BA1644I7028

Testamento de Inés Pérez de Meneses

Fecha1644
LocalidadEspaña, Badajoz, Badajoz
ProyectoCORTENEX: Corpus de textos notariales extremeños (siglos XVI y XVII)
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Badajoz
ID del manuscritoAHPB PN/212

View options

Text: - Show: - Tags:


En el nombre de Nuestro Señor Dios, amén. Sepan cuantos esta carta de testamento, última y postrimera voluntad vieren como yo, Inés Pérez de Meneses Celiseo, mujer de Gil Fernández Rastrollo y Mejía, vecina de esta ciudad de Badajoz, estando enferma del cuerpo y sana de la voluntad y en todo mi juicio y entendimiento natural, el que Dios Nuestro Señor fue servido de me dar, creyendo, como firmemente creo, el misterio de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas y un solo Dios verdadero, y en todo aquello que tiene, cree y confiesa la Santa Madre Iglesia católica romana y en todo lo demás que tiene obligación a creer todo fiel cristiano, temiéndome de la muerte, que es cosa natural y cierta a toda criatura humana, deseando poner mi ánima en carrera de verdadera salvación, otorgo que, a honra y gloria de Dios Nuestro Señor y bien de mi ánima, hago y ordeno mi testamento en la manera siguiente: Primeramente, encomiendo mi ánima a Dios Nuestro Señor, que la crio y redimió por su preciosa sangre, muerte y pasión y el cuerpo a la tierra de que fue formado. Y mando que, cuando la voluntad de Dios Nuestro Señor fuere servido de me llevar de esta presente vida, mi cuerpo sea sepultado en la iglesia y convento de Señor San Francisco de esta ciudad, en la sepultura que para ello les pareciere a mis albaceas y diere el dicho convento, y la hermandad de Señor San Diego sita en él, la cual con el dicho convento, acompañe mi entierro y me diga misa cantada de cuerpo presente y vengan por mi cuerpo el cura de mi parroquia y los capellanes del coro de la santa iglesia catedral de esta ciudad que a los dichos mis albaceas les pareciere;

y se me diga misa cantada de cuerpo presente, y por todo se pague la limosna acostumbrada y lo mismo a la dicha hermandad de Señor San Diego y, el dicho día de mi entierro, los religiosos del dicho convento digan todos los que pudieren decir misa rezada por mi ánima, por las cuales se pague y, por todo lo demás, la limosna acostumbrada. Mando se digan cien misas rezadas por mi ánima, y otras cincuenta por las ánimas de mis padres y veinte misas rezadas por las ánimas de purgatorio y personas a quien puedo ser en algún cargo, las cuales digan los sacerdotes y en la parte que a mis albaceas le pareciere. Mando a las ermitas acostumbradas de esta ciudad, a cada una de ellas, cuatro maravedís, y, a redención de cautivos, medio real, y otro medio para la casa santa de Jerusalén y otro medio para la cera del santísimo sacramento, por ganar los perdones. Declaro que los bienes que tengo son: las casas de mi morada en la calle del convento de Santa Lucía, que tomamos de pensión yo y el dicho mi marido, de que se pagan diez ducados y medio en cada un año. Declaro tengo cuatro cofres encorados y vareados, los tres grandes y uno mediano, y en ellos las cosas de ropa y vestidos siguientes: Un vestido de gorgorán llano, negro, picado, basquiña y ropa y un jubón de damasco, que es del mismo vestido, que es nuevo todo, y unas enaguas de tafetán doble azul, forradas en tafetán anaranjado y una almilla de lo mismo, y unas enaguas de damasquillo de lana de colores nuevas, y una basquiña de sarga de color cabellado, nueva, forrada en bocací colorada. Tengo más una almilla de lana cabellada guarnecida

guarnecida con galón de planchuela de oro, tengo más una basquiña de color de carmesí de color plateada y noguerada, forrada en tafetán leonado y guarnecida de alcaparrones de galón negro por alrededor. Tengo más un rodapiés de tafetán verde, doble, para debajo de las enaguas, con tres molinillos de oro alrededor, tengo más una basquiña de tafetán negro, picada, usada; tengo más tres pares de enaguas de Holanda, blancas, para debajo, guarnecidas de puntas por el ruedo, y una camisa de lienzo fino, nueva, que no la he vestido, guarnecida con puntas por las costuras, y unas medias de seda encarnadas nuevas, y unas ligas de tafetán encarnado con puntas de oro grandes, tengo más un manto de seda nuevo, guarnecido con puntas de seda negras, y otro manto de anascote nuevo, y otro manto de anascote usado, tengo más unas enaguas de sargueta colorada, usadas, con un galón alrededor de oro, y otras enaguas de damasquillo de lana, viejas, y una almilla de lienzo nueva, y unas medias de seda encarnadas, viejas, y dos pares de medias de hilo blancas. Tengo más seis colchones llenos de lana buenos, y once sábanas, seis nuevas y las cinco usadas, y nueve almohadas, seis grandes y las otras pequeñas, nuevas, y algunas con lana, tengo más una colcha blanca de Holanda nueva y un cobertor de paño verde, usado, que traigo en la cama. Tengo más unos manteles caseros y nueve servilletas de lo mismo, y una cama de madera entera usada. Tengo unos paños de lienzo con randas de red de la cama, y cuatro sillas de respaldo negras, y cuatro cojines de tripilla colorados y amarillos. Tengo más cuatro cuadros, uno hechura de Nuestra Señora, San José y el niño Jesús y San Juan, y otro de Santa Inés, y otro de Santo Antonio y otro a Verónica

de Nuestro Señor, y otros seis cuadros grandes y medianos de diferentes hechuras. Tengo más cuatro camisas de Holanda de mi vestir, usadas. Tengo más una arca de madera vieja, y un tapete de borlilla de colores, y otra vieja y una guitarra grande buena, y una pretilera con cinco porcelanas y cinco escudillas y tres platos y dos cuartas de Salvatierra y otras cuatro pequeñas de Estremoz y algunos jarros de lo mismo, y una pila de loza fina, pintada y dos candeleros y una jarra y un pichel, todo de estaño de Flandes, y un bufetillo grande y otro pequeño. Tengo más tres bacías de azófar medianas y una bacineja de lo mismo. Hay más en las dichas mis casas, un vestido de terciopelo negro, ropilla y calzón y un ferreruelo de bayeta, que es de mi marido, y un camisón de lienzo nuevo, y unos calzones de lienzo y dos valonas con sus con sus vueltas de cambray; tengo más dos paños de manos de lienzo con puntas, buenos. Tengo más unas gargantillas de oro con diez y siete piezas y, en ellas, perlas pendientes, que estas están empeñadas en el licenciado don Juan Antonio Jiménez de Meneses, arcediano de la catedral de esta ciudad, en once reales de a ocho que me prestó para comprar una yegua que tengo, asimismo, en las casas de mi morada para traer leña; y hay otros trastes del servicio de casa que mando que de todo ello se haga inventario después de mis . Declaro que don Francisco de Cuevas, capitán de caballos, que estuvo alojado en mi casa, quedó en ella dos sillas de caballos, y algunas armas de vestir y unas botas

y una hungarina de terciopelo negro, forrada en martas, todo lo cual que fuere suyo se le si yo muriere, porque es suyo y él está fuera de esta ciudad. Mando que a Guiomar de Acosta, hija de María Gómez, difunta, que me asiste en mi casa en mi enfermedad, se le el manto de anascote viejo y las enaguas de sarguilla coloradas, y un colchón de los míos, el más pequeño, y una almilla negra de bayeta que tengo y una camisa de las usadas mías por amor de Dios. Mando que los dichos cofres y demás bienes que llevo declarado se pongan en depósito en casa del dicho arcediano para que, si yo falleciere, se disponga de ello para el cumplimiento de este mi testamento. Declaro debo de la pensión de la casa de mi morada seis o siete ducados o lo que por buena verdad pareciere hasta San Juan, que pasó de este año, páguese, y no debo otra cosa, si pareciere deber algo, se pague, y, lo que se me debe, se cobre. Declaro que todos los dichos bienes los hemos adquirido durante el matrimonio que hemos tenido el dicho Gil Fernández, mi marido, y yo. Declaro tengo más una esterilla de junco con su respaldar, usada. Y, para cumplir y pagar este mi testamento y mandas en él contenidas, dejo y nombro por mis albaceas a el dicho Gil Fernández, mi marido, y a el racionero de la catedral de esta ciudad Domingo Hernández, a el dicho arcediano , a los cuales y a cada uno, yn solidun, doy poder cumplido para que de los dichos mis bienes cumplan este dicho mi testamento, vendiendo para ello los que fueren necesarios en pública

almoneda o fuera de ella, sin que para ello sea necesario licencia de ningún juez ni perlado y aunque sea pasado el año del albaceazgo. Y, después de cumplido y pagado este mi testamento y mandas y legados en él contenidas, dejo y nombro por mi heredera universal a mi ánima para que, a honra y gloria de Dios Nuestro Señor y bien de mi ánima, los dichos mis albaceas y cualquiera de ellos hagan decir y digan las misas que alcanzare el remanente de los dichos mis bienes por la dicha mi ánima, a quien dejo por heredera por no tener hijos ni herederos forzosos por cuanto así es mi voluntad. Y, por este mi testamento que ahora hago y ordeno, revoco, anulo y doy por ninguno y de ningún valor y efecto otro cualquiera testamento, manda o codicilio que antes de este haya hecho por escrito o de palabra o en otra cualquiera manera, que no quiero valga salvo este que ahora hago y que quiero valga por mi testamento y codicilio y por mi última y postrimera voluntad, en aquella mejor vía y forma que haya lugar derecho, y en Declaro que tengo en mi casa a Miguel, que es hijo del dicho Gil Fernández, mi marido, mando que, si Dios me llevare, que los dichos mis albaceas le den un vestido de paño ordinario que sea capa, ropilla y calzón, dos camisas, sombrero, medias y zapatos de mi hacienda. Y, en testimonio de ello, otorgué esta carta de testamento en la manera que dicha es, ante el escribano público y testigos de yuso escritos, estando en la dicha ciudad de Badajoz, en las casas de mi morada, a trece días del mes de octubre de mil y seiscientos y cuarenta y cuatro años, siendo testigos Pedro de Villanueva, Juan

Durán y Gaspar Fernández, vecinos de esta ciudad, y, por no saber firmar, firmó a mi ruego un testigo y, yo, el escribano, doy fe conozco a la otorgante. Pedro de Villanueva Diego Martín Sequera


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


Download XMLDownload textWordcloudFacsimile viewPageflow view