AR1800C4077

Declaraciones del médico y del cirujano por sanar las heridas que tenía en la cabeza el difunto Faustino Alonso Salazar

Fecha1800
LocalidadEspaña, Álava, Berantevilla
ProyectoHISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
FinanciaciónMINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Valladolid
ID del manuscritoARCHV PCR 0124/0001

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Declaración de los cirujanos En la referida villa de Berantevilla, dicho día seis de julio de mil y ochocientos años ante el expresado señor don Simón de Ruiz Sáenz alcalde de la Santa Hermandad de esta dicha villa parecieron José de Ramos, cirujano titular en ella y Hermenegildo Telmo de Ramos, cirujano asalariado en la villa de Villamediana y entante al presente en esta de Berantevilla a efecto de hacer la declaración que le está mandada en el auto de oficio que antecede quienes por testimonio de el escribano y bajo del juramento que tienen prestado como resulta de la diligencia anterior conforme dijeron que habiendo visto y reconocido en este día a Faustino Alonso Salazar, vecino de esta dicha villa que se halla postrado en cama, lo han hallado padeciendo dos heridos, la una en la parte lateral siniestra de la cabeza, sobre el hueso parietal hecha con instrumento punzante y cortante, la que tiene pulgada y media de latitud e interesa las partes continentes y en el mismo parietal observaron hallarse fracturado o dividio cerca de una pulgada dejando paso a una porción del cerebro que salía por la dicha fractura de que se infiere que las meninges se hallan gravemente vulneradas y el cerebro ofendido y por la difusión de sangre que hubo cuando se dilató la dicha herida para hacer el reconocimiento, impidió la total certidumbre del daño ocasionado en dicha parte y la otra se halla en el sinciput sobre el hueso coronal y en su parte media y algo lateral derecha, hecha con instrumento contundente y se halla interesado sus partes continentes y sobre dicho hueso se percibe una subintración, teniendo de latitud lo que hace el calibre de un garbanzo o avellana y en las partes blandas de esta misma herida tiene como seis líneas poco más o menos finalmente notaron una rozadura simple en la parte superior origen de la nariz y que esta carece de peligro pero no las dos anteriores con especialidad la que se halla con fractura en el cráneo o casco que esta se debe incluir en la clase de mortal, según doctrina de muchos prácticos que han escrito en semejante asunto y la otra herida es también peligrosa por razón de parte de accidentes pues por todo lo relacionado notan los nominados facultativos una conmoción de cerebro y casi abolido el sentido de dicho paciente sin resultar la presente alteración en la arteria o pulso que es cuanto tiene a su favor el expresado paciente bien que en cuanto a la conmoción de cerebro y pérdida de sentido y conocimiento se halla al presente en estado auto al respective que se hallaba la mañana de este día según que así lo manifiesta el citado José de Ramos quien también manifiesta que a luego que fue noticioso del suceso el señor don Matías López de Samaniego, teniente de gobernador, Justicia Mayor y Ordinaria de esta dicha villa y su jurisdicción fue llamado por su merced dicho José de Ramos, a quien mandó pasare a reconocer y curar por primera intención a dicho Faustino lo que ejecutó inmediatamente y visto y reconocido por dicho facultativo lo halló muy delicado y débil por la pérdida de espíritus por lo que fue preciso poner a dicho paciente en su cama e instaurarle con algún alimento sustancioso y practicado esto se recuperó y entonces lo reconoció y le halló las mismas heridas y contusión que quedan referidas las que auxilió primeramente con evacuaciones de sangre detergiéndolas aromáticos vulnerarios encargando asimismo a la asistente a dicho paciente una rigurosa dieta quietud y silencio y dejando al paciente dilatadas las heridas de fractura y subintración y formando luego estar con los lechinos o hilar correspondientes según lo aconsejan los autores de mejor nota que es cuanto pueden declarar según lo que han advertido y con arreglo a su arte de cirugía y la verdad sin cosa en contrario para el juramento que tienen prestado en lo que y habiéndoles leído esta su declaración se afirmaron y ratificaron en ella expresaron ser de edad dicho José de Ramos de cincuenta y ocho años y el citado Hermenegildo de treinta y un años de facultad el primero treinta años y el otro de ocho a diez años años y lo firmaron con su merced y en fe de todo yo el escribano. Emmdo, mi, valga. En la referida villa de Berantevilla, dicho día siete de julio de mil y ochocientos años, ante el referido señor alcalde de esta Santa Hermandad parecieron don Manuel de Uriarte y Francisco Jiménez y Ramos médico y cirujano contenidos en la diligencia anterior a efecto de hacer la declaración que le está mandada y para ello su merced por testimonio de el escribano tomó de ambos y cada uno separadamente juramento en forma debida de derecho y bajo de el dijeron conformes que en cumplimiento del encargo que se le está hecho han visto y reconocido con el mayor cuidado a Faustino Alonso de Salazar contenido en estos autos que se halla postrado en cama y le han hallado una herida en el medio del hueso coronal de latitud de dos dedos con dislaceración de los tegumentos comunes, cutícula, cutis y gordura y dislaceración de la gorra aponeurótica y contuso el pericráneo de dicho hueso y está herida por razón de parte y accidentes que pueden sobrevenir la daban por peligrosa, asimismo le han hallado otra herida en uno de los huesos parietales del lado izquierdo hecha con instrumento punzante y cortante de latitud de pulgada y media, e interesa las partes continentes que son los tegumentos comunes la gorra aponeurótica y contuso el pericráneo y haber advertido en dicho hueso parietal una fractura o rompimiento de hueso que coge el dedo pulgar hasta la duramadre y haber mucha sangre derramada entre la duramadre y cerebro cuya herida por los primeros accidentes que han advertido como es el hallarse el herido soporoso privado de habla y falta de conocimiento y los segundos accidentes que en semejantes heridas acontecen suelen venir como son convulsiones, letargo, apoplejía y otros la daban y dieron por mortal que al presente se halla el paciente con suma debilidad y sin calentura que dicha herida que han reconocido en el hueso coronal ha sido hecha con palo o canto que los apósitos y preparaciones hechas por José de Ramos, cirujano de cabecera hasta el día presente como son tres evacuaciones de sangre y los apósitos que les aplica a las heridas van con arte que asimismo se le notó a dicho paciente una rozadura simple en la parte superior origen de la nariz y que esta carece de peligro que cuanto declaran haber advertido según su arte y lo que Dios Nuestro Señor se les ha dado a entender y la verdad sin cosa en contrario, bajo de juramento que tienen prestado en el que y habiéndoseles leído esta su declaración se afirmaron y ratificaron en ella dijeron ser de edad dicho don Manuel de cincuenta y tres años poco más o menos y veinte y uno de práctica y el referido Ramos de cuarenta y un años de edad y veinte y dos de práctica y lo firmaron siguiente a su merced de que yo el escribano doy fe y también la doy de haberme hallado presente con dichos facultativos al citado reconocimiento. Declaración de los cirujanos En la referida villa de Berantevilla el dicho día diez de julio de mil y ochocientos años; el expresado señor alcalde de la Santa Hermandad, manifestó que a cosa de las cinco de la mañana de este día, habían comparecido ante su merced José de Ramos y Francisco Jiménez Ramos, cirujanos que asisten a la curación de Faustino Alonso Salazar, herido y le habían declarado como ese se hallaba extremadamente malo y a los últimos de su vida por haberle sobrevenido un accidente de apoplejía y para que conste lo pongo por fe y diligencia que firmó su merced y yo el escribano. Declaración del médico En de julio En dicha villa de Berantevilla dicho día diez de julio de mil ochocientos años el señor don Simón de Ruiz Sáenz, alcalde y Justicia Ordinaria de ella y digo alcalde de la Santa Hermandad a consecuencia de lo que se previene y manda en el auto asesorado que antecede, mando comparecer ante si a el doctor don Manuel de Uriarte, médico titular de esta dicha villa y su partido a efecto de que haga la declaración que esta prevenida y para ello su merced por testimonio de el escribano le tomó y recibió juramento por Dios Nuestro Señor y sobre una señal de cruz en forma debida de derecho y bajo de el ofreció decir verdad con arreglo a lo prevenido en dicho auto y a su consecuencia dijo que en esta mañana ha visitado a Faustino Alonso Salazar según se le está encargado y lo ha hallado privado de todo sentido y movimiento como asimismo con calentura efectos sin duda de una verdadera apoplejía que le ha resultado la que sin duda le va abreviando su vida que es el estado en que se halla dicho herida y al mismo tiempo con grave lesión en su respiración que es cuanto declara con arreglo a su arte y lo que Dios Nuestro Señor le ha dado a entender y la verdad sin cosa en contrario para el juramento que tiene prestado en lo que y esta su declaración se afirmó y ratificó dijo ser verdad de cincuenta y tres años poco más o menos y veinte y uno de práctica y lo firmó con su merced de que yo el escribano doy fe.


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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