
su mujer, difunta, por su testamento y por ante
el presente escribano, albacea y heredero de
todos sus bienes como en él parece a que
se remite acepta
con beneficio de inventario tiempo
conste de los bienes que la susodicha dejó por su fin y muerte,
cumpliendo con la obligación que tiene venta
de los bienes para que en todo tiempo conste de
los que son, quiere hacer el dicho inventario y lo hace en
la manera siguiente:
Primeramente , pone por inventario dos sillas de respaldo
y rejas, y un bufete de nogal viejo
Dos cofres viejos encorados y un arca cajón de madera vieja
Cuatro reposteros grandes y uno pequeño que sirve de ante
puerta de un aposento viejos
Una alfombra de estrado vieja
Una bacía de latón grande vieja
Un tacho de cobre mediano viejo y una cazuela pequeña de lo
mismo vieja
Un almirez de azófar con su mano ya usado
Un mortero blanco de piedra de alioj
Dos cazos de azófar con sus cabos de hierro viejos, uno grande y otro
pequeño
Un morillo y unas tenazas y tres asadores de hierro viejos
Dos cuadros, uno hechura de San Jerónimo y otro la oración
del huerto viejos
Una hechura del santo Cristo de plomo pequeño con su cruz de madera

censo de dos ducados en cada un año que le pagaba
y paga en cada Juan Gallardo, vecino de esta ciudad,
de de los dos caminos
Otras dos pensiones, una de cinco ducados y medio y otra de
tres que le pagaban dos vecinos de de unas casas y
otros bienes que han perdido por causa del enemigo
Todos los cuales dichos bienes de suso inventariados
son los que quedaron por fin y muerte de la dicha doña
Isabel Becerra, su mujer, y juró a Dios y a una cruz
en forma de derecho que es cierto y verdadero este dicho
inventario y que no notaría hayan quedado otros bienes algunos
de la dicha su mujer y que si vinieren a su notaría a ver otros, lo
declarará y pondrá por inventario; y en testimonio de ello
lo otorgó estando en casa de mí, el escribano, día, mes y
año dichos, siendo testigos Alonso Guerrero Zambrano y
Juan Cazaballo y don Francisco de Aguirre, vecinos y estante en
en esta dicha ciudad, y lo firmó el otorgante que yo, el escribano,
doy fe
Diego Martín Sequera