En la ciud de Badajoz en el dho dia treynta de enero
del dho año, los dhos Franco del Canpo y Jeronimo Lopes,
alguaziles, fueron a las casas de morada del dho Diego
Mendes Delues, difunto, y abiendo abierto la casa tienda
con asistencia de Franco Lopes su yerno, se ynbe
tariaron los bienes stes:
El dho mostrador arcas y, en el, se hallaron quatro gamucas
de Flandes.
Tres libras de puntillas negras y de colores.
Tres dozenas de medias de mancebos de colores.
Cinquenta pares de medias del coral negras y de colores.
Veynte y quatro pares de medias negras de mancebos.
Dies varas de catalufa de lana.
Quatro libras de moriscos negros y de colores.
Vna pieca de nabal.
Dos talegos con dos mill y quinientos reales en
moneda de bellon que dixo el dho Franco Lopes ser de
lo procedido de la sisa del bino de su magd y de la car
nenseria.
Otros dos talegos con quinientos reales en bellon.
Dies y nuebe pares de borzegies argentados de Cordoua.
Dos dozena de pretinas de beneras.
Veynte baras de bolantes.
Vna pieca de casa.
Otra de tasi fina.
Dies varas de olanda.
Veynte y cinco piecas de liencos de estopa de a doze varas cada pieca.
Treynta piecas de lienco hordinario con trecientas y cin
quenta baras.
Vna pieca de cotonia blanca con veynte varas.
Seys pedacos de lienco fino con sesenta baras.
Dies y ocho piecas de lienco entreancho curado con docientas
y quarenta baras.
Tres libras de caracolillo de oro y plata falso.
Dos cañas de oro ylado
con ocho oncas.
Vna caña de plata ylada con dos honcas.
Y el dho Franco Lopes manifesto tener en el lugar del Albuhera
de esta juridicion, en casa de Ju Martin, aguador, ciento
y quarenta fanegas de trigo en grano; y en
todos los dhos bienes se constituyeron depositarios
los dhos Andres de Morales y Manuel Nuñes, vzs de esta ciud, y
se dieron por entregados en ellos a su boluntad,
sobre que renuncian las leyes de la cosa no vista y en
trega, y se obligan a los tener de manifiesto y den qta
d ellos, cada que por el señor corregidor o otro jues con
petente le sea mandado, so las penas de los depo
sitarios, pa ello obligan sus personas y bienes,
dan poder a las justicias de su magd, en especial, a las
de esta ciud, donde se someten, renuncian su domicilio
y otorgan deposito en forma, siendo testigos Alon
so Goncales Suna, alguazil, y Diego Mendes y Alonso Se
quera, vzos de esta ciud, y lo firmaron los otorgtes, que
doy fe conosco.
Manuel de Leon
En la ciud de Badajoz, en el dho dia treynta de enero del
dho año, los dhos Franco del Canpo y Jeronimo Lopes, aguaziles,
pusieron por ynbentario los libros y papeles que
se hallaron en la casa y tienda de dho Diego Mendes
en la forma siguiente:
Vn libro de caxa de papel de marca maron
escrito hasta foxas treynta y quatro y las parti
das que en ellas parese se estan debiendo a el dho Diego
Mendes se rubricaron por mi, el escriuo.
Otro libro enquadernado en pergamino, numerado
desde vna foxa hasta ducientas y noventa y ocho,
y en el se rubricaron las partidas que por el
pareçe se estan debiendo a el dho Diego Mendes
y se entraron en una caxa con los demas papeles,
libros y quentas y se serro con llaue y la lleua el dho Franco
del Canpo y, por ser tarde, se dexo en este estado.
Manuel de Leon
En la çiud de Badajoz, a çinco dias del mes de
febrero de mil y seisçientos y treinta y quatro años,
Franco del Canpo, alguazil, fue a las casas de morada
de Diego Mendez de Yeluas, difunto, y entro en la casa
tienda y, en presensia de Franco Lopez, su yerno, abrio
el caxon en que estan los libros y papeles con su llaue,
y se hallo con borrador numerado desde una foxa hasta
quarenta y çiete de corriente de la tienda.
Otro borrador yntitulado numero dos.
Otro borrador numero uno del corriente de la tienda.
Otro borrador numero tres, escrito hasta foxas trese;
y los dichos libros y llaues de tienda y lo demas se entrego
a el dho Franco Lopez, y firmo el xuo, siendo testigos
Diego de Morales y Franco Ximenes, sastre, vzos d esta çiud.
Ante mi,
Manuel de Leon