BA1630I7015

Carta de pago de dote de Juan Madera, zapatero

Fecha1630
LocalidadEspaña, Badajoz, Badajoz
ProyectoCORTENEX: Corpus de textos notariales extremeños (siglos XVI y XVII)
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Badajoz
ID del manuscritoAHPB PN/206

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En la ciudad de Badajoz, a veinte y dos días del mes de octubre de mil y seiscientos y treinta años, ante , el escribano y testigos de yuso escritos, parecieron presentes Diego Hernández, carpintero, de una parte, y, de otra, Juan Madera, zapatero, vecinos de esta ciudad, y dijeron está tratado de se casar el dicho Juan Madera con Ana Núñez, su hija del dicho Diego Hernández e Isabel Núñez, su mujer, y espera, mediante la voluntad de Nuestro Señor, tendrá efecto el dicho casamiento porque están ya corridas las moniciones que el Santo Concilio de Trento manda, y se han de recibir y velar mañana, miércoles, que se contarán veinte y tres días de este presente mes, y al tiempo y cuando se trató el dicho casamiento el dicho Diego Hernández le prometió a el dicho Juan Madera en dote y casamiento con la dicha Ana Núñez, su hija, dos camas de ropa cumplidas con todas sus pertenencias y doscientos ducados en dineros que son los que don Pedro de Carvajal, vecino de la ciudad de Cáceres, da a la dicha su hija para su casamiento de la limosna que quedó el licenciado Mora, de que es patrona doña Elvira de Ulloa, mujer del dicho don Pedro de Carvajal, los cuales le tiene librados el dicho don Pedro y dado libranza para que los pague Montero, regidor, y Juan Rodríguez Andrés de Jurro que tiene sobre la sal albalaes de esta ciudad; y cumpliendo el dicho Diego Hernández de su parte con el dicho trato, le quiere dar y entregar a el dicho Juan Madera, su yerno, las dichas dos camas de ropa, y el susodicho las quiere recibir, tasadas por Ana Hernández, viuda de Diego Martín Rueda, vecina de esta ciudad, persona nombrada para el dicho efecto por ambas partes, la cual que estaba presente juró a Dios y una cruz en forma de derecho de hacer la dicha tasación bien y fielmente, a su leal saber y entender, sin agravio de partes y los bienes la dicha Ana Hernández tasó y el dicho Hernández dio y entregó al dicho en la dicha dote y el susodicho son los siguientes:

Una cama de madera entera nueva de nogal tasada en doscientos reales Una jerga de lienzo nueva tasada en veinte y seis reales que costó Dos colchones de lienzo nuevos llenos de lana tasados en catorce ducados Cuatro sábanas de lienzo nuevas y llanas tasadas en ciento y veinte reales a treinta reales cada una Unos paños de cama de lienzo y randas, que son cinco piezas con el corredor, tasados en siete ducados Un travesero y dos acericos de Holanda labrados de cortadillo y forrados en esterlín colorado y llenos de lana, tasados en ocho ducados Dos almohadas y dos acericos de lienzo fino, labradas de hilo amarillo y blanco en penachos llenas de lana, tasadas en seis ducados Una antecama de red asentada en lienzo tasada en tres ducados Otras dos almohadas de lienzo llanas y llenas de lana, tasadas en doce reales Una colcha de motilla blanca con fluecos alrededor, tasada en tres ducados y medio que costó Un cobertor colorado nuevo en cinco ducados que costó Una antepuerta de red asentada en caniquí de cortadillo, en tres ducados Una toalla de lienzo fino labrada de hilo amarillo y blanco y con sus puntas de lo mismo alrededor, en tres ducados Otra toalla de lienzo fino labrada de punto real con puntas de hilo blanco alrededor en otros tres ducados Un paño de canasto de red con sus puntas de hilo blanco alrededor en ocho reales

Una mesa de manteles romanescos nueva tasada en dos ducados que costó Otra mesa de manteles caseros en ocho reales que costaron Un guadamecí verde en ocho ducados y medio que costó Dos cojines de guadamecí colorados y pardos llenos de lana y una garapita de estambre labrada, tasado todo en veinte y cinco reales que costó Dos sillas de respaldo nuevas con clavazón amarilla tasadas en siete ducados Un cofre forrado en badana negra y tachonado con tachuelas amarillas, tasado en seis ducados Un arca de madera nuevo sin cerradura en cuatro ducados y medio Un bufetillo de madera pequeño y dos banquitos en doce reales Dos docenas de platos y escudillas de loza fina de Lisboa y una docena de platos y escudillas blancos, tasado todo en treinta reales Un mortero blanco de piedra de alioj con su mano de palo en cuatro reales y medio Dos candeleros de azófar de pie alto en diez y nueve reales que costaron Tres potes grandes de a carga empedrados y tres ollas grandes de dos asas y tres pequeñas, en dos ducados que costaron Un cazo de azófar con su cabo de hierro tasado en nueve reales y medio que costó Unas trébedes un badil y dos asadores, todo de hierro en catorce reales que costó Un candil y una aceitera de hoja de lata en cinco reales que costó Un barreñón, dos ollas y una cazuela y jarros, tasados en dos reales Un faldellín de escarlatín con diez pasamanos guarnecido y un ribete de terciopelo colorado, tasado en seis ducados

Una basquiña de jerguilla de monjas forrada en bocací colorado y con un ribete de terciopelo negros, tasada en cuatro ducados Un jubón de gorgorán negro guarnecido de pasamanos tasada en cinco ducados Una ropa de bayeta guarnecida de ribetes tasada en siete ducados Un manto de anascote tasado en cinco ducados Otro manto de seda usado en cuatro ducados Todos los cuales dichos bienes, tasados y moderados en los dichos precios, el dicho Diego Hernández dio y entregó al dicho Juan Madera, su yerno, y el susodicho de ello recibió en presencia de , el escribano, y testigos de cuya entrega y recibo yo, el escribano, doy fe se hizo en mi presencia y de los dichos testigos, y los recibió a su poder el dicho Juan Madera, y, asimismo, el dicho Diego Hernández dio y entregó al dicho Juan Madera, su yerno, y el susodicho de él recibió la libranza de los doscientos ducados que el dicho don Pedro de Carvajal le dio para la dote de la dicha Ana Núñez, su hija, para que el susodicho los haya y cobre conforme a ella; de los cuales doscientos ducados el dicho Juan Madera desde luego para cuando los cobre, se dio por entregado en ellos y renunció las leyes de la entrega, prueba y paga y excepción de la pecunia, como en ellas y en cada una de ellas se contiene, los cuales dichos doscientos ducados y todo lo demás de ropa y ajuar de suso contenido en esta escritura el dicho Juan Madera dijo recibía y recibió del dicho Diego Hernández, su suegro, en dote y para dote de la dicha Ana Núñez, su mujer e hija, del susodicho; y se obligó de los tener y mantener, y de los dar y acudir con ellos a la dicha su mujer y a sus herederos, cada y cuando el matrimonio entre ellos fuere disuelto o departido por muerte o por divorcio o en otra manera sin los retener ni usar de derecho del año de la dilación, cuyo remedio renunció y para lo así cumplir y haber por firme, obligó su persona y bienes habidos y por haber, y dio poder a las justicias reales y, en especial, a las de esta ciudad, a cuyo fuero se sometió para que las dichas justicias a ello le apremien como por sentencia pasada en cosa juzgada y renunció todas leyes y derechos de su favor y la herencia y derechos de ella, y otorgó carta de pago en forma día, mes y año dichos, estando en casa del dicho Diego Hernández, siendo testigos: Domingo Hernández, Gonzalo de Valencia y Francisco Sánchez Núñez, vecinos de esta ciudad, y lo firmó el otorgante, que yo, el escribano, doy fe conozco. Diego Martín Sequera


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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