AR1800C4077
Declaraciones del médico y del cirujano por sanar las heridas que tenía en la cabeza el difunto Faustino Alonso Salazar
Fecha | 1800 |
Localidad | España, Álava, Berantevilla |
Proyecto | HISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833 |
Financiación | MINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021 |
Archivo | Archivo de la Real Chancillería de Valladolid |
ID del manuscrito | ARCHV PCR 0124/0001 |
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Declaración de los cirujanos
En la referida villa de Berantevilla, dicho
día seis de julio de mil y ochocientos años
ante el expresado señor don Simón de Ruiz Sáenz
alcalde de la Santa Hermandad de esta dicha villa
parecieron José de Ramos, cirujano titular
en ella y Hermenegildo Telmo de Ramos, cirujano
asalariado en la villa de Villamediana y entante
al presente en esta de Berantevilla a efecto de
hacer la declaración que le está mandada en el auto
de oficio que antecede quienes por testimonio de mí
el escribano y bajo del juramento que tienen
prestado como resulta de la diligencia anterior
conforme dijeron que habiendo visto y reconocido en
este día a Faustino Alonso Salazar, vecino de esta
dicha villa que se halla postrado en cama, lo han
hallado padeciendo dos heridos, la una en la parte
lateral siniestra de la cabeza, sobre el hueso parietal
hecha con instrumento punzante y cortante, la que
tiene pulgada y media de latitud e interesa las
partes continentes y en el mismo parietal observaron
hallarse fracturado o dividio cerca de una pulgada
dejando paso a una porción del cerebro que salía por
la dicha fractura de que se infiere que las meninges
se hallan gravemente vulneradas y el cerebro ofendido
y por la difusión de sangre que hubo cuando se dilató
la dicha herida para hacer el reconocimiento, impidió
la total certidumbre del daño ocasionado en dicha
parte y la otra se halla en el sinciput sobre el
hueso coronal y en su parte media y algo lateral
derecha, hecha con instrumento contundente y se halla
interesado sus partes continentes y sobre dicho
hueso se percibe una subintración, teniendo de
latitud lo que hace el calibre de un garbanzo o
avellana y en las partes blandas de esta misma herida
tiene como seis líneas poco más o menos finalmente
notaron una rozadura simple en la parte
superior origen de la nariz y que esta carece de peligro
pero no las dos anteriores con especialidad la que
se halla con fractura en el cráneo o casco que esta
se debe incluir en la clase de mortal, según
doctrina de muchos prácticos que han escrito en
semejante asunto y la otra herida es también
peligrosa por razón de parte de accidentes pues
por todo lo relacionado notan los nominados
facultativos una conmoción de cerebro y casi
abolido el sentido de dicho paciente sin resultar
la presente alteración en la arteria o pulso
que es cuanto tiene a su favor el expresado
paciente bien que en cuanto a la conmoción de
cerebro y pérdida de sentido y conocimiento
se halla al presente en estado auto al
respective que se hallaba la mañana de este día según
que así lo manifiesta el citado José de Ramos
quien también manifiesta que a luego que fue
noticioso del suceso el señor don Matías López de
Samaniego, teniente de gobernador, Justicia
Mayor y Ordinaria de esta dicha villa y su jurisdicción
fue llamado por su merced dicho José de Ramos, a quien
mandó pasare a reconocer y curar por primera
intención a dicho Faustino lo que ejecutó
inmediatamente y visto y reconocido por dicho facultativo
lo halló muy delicado y débil por la pérdida de
espíritus por lo que fue preciso poner a dicho
paciente en su cama e instaurarle con algún alimento
sustancioso y practicado esto se recuperó y entonces
lo reconoció y le halló las mismas heridas y
contusión que quedan referidas las que auxilió
primeramente con evacuaciones de sangre detergiéndolas
aromáticos vulnerarios encargando asimismo
a la asistente a dicho paciente una rigurosa dieta
quietud y silencio y dejando al paciente dilatadas
las heridas de fractura y subintración y formando
luego estar con los lechinos o hilar
correspondientes según lo aconsejan los autores de mejor
nota que es cuanto pueden declarar según lo
que han advertido y con arreglo a su arte de
cirugía y la verdad sin cosa en contrario para
el juramento que tienen prestado en lo
que y habiéndoles leído esta su declaración
se afirmaron y ratificaron en ella expresaron
ser de edad dicho José de Ramos de cincuenta
y ocho años y el citado Hermenegildo de
treinta y un años de facultad el primero
treinta años y el otro de ocho a diez años años y lo
firmaron con su merced y en fe de todo yo el escribano.
Emmdo, mi, valga.
En la referida villa de Berantevilla, dicho día siete
de julio de mil y ochocientos años, ante el referido
señor alcalde de esta Santa Hermandad parecieron
don Manuel de Uriarte y Francisco Jiménez y Ramos
médico y cirujano contenidos en la
diligencia anterior a efecto de hacer la declaración
que le está mandada y para ello su merced por
testimonio de mí el escribano tomó de ambos y
cada uno separadamente juramento en forma
debida de derecho y bajo de el dijeron conformes que
en cumplimiento del encargo que se le está
hecho han visto y reconocido con el mayor cuidado
a Faustino Alonso de Salazar contenido en
estos autos que se halla postrado en cama
y le han hallado una herida en el medio del hueso
coronal de latitud de dos dedos con dislaceración
de los tegumentos comunes, cutícula, cutis y gordura
y dislaceración de la gorra aponeurótica y contuso
el pericráneo de dicho hueso y está herida por
razón de parte y accidentes que pueden sobrevenir
la daban por peligrosa, asimismo le han hallado
otra herida en uno de los huesos parietales del
lado izquierdo hecha con instrumento punzante y
cortante de latitud de pulgada y media, e interesa
las partes continentes que son los tegumentos
comunes la gorra aponeurótica y contuso el
pericráneo y haber advertido en dicho hueso parietal
una fractura o rompimiento de hueso que coge el
dedo pulgar hasta la duramadre y haber mucha
sangre derramada entre la duramadre y cerebro
cuya herida por los primeros accidentes que han
advertido como es el hallarse el herido soporoso privado
de habla y falta de conocimiento y los segundos
accidentes que en semejantes heridas acontecen suelen
venir como son convulsiones, letargo, apoplejía y
otros la daban y dieron por mortal que al presente
se halla el paciente con suma debilidad y sin
calentura que dicha herida que han reconocido en el hueso
coronal ha sido hecha con palo o canto que los apósitos
y preparaciones hechas por José de Ramos, cirujano de
cabecera hasta el día presente como son tres
evacuaciones de sangre y los apósitos que les aplica a las
heridas van con arte que asimismo se le notó a dicho
paciente una rozadura simple en la parte superior
origen de la nariz y que esta carece de peligro que
cuanto declaran haber advertido según su arte
y lo que Dios Nuestro Señor se les ha dado a entender y
la verdad sin cosa en contrario, bajo de juramento
que tienen prestado en el que y habiéndoseles leído
esta su declaración se afirmaron y ratificaron
en ella dijeron ser de edad dicho don Manuel de
cincuenta y tres años poco más o menos y
veinte y uno de práctica y el referido Ramos
de cuarenta y un años de edad y veinte y dos
de práctica y lo firmaron siguiente a su merced
de que yo el escribano doy fe y también la doy de
haberme hallado presente con dichos facultativos
al citado reconocimiento.
Declaración de los cirujanos
En la referida villa de Berantevilla el dicho día
diez de julio de mil y ochocientos años; el
expresado señor alcalde de la Santa Hermandad,
manifestó que a cosa de las cinco de la mañana de este
día, habían comparecido ante su merced José de Ramos
y Francisco Jiménez Ramos, cirujanos que asisten a la
curación de Faustino Alonso Salazar, herido y le
habían declarado como ese se hallaba
extremadamente malo y a los últimos de su vida por haberle
sobrevenido un accidente de apoplejía y para que
conste lo pongo por fe y diligencia que firmó su merced
y yo el escribano.
Declaración del médico
En 1º de julio
En dicha villa de Berantevilla dicho día diez de
julio de mil ochocientos años el señor don Simón
de Ruiz Sáenz, alcalde y Justicia Ordinaria de ella
y digo alcalde de la Santa Hermandad a
consecuencia de lo que se previene y manda en el
auto asesorado que antecede, mando comparecer
ante si a el doctor don Manuel de Uriarte, médico
titular de esta dicha villa y su partido a efecto
de que haga la declaración que esta prevenida y para
ello su merced por testimonio de mí el escribano le tomó
y recibió juramento por Dios Nuestro Señor y sobre
una señal de cruz en forma debida de derecho y bajo
de el ofreció decir verdad con arreglo a lo prevenido
en dicho auto y a su consecuencia dijo que en esta
mañana ha visitado a Faustino Alonso Salazar
según se le está encargado y lo ha hallado privado
de todo sentido y movimiento como asimismo con
calentura efectos sin duda de una verdadera
apoplejía que le ha resultado la que sin duda le va
abreviando su vida que es el estado en que se halla
dicho herida y al mismo tiempo con grave lesión
en su respiración que es cuanto declara con
arreglo a su arte y lo que Dios Nuestro Señor le ha
dado a entender y la verdad sin cosa en contrario
para el juramento que tiene prestado en lo
que y esta su declaración se afirmó y ratificó dijo
ser verdad de cincuenta y tres años poco más o
menos y veinte y uno de práctica y lo firmó con su
merced de que yo el escribano doy fe.
Legenda: | Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic |
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