Carta de pago
de docte
En la çiud de Badajoz a diez dias del
mes de otubre de mill y seissos y çinquenta y vn
años, ante mi, el essno, y testigos, el capitan
don Mathias de Boça de Lima, como marido
y conjunta persona de doña Catalina Manuel,
su muxer, de la una parte y, de la otra, doña
Maria Hidalgo, biuda del cappan Sebastian
Montero, tia de la dha doña Catalina Manuel,
y dijeron que a el tiempo y quando se trato
cassamiento entre dhos capitan don Matias
Boça de Lima y dha doña Catalina Manuel, dha do
ña Maria Hidalgo le prometio en docte y cas
samiento mill y quinientos ducados como pare
çe de la escriptura de promessa otorgada ante
el presente essno en seis de septienbre de este presente año,
porque a onrra y gloria de Dios, Nuestro Señor,
estan de presente cassados, dha doña Maria Hi
dalgo en cumplimiento de dha promesa le da
entrega a dho capitan, y el susodho re
çiue dhos mill y quinientos ducados en loss
bienes y preseas siguientes:
Dos maçetas grandes de plata
q pesaron çiento y setenta onças
de plata, menos tres rreales que rreduçidos
rreduçidos a vellon a doçe rreales
de quarto cada onça montan
dos mill y treinta y siete rreales.
Vna confitera de plara que pesso
çinquenta y vna onça de plata, menos dos
rreales, que rreduçido a vellon a doçe
reales de quarto cada onça, monta
seisçientos y diez reales.
Dos platos grandes y dos pequeños de
plata que pesan çiento y doçe onças de
plata, que reduçidos a vellon mon
tan mill treçientos y quarenta
y quatro rreales.
Dos escudillass, vn bernagal y quatro
cuchares de plata, de pesso de treinta y
vna onça de plata, que rreduçidas a doçe
reales cada una, monta en uellon
treçientos y setenta y dos reales.
Vna lamina de plata con el angel
de la guarda, de peso de ueinte onças,
que a doçe rreales de cuartos, montan
doçientos y quarenta rreales.
Vnos sarsillos de oro con perlas
que pesa çiento y treinta y nueue
reales de plata, que reduçidos a ue
llon a doçe rreales de quartos, la
onça monta doçientos y ocho reales.
Mas vna gargantilla de oro que
pessa çiento y çinquenta
reales de vellon.
Quarenta fanegas de trigo a
quarenta reales la fanega,
mill y seisçientos reales.
Doçe fanegas de çeuada a quinçe re
ales, çiento y ochenta rreales.
Vna caxa de cuchillos con doçe piesas
y la caxa de madera, tasado en çin
quenta reales.
Vna cama de paño açul entera
tasada en quatroçientos reales.
Tres paños de colgar con diferentes
figuras y labores, tasados en ocho
çientos reales.
Dos alfonbras de diferentes labores
en seisçientos y sesenta rreales.
Vn estrado de junco fino en çien
to y sesenta reales.
Ocho sauanas de lienço fino en
seisçientos y quarenta rreales.
Vna mesa de manteles reales en
sesenta y seis rreales.
Dos tablas de manteles ordinarios
en quarenta y quatro reales.
Otras dos tablas de manteles ordinarios
en otros quarenta y quatro reales.
Treçe seruilletas en piesa en sesenta
y çinco reales.
Vna tabla de manteles y seis seruille
tas finas en setenta reales.
Seis varas de lienço fino en treinta
reales.
Dos almohadas de lienço fino labradas
con rramos de pita, en quarenta
reales.
Quatro toallas de lienço fino en çien rs.
Vn cobertor de damasco carmesi fo
rrado en tafetan berde, en treçientos
y treinta reales.
Vn colchon de bramante y vna sauana
de bramante, otro colchon de lienço,
otra sauana de lienço treinta
y seis reales, mas dos sauanas
de lienço fino, una tabla de man
teles, mas otra tabla de manteles,
digo dos tablas, tasado todo en treçientos
y siete rreales.
Mas vna toalla de olanda, dos du
cados, y otra toalla de tafetan car
mesi, en ochenta rreales.
Quatro sillas altas y dos taburetes,
todo de baqueta de moscobia, vsados,
tasados en beinte ducados.
Vn bufete alto de nogal en çin
quenta reales.
Vn espejo grande con çerco de ebano
en doçientos reales.
Çinco mill treçientos y ochenta y vn
reales en esta manera:
En Pedro Ardila Guerrero, dos
mill y doçientos reales.
En Andres Gonsalez de Al
baro, dos mill reales.
En Antonio Mexia Loçano, mill
y çiento y ochenta y vn reales.
Que en dhas tres partidass
montan dhos çinco mill treçientos y ochen
ta y vn reales, para los quales
dha doña Maria Hidalgo le a en
tregado a dho cappan don Mathias
Boça de Lima, libranças en dho Antonio
Mexia de su debito, y vna escriptura
contra el dho Andres Gonsalez de cantia
de dhos dos mill reales, ante Mateo Lu
cas, essno.
Que en dhas treinta partidas suman y
montan dhos mill y quinientos ducados,
los quales en los bienes contenidos
en esta escriptura y libranças dho
capitan don Matias Boça de Lima a reçiuido
en presençia de mi, el essno, y testigos, de que
hago fee y confiessa q los bienes aqui espre
sados estan tasados en sus justos preçios por
personas que en su presençia lo an dho, y el
oro y plata lo pesso y balio Pedro de Murçia,
vezo de esta çiud, en presençia y satisfaçion
de anbas partes, y promete y se obliga
de tener en su poder dhos bienes y dinero
que a reçiuido en docte y para dote con la
dha doña Catalina Manuel, su esposa,
y a los entregar dhos mill y quinientos
ducados en los bienes referidos o en
dinero, cada que el dho matrimonio sea disuel
to o separado por muerte, diuorsio u en
otra manera, sin se aprouechar del año de
la rretençion de los bienes muebles, a ello se obli
ga con su persona y bienes; da poder a las justi
çias de su magd, en espeçial a las por ante quien
el cumplimiento de lo aqui contenido
le fuere pedido, donde se somete para que a ello
le apremien como por sentençia pasada en
cossa jusgada, renunçia su propio foro,
jurisdiçion y domiçilio, y la ley si conbenerit
y las demas de su fauor y la que prohiue la genl
en forma, en testimonio de lo qual la otorgo;
y firmo dho otorgante a quien yo, el essno, doy
fee conozco, estando en las casas de morada
de dha doña Maria Hidalgo, siendo testigos:
don Inigo de Mendoça, vezo y rexor d esta çiud, Anto
nio Mexia Loçano y Arias Fernandez de Paredes,
vezos d ella.
Ante mi
Dg Mn Gamo