AL1628D9076
Fuga de un preso, acusado de haber violado a una niña de siete años
Fecha | 1628 |
Localidad | España, Almería, Vélez Blanco |
Proyecto | HISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833 |
Financiación | MINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021 |
Archivo | Archivo de la Real Chancillería de Granada |
ID del manuscrito | ARCHGR 9700/24 |
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Corregdo
Por estas preguntas se examinen los testigos que fueren presentados
por parte de Lucas Rodriguez, vezino de la villa de Oria, labrador en
el cortijo de Olias, por si, como padre de Maria, nina pequena, y de
Miguel, en la querella contra el licendo don Thomas de Robles, alcalde mor
de la va de Velez el Blanco, y de don Pedro Ayvar alguacil mor y alcaide
de la carcel de la dha va, y de Franco Ruiz, teniente, y de los demas cul
pados en la fuga de Jua de Rrequena:
1 Lo primero sean preguntados por el conozimto de las partes y
noticia de esta caussa y de el delicto que cometio el dho Jua
de Requena, sobre que estaua preso en razon de aver
forcado y ronpido a la dha Maria siendo niña de siete
años en canpo hiermo despoblado y aber herido a el dho
Miguel.
2 Y si sauen que el dho alcalde mor andubo mui omisso en el
pto y caussa contra el dho Jua de Rrequena, porq siendo
el delicto de tanta grauedad, no sentenzio el dho pleito,
avnq lo tubo concluso en tiempo de seis meses, teniendo
como tenia preso a el dicho Jua de Requena y, aviendo el
dho Lucas Rodriguez acudido a el dho alcalde myor y pe
didole munchas vezes que le hiciese justicia y abre
biase con la causa y mandase que el alcaide pusiese
dos pares de grillos y las demas prisiones nezesarias
a el dho Jua de Rrequena porq andaba suelto y sin
prisiones, no hazia nada en el negozio, antes respondia
que le bastaua vn par de grillos y que no matase de eso
y dezia ansimismo a el dho Lucas Rodriguez que se
apartase de la querella, todo con demostraziones de
faborezer a el delinquente; digan lo que sauen, eta.
3 Y si sauen que el dho Lucas Rodriguez requirio mun
chas vezes a el dho don Pedro, alguacil mor y alcaide
de la dha carcel, y a Franco Ruiz, su teniente, que tu
biesen en vn calaboço a el dho Jua de Rrequena con las
prisiones nezesarias, porq lo traian sin ellas fuera de
el calavozo y por el cuerpo de la carcel y, en particular
en vn aposento alto de ella; y quando muncho con vn
par de grillos. Y sin enbargo de los dhos requirimientos
no lo tenian en parte sigura sino en la dha forma, sin
prisiones y algunas vezes con solo vn par de grillos; digan
etta.
4 Y si sauen que el dho Juan de Requena se salio de
la dha carcel publica y se fue a retraer a la
yglesia de la dha va, y sauen y tienen por cierto
los testigos que lo dejaron salir el dho alcaide
y su teniente, porq quando se fue era enmedio
de el dia y salio por cinco puertas y ninguna parezio
estar ronpida y descerrajada; y si el dho alcaide
y su teniente tubieran cerradas las dhas puertas y
en la forma que devian tenerlas y si lo tubieran
a el delinquente preso en vn calaboco y con las prisio
nes nezesarias y que se rrequerian conforme a la
gravedad de el delicto, no se fuera ni ausentara;
digan eta.
5 Y si sauen que el dho alcalde mor y el alguazil mor
y su teniente, para mas vien encubrir su culpa, sa
caron de la yglesia a el dho Jua de Rrequena y lo
pusieron preso; y despues lo boluieron a la yglesia
donde lo auian sacado y dejaron que se fuese y au
sentase de la yglesia para que no vbiese efecto el
castigo de el delicto tan atroz que avia cometido
el dho Jua de Requena; digan eta.
6 Y si sauen que a el dho Lucas Rodriguez y a los
dhos sus hijos se le an seguido de daños e intere
ses mas de mil y quinientos ducados, en razon
de la injuria que el dho delinquente cometio
contra ellos y por averle dejado que se fuese y au
sentase de la carcel y de la yglesia; digan eta.
7 Ytem de publico y notorio, publica voz y fama.
Mor de la Fute Xaramillo Don Hermenegdo
de Roxas
Suma ynformon a pedimito de Lucas Rs, vzo de Oria, labrador en el
cortijo de Olias, ca el ldo don Tomas de Robles, alcalde mor de la ua de [1]
y qtes.
1 To: El dho Min Gonzalez, que ansi se dijo llamar y ser hijo
de Miguel Gonzalez, vso de la dha villa de Velez el Rubio
y labrador en ella, testo presdo por el dho Lucas Rodriguez
para que sea exdo por las pregtas del dho ynterrogo; el qual,
aviendo jurado y siendo pregdo, dijo y declaro lo sigte:
1 A la pmera pregta, dijo que conoze a el dho licdo don
Toms de Robles, alcalde mor de la dha uia de Velez el
Blanco, y a don Po Ayvar, algal mor y alcaide de la carzel
d ella, y a Franco Ruiz su teniente. Y asimismo conoze
a Lucas Rodriguez por quien es presdo por to, y tiene
nota d este po y asimismo del delito que cometio Jua
de Rrequena sobre qu estaua preso, que fue auer lleva
do a el canpo a Maria, hija pequena y de poca edad
del dho Lucas Ros, y aberla procurado corromper natural
mte; y, por no poder por la ninez de la dha Ma, rompidola
con los dedos y hecho sangre, rasgando parte de su natura.
Esto lo saue por auerlo oydo decir a la misma nina con
tandoselo a su madre, y la madre ensenadola a este to
y a otros con mayor lastima. Y, demas de lo susodho, auer
maltratado a vn nino, herno de la dha Maria, y heridole
para q se fuese y le dejase cometer el delito sobre
que fue preso en la carzel puca de la dha ua de Velez
el Blanco, y esto responde.
Ges. Ffue pregdo por las pregtas genales de la ley, dijo ser
de hedad de ute e cinco aos, poco mas o menos, y
que no es pariente ni enemigo de ninga de las partes.
No le tocan las demas pregtas genales de la ley, y esto respde.
2 A la segda pregta, dijo que saue qu el dho Jua de Rreque
na estubo preso en la carzel de la dha ua de Velez el Ru
bio Blanco mucho tienpo, mas de cinco o seis meses, y en
este tienpo este to oyo decir a el dho Lucas Rodrigues que
su pleito estaua ya concluso pa q la jusa lo sentencia
ra muchos dias avia, y que no avia podido con el dho
licdo don Tomas de Rrobles, alcalde mor, que lo senten
ciara y se acavara de quietar, que andava ynquieto
y gastando. Y vn dia, yendo este to con el dho Lu
Lucas Rodrigues a la dha uia de Velez el Blanco,
vio que el dho Lucas Rodrigues hablo con el dho al
calde mor y le dijo q sentenciase su pleito y que man
dase echar prisiones a el dho Jua de Rrequena,
que andava suelto por la carzel y temia se auia
de yr. Y el dho alcalde mor le rrespondio a el dho
Lucas Rodrigues: ¿Agora benis con eso, que entendi
que estaua acomodado este nego?
. Y este to le r Y
entonzes el dho Lucas Rodriguez le dijo: Sor alcal
de mayor, este nego de tan graue delito no es para
componer, ni yo quiero tal ni se a tratado d ello. Yo
requiero a Vm mde echarle prisiones y tener
a buen recaudo, porque se a de y de la carzel
si no se tiene buena cuenta con el
. Y el dho alcal
de myor le dijo que de la carzel nunca se auia ydo ningu
preso, que solo bastaua el par de grillos q tenia,
y el dho Lucas Rodriguez le boluio a requerir le
tubiese a buen recaudo porque se auia de yr,
y el dho alcalde myor, con aspereza, envio a el dho
Lucas Rodrigues que se fuese, que no se metiese
en ello, q por su quenta y la del alcaide corria
el preso, y que le fuera mucho mejor concertar el
dho nego. Y el dho Lucas Rodrigues le respondio que
no queria concierto, sino q se hiciese jusa, pues auia
tantos dias qu el pto estava concluso. Y con esto el
dho Lucas Rodrigues y este to se vinieron a su lugar,
y esto responde d esta pregta
Y demas de lo susodho, dijo que entonzes avia
el dho Lucas Rodrigues presentado peton sobre que
le pusiese prisiones a el dho Jua de Rrequena,
y no saue lo que se proveyo, a la qual se rremite.
Y esto responde.
3 A la tera pregta, dijo que no la saue y que dize
lo que dho tiene, y esto responde.
4 A la quarta pregta, dijo que oyo decir puca e genal
mente que el dho Jua de Rrequena, preso, se auia salido
de la carzel e prision vn dia a mediodia, y se mormu
rava en el lugar de Velez el Rubio que avia
sido traza del alcaide y del alcalde mor el dejar salir
a el dho Jua de Rrequena, preso, porque el dho Lucas
Rodrigues no avia querido conzertar el nego. Y lo
propio oyo decir a muchos vezos de Velez el Blanco,
y que como avia suzedido el salirse auia sido
que el dho Jua de Rrequena avia, con vna navaja,
quitado los pestillos de las puertas ates de la de la
calle, y quebrado y ronpido los zoquetes de madera
donde la llave en el pestillo entrava. Y que des
pues se auia sosegado y aguardado qu el alcai
de viniese porque no estaua en la carzel. Y la mg
del alcaide, que vino de fuera, a el tienpo que a
brio la puerta hizo fuerza el dho Jua de Rrequena,
y se salio de la carzel y se fue a rretraer. Y es co
sa cierta que si el dho alcaide tubiera cuidado con
las puertas y la carzel y con tenerlo aprisionado
como devia, no se fuera el dho Jua de Rrequena,
preso, ni otro algo que lo estubiera. Y los presos,
es cosa llana, se van por mal aherrojados y des
cuido de los alcaides. Y este to no se aquerda como se
llamava el alcaide, o solo alcaide que entonzes
era de la dha carzel. Y esto responde.
5 A la quinta pregta, dijo que oyo decir q, luego que
se salio de la carzel el dho Jua de Rrequena, el dho
alcalde mor lo avia sacado de la yglesia donde se
avia rretraido, y bueltolo a la carzel, y q des
pues lo avia buelto a la yglesia. Y en la jen
te de la dha uia se mormuro mucho que todo lo que
avia hecho el dho alcalde myor avia sido por
ffauorezer a el dho Jua de Rrequena, preso, y a todos
avia parecido mal. Y esto responde.
6 A la sesta pregta, dijo que saue por cosa cierta que,
a el tienpo y qdo suzedio el delito el dho Lucas Ros,
estava criandose seda q la llevava muy buena,
y por acudir a las delixas del nego se le perdio la dha
seda y cria de aquel año, y asimismo se le perdieron
los senbrados que en su suerte y cortijo tenia,
y asimismo los frutos de los arboles, porque con la
ynquietud, de nada se aprovecho y esta oy pobre
y mui perdido. Y le pareze que a el dho Lucas Ros
le a benido de danos por el dho nego en su ha
cienda mas de mil y quinientos dos, esto demas
de los yntereses de aver estuprado a la dha Ma,
su hija, qu esto es otra quenta qu este to no po
dra valuar ni apreciar. Y esto responde.
7 A la setima pregta, dijo q lo que a dho es la
berdad pa el juramto q te fecho. Leyosele su dho,
ratifficose en el, encargosele el secreto
y lo prometio, y no ffirmo porque dijo no sauer
escrivir. Firmelo yo, el dho ror, que d ello doy fee.
tdo Rubio y este to le R y esto responde d esta pregta la
braba en
Ate mi Po Mellado
de Contreras, ror.
3 [2] A la tera pregta, dijo que dize lo que dho tiene,
y que munchas vezes benia a este to el dho
Lucas Rodrigues como procurador suyo y le decia
q se temia mucho q se auia de salir de la car
zel el dho Jua de Rrequena. Y, como tal pror,
acudia con petiçiones a el dho alcalde myor
para que mandase a los algles lo tubiesen
preso, y lo mandava ansi como tiene dho.
Y vna vez, estrajudicialmte, llego este to
con el dho Lucas Ros a Franco Ruiz Junco,
alcaide de la dha carzel, y le dijo: Mire que me an
dho qu esta sin prisiones Jua de Rrequena.
Haga lo q manda el alcalde myor y tengale
preso con ellos
. Y le respondio que le te
nia preso a buen recaudo, y que le auia de
dar quenta d el, y que nunca este to vio
en el querpo de la carzel ni sin prisiones
a el dho Jua de Rrequena, y esto responde.
Legenda: | Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic |
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