
Carta de pago
y dote
En la ciudad de Badajoz, a veinte días
del mes de noviembre de mil siescientos y sesenta y
tres años, ante mí, el escribano, testigos, pareció Hernando López,
pescador, vecino de esta ciudad, y dijo que a servicio de Dios, Nuestro Señor,
está casado y velado a ley de la Santa madre Iglesia, con María
Biseras, viuda que fue de Juan de la Cruz, pescador, y la susodicha para
ayuda a las cargas del matrimonio llevó los bienes que se hará
mención, tasados de conformidad de ambas partes por María
Sánchez Fabra, mujer de Francisco Lucas, trabajador, que son los siguientes:
Cuatro colchones de lienzo llenos de lana, en veinte
y ocho ducados.
Una jerga en cuatro ducados.
Media cama de campo en cinco ducados.
Unos paños de cama de lienzo, en doce ducados.
Diez y nueve sábanas de lienzo casero nuevas, a cinco
ducados cada una, mil y cuarenta y cinco reales.
Una sobrecolcha de lienzo fino guarnecido en cien reales.
Una cabecera de holanda llena de lana nueva, labrada
de seda de colores, en doscientos reales.
Otra cabecera de holanda labrada de seda de colores
en cuatro ducados.
Dos toallas de lienzo fino de telar bajo,
guarnecidas con puntas de pita, en ochenta reales.
Otras dos toallas de naval con puntas, cuatro
ducados.
Otras dos toallas de lienzo con punta, treinta y seis reales.
Otras cinco toallas de lienzo fino, a ducado cada una.
Diez servilletas alemaniscas nuevas, a ducado cada una.

Tres mesas de manteles nuevas, a tres ducados
cada una.
Cuatro colchas, las tres de borlillas y la otra de
holanda guarnecida con puntas, en
cuatrocientos y cincuenta reales.
Dos antecamas de lienzo y red en tres ducados.
Otra antecama de sarga y un cobertor de lo mismo
nuevo, guarnecido con cinta de seda, en doscientos reales.
Tres cobertores de lana blancos, en nueve ducados.
Cuatro servilletas caseras nuevas, en treinta reales.
Basquiña y jubón de jerguilla de la dicha
su mujer, en cien reales.
Basquiña y jubón de sarga acabellada guarnecido
con puntas, usado, en doce ducados.
Una almilla de damasco y una basquiña de sarga
negra, en ciento y cincuenta reales.
Unas enaguas de sarga verdes guarnecidas con
puntas en cinco ducados.
Otros tres pares de enaguas usadas, a cinco ducados.
Dos coletillos, el uno de tafetán verde y, el otro,
de raso guarnecidos con puntas negras, usados,
en cinco ducados.
Una almilla de gorgorán negro en dos ducados.
Dos mantos de anascote, el uno nuevo y, el otro,
usado, en ciento y cincuenta reales.
Una basquiña de jerguilla de monjas, treinta reales.
Una sortija de oro con cuatro piedras verdes y
nueve blancas, en cien reales.
Otra sortija de oro con veinte y cinco piedras
blancas, en cien reales.
Otra sortija de oro con trece piedras blancas en
ochenta reales.
Otra sortija de oro con diez y siete piedras verdes y
coloradas, en ochenta reales.

Otra sortija de oro con diez piedras blancas
y una verde en cinco ducados.
Otra sortija de oro con seis piedras verdes y
ocho blancas en cinco ducados.
Otras cuatro sortijas de oro con diferentes piedras
en ochenta reales.
Un agnus de oro en cinco ducados.
Cinco cucharas de plata, a real de a ocho cada una
en que monta ochenta reales de vellón.
Cien doblones de a dos escudos de oro cada uno, a razón
de sesenta y cuatro reales de vellón cada doblón,
en que monta seis mil y cuatrocientos reales.
Ciento y ocho reales de a ocho en plata, a diez
y seis reales cada uno, mil setecientos y veinte
y ocho reales.
Diez y ocho fanegas de harina, a cuatro ducados cada
fanega en que monta setecientos y noventa y dos reales.
Noventa fanegas de trigo a treinta y seis reales
la fanega en que monta tres mil doscientos y
cuarenta reales.
Veinte y una arrobas de vino blanco, a treinta y
cuatro reales la arroba, en que monta setecientos
y catorce reales.
Diez y seis arrobas de aceite, a treinta reales cada arroba
en que monta cuatrocientos y ochenta reales.
Más quinientos y cincuenta reales de vellón.
Seis candeleros de azófar a ocho reales cada uno.
Dos almireces con sus manos en seis ducados ambos.
Un espejo en cuatro ducados.
Un cuadro de la Soledad en cuatro ducados.
Otro cuadro de la hechura de Dios padre, en cuatro ducados.
Otro cuadro de Nuestra Señora y Santana en cuatro ducados.
Otros cinco cuadros de diferentes pinturas a cuatro
ducados cada uno.

Dos calderas usadas, a tres ducados cada una.
Dos cazos de cabo en dos ducados entrambos.
Tres arcas grandes usadas, a treinta reales cada una.
En que monta los dichos bienes
y dinero que recibió en presencia de mí,
el escribano, y testigos, de que doy fe, diez
y nueve mil y quinientos reales, los cuales
se obliga de tener de pronto y manifiesto y por dote de la dicha
su mujer para que cada y cuando que el dicho matrimonio
sea disuelto o separado por muerte o divorcio o en otra forma
entregarlos a la parte que legítimamente los hubiere de haber,
a cuyo cumplimiento obliga su persona y bienes habidos y
por haber, da poder a las justicias reales, en especial, a las de esta
dicha ciudad, a cuyo fuero y jurisdicción se somete para que a ello le
apremien como por sentencia pasada en cosa juzgada,
renuncia su propio fuero, jursidicion y domicilio y la ley sid
conbenerid, las demás de su favor, y la que prohíbe la general
renunciación, y la otorgo estando en las casas de su morada,
siendo testigos Francisco Montero, mercader de mercerías,
Alonso Díaz Rasposo, herrador, y Bartolomé de Silva, vecinos
de esta dicha ciudad, y porque el otorgante que yo, el escribano, doy
fe conozco, dijo no saber firmar, a su ruego firmó un testigo.
Ante mí,
Antonio Rabanales