AL1616D2667

Interrogatorio y declaración de un testigo en el pleito que se trata entre la cámara de S.M. e Isabel de Campoy, viuda de Andrés Navarro y la ciudad de Vera

Fecha1616
LocalidadEspaña, Almería, Vera
ProyectoCORDEREGRA: Corpus diacrónico del español del reino de Granada. 1492-1833
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P09-HUM 4466, 2009-2014
ArchivoArchivo Municipal de Vera
ID del manuscritoAMV Legajos judiciales, 03-H

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Las preguntas que se han de hacer a los testigos que fueren presentados por parte de Francisco de Franquis, receptor de su Majestad en el Santo Oficio de la Inquisición del reino de Murcia, en el pleito que en nombre de su cámara y fisco real trata con Isabel de Campoy, viuda de Andrés Navarro, vecino de la ciudad de Vera, son las siguientes: 1. Lo primero sean preguntados si conocen a los susodichos y si conocieron a Pedro de Murcia, reconciliado, yerno que fue de la dicha Isabel de Campoy; y si tienen noticia de dos bancales de tierra moreral que están en la huerta de la ciudad de Vera, en el pago que dicen del Azafen, que lindan con la rambla y con tierras de Martín de Teruel y otros herederos, digan & 2. Y si saben que los dichos dos bancales contenidos en la primera pregunta fueron del dicho Pedro de Murcia, y que aquellos los heredó de sus padres, y que como propios suyos los tuvo y poseyó sin contradicción de persona alguna ni de la dicha Isabel de Campoy por tiempo y espacio de más de treinta años y más hasta que fue preso por el Santo Oficio, digan & 3. Y si saben que viviendo el dicho Pedro de Murcia en la dicha ciudad de Vera, prestó a la dicha Isabel de Campoy, su suegra, veinte y cuatro ducados en reales, y que la susodicha los recibió de él y no se los ha tornado, digan & 4. Y si saben que el dicho Pedro de Murcia fue reconciliado en auto público de la fe por los delitos de herejía que cometió y confiscación de bienes desde el día que comenzó a cometer los delitos, porque así fue reconciliado, digan & 5. Y si saben que todo lo susodicho es verdad, público y notorio. El doctor Lorca. Gregorio Ardid, notario Probanza en lo de Isabel de Campoy: Testigo: El dicho Andrés de Haro el viejo, labrador, vecino de esta ciudad de Vera, testigo presentado por el dicho Pedro Casquer, en nombre del dicho Francisco de Franquis, receptor susodicho, habiendo jurado, siendo preguntado por el tenor del interrogatorio presentado por el dicho Pedro Casquer, dijo y dispuso lo siguiente: 1. A la primera pregunta dijo este testigo que no conoce al dicho Francisco de Franquis, receptor susodicho, más de haberlo visto en esta vecindad una vez de quince días a esta parte, poco más o menos. Y que conoce a Isabel de Campoy, viuda, mujer que fue de Andrés Navarro, difunto, vecina de esta ciudad, de más de cincuenta años a esta parte, porque siempre ha vivido ella y su marido junto a casa de este testigo, y de Martín de Haro, su padre, y la ha tratado y conocido. Y conoció al dicho Pedro de Murcia, difunto, yerno que fue de la dicha Isabel de Campoy, vecino que fue de esta ciudad, y le trató y comunicó este testigo diez, doce o quince años a esta parte, poco más o menos. Y que tiene noticia y conocimiento este testigo de los dos bancales de tierra y moreras declarados y deslindados en esta pregunta, porque este testigo tiene cerca de ellos una heredad y lo ha visto y sabe. Generales: Fue preguntado por las preguntas generales, dijo este testigo que es de edad de sesenta y cinco años, poco más o menos, y que no es pariente, amigo ni enemigo de ninguna de las partes ni le tocan las generales en cosa alguna; y que desea venza este pleito quien tiuviere justicia. 2. A la segunda pregunta dijo el testigo que los dichos dos bancales de tierra declarados y deslindados en la primera pregunta de este su dicho eran de una heredad que la dicha Isabel de Campoy y Andrés Navarro, su marido, tenían en el término de esta ciudad, en el dicho pago del Azafen. Y los dichos bancales vio este testigo cómo se remataron en almoneda por ciertos ducados que se debían a un Juan de Oviedo, vecino de Almería, de censos corridos que se debían sobre la dicha heredad, y los sacó Ginés de Albarracín, vecino de esta ciudad, el cual los poseyó con el dicho título. Y poseyéndolos, vio este testigo cómo el dicho Pedro de Murcia tomó y se entró en los dichos bancales, no sabe si pagando los dichos dineros por la dicha Isabel de Campoy, su suegra, o con título; y que poseyéndolos el dicho Pedro de Murcia, plantó en ellos ciertas moreras y se las vio tener y poseer tres o cuatro años, poco más o menos, esto estando casado con Catalina de Campoy, hija de la dicha Isabel de Campoy. Y después, antes que fuese preso por el Santo Oficio de la Inquisición de Murcia, el dicho Pedro de Murcia, vio este testigo cómo los hijos de la dicha Isabel de Campoy y cuñados del dicho Pedro de Murcia, trajeron pleito con el dicho Pedro de Murcia sobre razón de los dichos bancales, y el dicho Pedro de Murcia no le vio poseer más los dichos bancales de tierra. Y que de esta pregunta no sabe otra cosa. 3. A la tercera pregunta dijo este testigo que dice lo que dicho tiene en la pregunta antes de esta. Y que como este testigo vio tratar el dicho pleito y diferencia entre el dicho Pedro de Murcia y sus cuñados sobre razón de los dichos dos bancales de tierra, este testigo le dijo a la dicha Isabel de Campoy: Si le debéis dineros a vuestro yerno, pagádselos y tomad vuestros bancales y quitaos de diferencias. Y la dicha Isabel de campoy le dijo: Lo que yo le debo en los esquilmos de los bancales se descontarán. Y que esto es lo que de esta pregunta sabe. 4 A la cuarta pregunta dijo este testigo que lo contenido en esta pregunta lo oyó decir el testigo públicamente en la ciudad al tiempo que se dijo en ella que habían hecho auto público de la fe en Murcia o en Hellín. Y que esto sabe de esta pregunta. 5. A la quinta pregunta dijo este testigo que todo lo por él dicho es la verdad, so cargo del dicho juramento que hecho tiene. Y le fue encargado el secreto de este su dicho a este testigo hasta la publicación de él. Prometiólo. Y no firmó porque dijo no saber escribir, firmólo el dicho Pedro Martínez de Salas. Pedro Martínez Salas

Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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