
q rrenuncia las leyes de la cosa no bista y entrega, a los
quales se obliga de tener de pronto y manifiesto y por
docte de la dha su muger para que cada y quando que el
dho matrimonio sea disuelto v separado por muerte
o diborsio v en otra forma entregarlos a la parte
q lijitimamente los vbiere de auer, a cuyo cum
plimiento obliga su persona y bienes abidos y
por auer, da poder a las justicias rreales, en especial,
a las d esta dha çiud, a cuyo fuero y jurisdicion se so
mette para que a ello le apremien como por sen
tencia pasada en cosa jusgada, rrenuncia ssu pro
pio foro, jurisdicion y domisilio y la lei sitt con
benerid de jurisdisione oniun judicun las demas de su
fabor y la q prohiue la gl renon, y la otorgo estando en casa
del dho Juan Ga, siendo tso Pedro Sanchez Caruallo, Pedro
Martin, baruero y Esteuan Garcia, vezos d esta ciud, y firmo
el otorgte, q yo, el esno doy fe conosco.
Antte mi,
Anttonio Rabanales, ssno
Ju Garçia
Xaramillo