AL1606I2664
Aprecio de los bienes dejados en su testamento por Francisco Fernández en dos haciendas con varias suertes de población del lugar de Zurgena
Fecha | 1606 |
Localidad | España, Almería, Zurgena |
Proyecto | CORDEREGRA: Corpus diacrónico del español del reino de Granada. 1492-1833 |
Financiación | Junta de Andalucía/FEDER: P09-HUM 4466, 2009-2014 |
Archivo | Archivo Municipal de Vera |
ID del manuscrito | AMV legajos judiciales 02-F |
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Aprecio: En el dho lugar de Curgena, en el
dho dia, mes e año susodho, ate l dho
Dio Caparros, en virtud de la
dha comion, pareçieron las dhas
Juana Ga y Ysauel de la Parra
suso contenidas, y d ellas el dho
Dio Caparros rreçiuio juramo en fma de dro
y so cargo d el prometieron de hazer
el dho apreso pa que estan nonbradas
por apreciadoras en esta partiçio
vien e fielme, e se hizo en la fma sigte:
Dos colchones de lienço d estopa
a mo ttraer llenos de lana los
apreciaron en quattro duos,
a dos duos cada uno, que son los con
tenios en el ynventario.
Quattro sauanas delgado
de lienço de lino con sus tiras
de rred con caidos y guarda
polbo, se apreçio en
diez duos.
Ottra sauana de lienco
de lino a mo ttraer
en nueue rreales.
Vna sana de lienco de ca
ñamo nueba contenida
en el dho ynbentario en
diez y ocho rreales.
Y las tiras de rred de delan
tera no entran en esta
partida ni se tasan porque
se tasn con las sauanas del
cerco como de suso se conte.
Dos pares de manteles de
gusanillo a mo ttraer, los
apreciaron en doze rreales.
Dos tovaxones de lienco de
lino en catorce rreales,
el vno en ocho y el ottro
seis rs por ser mexor
el primero.
Dos almohadas de lienço
y ruan llenas de lana en
diez y seis rs, a ocho reales
cada vna.
Vn paño de cama d escar
latina con flocaduras de se
da q vende en ttres duos.
Ottras çinco tiras de rred de
cerco q estan en el dho ynbentario
entran en el apreçio de li
enço como de suso se conte.
Vn paño de rredesylla lienço
en diez rreales.
Ottras paño seis varas
d encaxe pa vn paño e
puntas en quattro duos.
Vn planero viexo en dos rs.
Vna tira de almohada de rred
en ttres rreales.
Onze varas delantal pasa
van a svma.
Vna arrova de lino en
pelo en ttres duos.
Vna arca con su çerradura, nue
va, en dos duos.
Ottra arca sin cerradura,
viexa, en quattro reales.
Vna cama de cinco tablas e
dos bancos en doze rreales.
Vna artesa y vna tabla
del orno en seis rs.
Ttres sillas de costillas y ottra
de descanso, las apreciaron
las dos de costillas en ttres rs
y la de descanso en sis rs.
Vna mesa con sus gonçes en
catorce rreales.
Las dos calderas las a
preciaron la mayor en nue
ve rreales y la otra, la
menor, en seis rreales.
Vna mesa de quattro pies
en dos rreales.
Ttres tinaxas de
tener açeite que coxen diez
y ocho arrovas en doze rreales
todas ttres.
Ttres asadores en dos rreales.
Dos sartenes en cinco rs anuas.
Dos orças pa tener oliuas, dos rs.
Vna estera de junco a mo ttraer
en ocho rreales.
Vn plato grande de pelttre
en ocho rreales.
Vnas treuedes en ttres rs.
Vna delantera de cama de rred
con puntas en ttres duos que de
claro la dha Cata Minez auia demas de
los vienes conos en el dho ynventario.
Ottro poyal de arcas
lo apreciaron en seis rs,
qu es demas de los vienes del ynben
tario que exsiuio la dha Cata
Minez.
Vn almirez en ocho reales
qu es demas de los vienes del ynuenta
rio que exsiuio la dha Cata
Minez.
El qual dho apreçio declararon
las susodhas auer fho vien e fielmte a su
entender de los vienes conts en el dho
ynventario y ottros, como de suso se
contiene, so cargo del dho juramto
que tienen fho, e no firmaron por no
sauer escreuir, firmolo el dho Dio Ca
parros.
Dio Caparros Po Casquer, so
E luego, ate el dho allde mor, los
dhos Pasqual Cebrian y Saluor Brauo, apre
ciadores nonbrados para los vienes d esta
partiçion como de suso se contiene,
con juramto que hizn en fma de dro, tassn
los vienes yuso qdos en la fma sigte:
La escopeta apreciaron
en quattro duos con sus frascos.
Dos açadones en ocho reales,
el vno qu es bueno en seis rs
y el otro qu es uiexo en dos rs.
Dos açadas en diez rs,
la vna seis reales y la ottra
quattro rreales.
Dos rrexas en diex rs,
a çinco rreales cada vna.
El qual apreçio declararon auer fho
vien e fielmte, a su entender, so cargo
del juramto que tienen fho, e no firmo
por no sauer escreuir, fmolo el
dho Dio Ca
parros.
Dio Caparros Po Casquer, so
Legenda: | Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic |
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