En la çiudad de Badajoz, a ocho dias de el
mes de febro de mill y seisçientos y quarenta y çinco años,
ante mi, el eso, y de iuso escritos, parecio Manuel Goz,
hijo de y su muger, vzos de esta çiudad,
y dixo que porque esta tratando de se casar con Ines
Carrena, hija de Po Sanchez y de Dominga Gomez, su muger,
vzos de ella; y el dho cassamo ha tenido effeto por
que estan ya juradas y corridas las moniçiones que
dho Concilio de Trento manda y se an de reçibir
y velar mañana, juebes, que se contaran nueue
de este prte mes, y los dhos sus suegros le quie
ren dar y entregar çiertos bes de rropa y ajuar
pa que sea dote conoçidamte ante la dha Ines Carrena,
hija de los susodhos, y que dho la quiere re
çibir en la dha conformidad y pa el dho effeto;
y ambas ptes de conformidad nombraron pa tassar
los dhos bes a Isabel Gomez, viuda de Pedro Goz,
y a Juana Garcia, muger de Baltasar Perez, vzas
de esta ciudd, cada una de ellas nombrada por su pte,
las quales que estauan ptes juraron a Dios y a una
cruz en forma de dero de hacer la dha tassacion
bien y fielmente a su leal sauer y entender, sin agra
vio de ptes y los bes que las susodhas tassaron y los
Po Sanchez y su muger dieron y entregaron al dho
Manuel Goz, su ierno, y el se rrecibio son
los stes:
Media cama de madera de nogal
tassada en seis ducados
Una jerga de estopa con su henchimien
to de balago en quatro ducados
Dos colchones de lienço llenos de lana
tassados en diez ducados
Tres sauanas de lienço casero nuebas
tassadas en nueue ducados
Otras dos sauanas mas pa sobre colchas ran
dadas y con puntas de hilo blanco al
rrededor tassadas en doçe ducados
Una colcha de Olanda blanca la
brada con sus fluecos alrrededor tassada
en quinçe ducados
Unos paños de cama de lien
co y rred que son çinco pieças con el corredor
tassados en nueue ducados
Una entecama de red assentada en
una tira de lienço con sus fluecos tassa
da en tres ducados
Una entepuerta de red de doçe qua
drados tassada en seis ducados
Una cabeçera de lienço de quatro al
mohadas llenas de lana, tassadas
en quatro ducados
Otra cabeçera de dos medios y dos
açericos de Olanda llenos de lana
tassados en otros quatro ducados
Otra entrecama de red tassada en
doçe res
Una mesa de manteles reales
nueba tassada en veynte y ocho
rreales que costo
Doçe seruilletas casseras tassadas en
quarenta y ocho res a quatro res ca
da una
Un paño de manos de lienço llano yeno
labrado de hilo amarillo tassados en
doçe res
Una toalla de Olanda labrada de en
cajes y puntas grandes alrrededor
de hilo de pita tassada en seis ducados
Otra toalla de Olanda con puntas de hilo
portugues tassada en otros seis duos
Una sabana de estameña nueba tasa
da en tres ducados
Un cobertor colorado de cochinilla con
fluecos de seda amarilla y colorada
y con su lista de tafetan amarillo al
rrededor tassado en ducientos y cinqta
res
Un quadro de la Madalena grande
guarneçido y assentado en madera
pintada y dorada tassado en seis
ducados
Otros dos quadros pequeños de Ma
y S Juan con el y el niño Je
sus dormido, y el otro de el niño Jesus
con los passos de la passion guarneci
dos con maderas de negro y doradas
tassados en otros seis ducados
Un espejo grande con molduras do
radas tassado en quatro ducados que
costo
Un guadameçi y dos cojines de lo mis
mo tassados en çien res
Dos sillas de respaldo nuebas con cla
uazon nueba y negras tassadas en
seis ducados
Un bufete de madera mediano con
su cajon y dos bancos pequeños tassados
en quarenta y dos res que costaron
Un medio arcaz de madera con
su zerradura y llaue tassado en tres
ducados
Un arca de madera mediana con su
zerradura y llaue tassada en doçe
res
Una caldera grande de cobre nueba tas
sada en ocho ducados que costo
Dos cazos de azofar con sus cabos de jerro,
uno grande y otro pequeño tassados en
treynta res que costaron
Un almirez con su mano en tres duos
Dos candeleros de azofar de pie al
to en dos ducados
Unas treodes y un badil y un morillo
y dos assadores y unas tenaças todo
de jierro tassados en veynte res
Dos platos de estaño, uno mediano y o
tro pequeño en seis res
Un mortero blanco de piedra de alioz
tassado en seis res
Una doçena de platos pintados de los
de Portugal y dos platos grandes y una almo
fia grande y tres porçelanas y otro plato
mediano y tres platillos pequeños y
media doçena de escudillas y una binagrera
con su platillo y una jarra grande de dos assas
de la misma loça tassado todo ello en
quatro ducados que costo
Quatro potes enpedrados de loça de la
orden grandes de carga en doçe res
que costaron
Un poteçillo y una olla grande de dos assas y
una alcarraza y otra pequeña y otros tres
poteçillos pequeños de la misma loça
y un jarro grande de quatro assas en
otros doçe res
Un belador de palo y un pie de argadillo con
su pua de ierro, tassado todo en diez res
Una artessa de madera pa massar y un
tablero en doçe res
Dos esteras. La una de estrado y la otra de
rrespaldar de junco fino de quadrados
de blanco y negro, en veynte y quatro res
que costaron
Un escritorito pequeño enbutido de pa
z de granadillo con pinturas de blanco y
negro para bujerias con su çerradura y
llaue, en tres ducados
Otro bufete grande de madera en seis res
Todos los quales dhos bienes, tassados y
moderados en los dhos preçios, los dhos
Pedro Ssz y Dominga Gomez, su muger, dieron y entregaron
al dho Manuel Gz, su yerno, y el susodho rrecibio en
dote y pa dote de la dha su muger, en presa de mi, el
eso, y testigos de cuya tasa y entrega, yo, el eso, doy ffe
se hiço en mi presa y de los dhos teso; y el dho Manuel Gz los
rreçibio en la dha dote y se obligo de los tener y mantener
por dote de la dha su muger y de los dar y acudir con ellos o con
su valor en que an tassados a la dha su muger y a sus herede
ros, cada y quanto q el matrimonio entre ellos fue
re disuelto o departido por muerte o por diuorçio o en
otra manera, sin los rretener ni ussar
del año de la dilaçión que es de
rremedio rrenunçio, y para lo anssi
cumplir, pagar y auer por firme, agora y
en todo tiempo, obligo a ello su persona y bi
enes muebles y raiçes, auidos y por auer,
y da poder a las justicias rreales y, en espe
cial, a las de la dha çiudd,
jurisdiçion y rrenunçia otro qual
quiera, y la ley si conueneris de iuris de om
nium iudicum a que las dhas jusas
y apremien como por ssa
passada en cosa juzgada, y rrenuncia a las
leyes y deros de su fauor y la y deros de
ella, y lo otorgo estando en la cassa de la mo
rada de los dhos Pedro y su muger, dia, mes
y año dhos, siendo tesos, Dionisio de
Verga Hurtado y Diego Ssz Arayba y An
tonio Herz Sastre, vzos de esta çiudd, y el otorgan
te que yo, el eso, doy ffe que conosco, dxo no sa
be firmar; a su ruego y, por el, firmo un testigo.
Diego Martin Sequera