En la çiud de Badajoz, a seis dias del mes de mayo de
mill y seisto y vte nueue añoss, ante mi, el escriuo, y
tos de yuso escritos, pareçieron Maria Madera,
biuda de Ju Gs, vezina d esta çiud, y Franco de Uera, la
nero, su yerno, ansimiso vzo d ella, y dixon que porq
a el tienpo y quando el dho Franco de Uera se caso
y trato de cassar con Ysabel Ss, su mugr, hija
de la dha Maria Madera, la susodha le prometio
en dote çierta ropa y ajuar y çinqta duos en dino
que se le auian de dar de limosna de la obra
pia de Nuño de Chaues de Esquiuel, de que es
patrono don Franco de Moscoso, vzo d esta dha çiudad,
y porque el dho Franco de Uera era casado y reçibido
y velado a ley y a bendiçión de la Sta madre Yglesia
con la dha Ysabel Ss, su mugr e hixa de la dha
Maria Madera; la susodha, cunpliendo con
la promessa que le hizo a el dho su yerno, le quiere
dar y entregar çiertos bienes de ropa y ajuar
pa que sea dote conoçido de la dha su hija, y el dho
Franco de Uera los quiere reçiuir en la dha dote; y pa
ello anbas partes de conformidad nonbraron
pa tasar los dhos bienes a Mençia Bazquez, biuda
de Ju Correchero, y a la biuda de Juan Andres,
seuillano, vezinas d esta çiud, las quales que estauan
presentes juraron a Dios y a la cruz en forma
de dro de hazer la dha tasaçion de los dhos bienes
bien e fielmte a su leal sauer y entender, sin
hazer agrauio a las partes; y los bienes que
de la dha Maria Madera dio y entrego a el dho Franco
de Uera, su yerno, y el susodho d ella reçiuio en la
dha dote, tasados por las susodhas, son los sigtes:
Un catre con su barandilla de madera,
tasado en tres duos que costo
Una jerga de estopa y un colchon de
lienço lleno de lana tasado, en siete
ducados
Quatro sauanas, las dos de lienço y, la
una d ellas, randada, y las otras dos
de estopa, tasadas todas quatro en
doze ducados
Dos almohadas de Olanda con sus
encaxes aforradas en esterlin
colorado y llenas de lana, tasadas en
quatro duos
Otras tres almohadas de lienço labra
das con penachos de hilo amarillo y azul
y llenas de lana, tasadas en seis duos
Otras tres almohadas de lienço lla
nas y llenas de lana, tasadas en dos
ducados
Una antecama de red asentada en
calicu, tasada en diez y seis reales
Un cobertor de paño azul, guarne
çido con fluecos de seda amarilla
y azul, tasado en çien reales
Una toalla de lienço labrada
de hilo amarillo y otras dos toallas
de lienço llanas, todas tres tasadas
en dos ducados
Unos manteles romaniscos usa
dos tasados en diez reales
Tres seruilletas caseras tasadas en seis
reales
Dos mantos de anascote, el uno nueuo y
el otro raydo, tasados en diez duos
Un faldellin de escarlatin colorado,
guarneçido con seys puntillas ama
rillas, en quatro duos
Una saya de bayeta negra en seis duos
Platos y escudillas y dos platos
grandes, que por todoss son doze platos,
y tres escudillas, tasado en diez reales
Potes y jarros de cantarera tasado
en diez reales
Dos tableros de madera dosel
un criuo y una juera, tasado todo
en diez reales
Un bufetillo de madera biejo y dos
sillas de madera , tasado todo
en diez reales
Un arcaz de madera uiexo con su çe
rradura en dos duos
Unos cuerpos de espolin leonado y ne
gro, guarneçidos en un molinillo de oro,
tasados en onze reales
Un canastillo de uerga blanco en dos
reales
Una caldera mediana y un calderito
pequeño de cobre viejos, una sarten
unas treodes y un asadero de hierro
y dos candiles, tasado todo en treyn
ta reales
Todos los quales dhos bienes de suso declarados tasa
dos e moderados en los dhos preçios, el dho Franco de
Uera reçiuio en la dha dote de la dha Maria
Madera, su suegra en presençia de mi, el escriuo, y tos
d esta carta de cuya entrega y reçiuo yo, el dho escriuo,
doy fee se hizo en mi presensia y de los dhos tos.
Y demas d ello, el dho Franco de Uera confesso
auer reçibido a su poder çinqta duos que a la dha Y
sauel Sz, su mugr, se le mandaron y dieron de la
limosna y obra pia de Nuño de Chaues de Esqui
uel, los quales reçiuio de mano de don Franco
de Moscosso, patrono de la dha obra pia, y por
que las pagan d ellos de preste no pareçe por
tenellos reçiuidos y estan en su poder, reno
las leyes de la entrega, prueua e paga y exçe
çion d ella y numerata penucia, y las de
mas d este casso como en ellas y cada una
d ellas se contiene, los quales dhos çinquenta
duos en dinero y los dhos bienes de suso declarados
y tasados en los dhos preçios, el dho Franco de Uera
dixo los reçiuia e reçiuio en dote y para dote
de la dha Ysabel Sz, su mugr, y se obligo de los te
ner e mantener y de los dar y acudir con ellos
o con su preçio en que an tasados a la dha su
mugr y sus heredos, cada e quando el matrimo
entre ellos fuere disuelto o departido por muer
te o por diuorçio o en otra manera, sin loss
retener ni usar en el año de la dilaçion
que el dro permite, cuyo remo reno y para ello
y cumplimto d esta escritura, obligo su persa
y bienes auidos e por auer, y dio poder a las
justiçias reales y, en espeçial, a las d esta dha
çiud, a cuyo foro e jurn se sometio y reno otra
qualquiera, y la ley sid conuenerid de jurne
oniun judicun pa que las dhas jusas o qual
quiera d ellas a ello le conpelan y apremien
como por ssa pasada en cosa juzgada, y reno
todas leyes y dros de su fauor y otorgo carta de po
en forma, dia, mes y año, el susodho, en las casas
de la morada de no doña Maria de Moscoso, biuda
de don Nuño de Chaues, siendo presentes por ts
Ju Perez, trabajador, y Baltasar Garçia Berdello,
lanero, y Ju Asençio, vos d esta çiud; y porque el otor
gante que yo, el escriuo, doy fee conosco, confeso
ser mayor de vte y çinco años y que no saue escriuir;
a su ruego e por el, lo firmo un to.
Juan Asensio
Diego Martin Sequera