MA1653I7261

Testamento de Baltasar de los Reyes

Fecha1653
LocalidadEspaña, Málaga, Málaga
ProyectoALEA XIX: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XIX. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónProyectos de Investigación Aplicada del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada, 2023, financiados por el Progama operativo FEDER Andalucía 2021-2027. C-HUM-038-UGR23
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Málaga
ID del manuscritoAHPMa PN 1544

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Balthasar de los Reyes, su testamto En el nombre de Dios, amen. Sepan quantos esta escriptura vieren como yo, Baltasar de los Reyes, vesino que soy en esta çiud de Malaga, estando enfermo en cama y en mi buen juicio, memoria y entendimiento natural que Dios, nro señor, fue serbido de me dar, creyendo firmemente en el misterio de la sanctissima Trenidad, padre, hijo y espiritu santo, tres personas y un solo dios berdadero, y en todo lo demas que tiene, cree y confiesa la santa madre ygleçia de Roma, de bajo de cuya fee y creençia, e bibido y protesto morir y biuir y deseando poner mi alma en carrera de saluaçion, otorgo que hago y ordeno mi testamento a gloria y horden de Dios, nro señor, y de la gloriosa siempre virgen Maria, su bendita madre, nra señora, mi abogada, en la forma y manera siguiente. Lo primero, mando y encomiendo mi alma a Dios, nro sr, que la crio y redimio con su presiosa sangre, muerte y pasion, y le suplico lleue a la gloria por donde fue criada, y quando su dibina boluntad fuere serbido de lleuarme de esta presente vida, mando que mi cuerpo sea sepultado en San Andres, de la horden de carmelitas descalsos, bestido mi cuerpo en el abito de nra del Carmen y en quanto y en quanto a el funeral de mi entierro lo dejo a la boluntad y disposesion de mis aluaseas. Mando que el dia de mi entierro, si fuere ora de seleurar y, si no, el siguiente, se digan por mi alma las misas cantadas de cuerpo presente que pareciere a mis albaseas y se pague la limosna y la ofrenda como es costumbre. Mando se digan duçientas misas de anima por la mia en altares preuilexiados, la quarta parte en la parroquia y las demas donde parecieren a mis aluaseas. Mando se digan zinquenta misas de anima por las animas de purgatorio y se de la limosna d ellas a el padre fray Felipe Muños de la horden de nra señora de las Mersedes para que su paternidad las diga. Mando se digan otras treinta misas de anima por las personas a quien puedo ser en algun cargo y estas se digan en el conbento del señor santo Augustin. Declaro que Diego de Palma, ueruerisco, me debe çinquenta y dos rs, mando se cobren. Declaro que fui casado primera bes, segun horden de la santa madre yglesia con Beatriz y del dho matrimonio tengo por mis hijos lijitimos a Matias de los Reyes y a doña Ana Ximena, que de presente es viuda de Juan de Banderas y quando case con al dha Veatris Ximenes no trujo la susodha a mi poder ni yo lleue al suio bienes ni hacienda alguna, declarolo assi por discargo de mi conciencia. Declaro que quando case a la dha doña Ana Ximenes, mi hija, le di en dote lo que paresera por escriptura ante Luis Chinechon, q a el dho mi hijo no le e dado hacienda ninguna. Declaro que de presente estoy casado segun horden de la santa madre ygleçia con Maria Gomes y la susodha trujo a mi poder por bienes dotales suyos los que pareseran por escriptura presente escriuo, mando se le buelua y restituia con las arras y multiplicado y, assimismo, declaro que demas de los bienes de la dha dote, trujo la dha Maria Gomes, mi muxer, siete fanegas de trigo, que entonses balia a siete cuido esta partida de ponerla en la dha de assi mando se restituya. Declaro que quando case con la dha Maria Gomes hice capital de mis bienes y haçienda ante el presente escriuano y una de las partidas de que se conpone fue de seis mill y tantos rs que me deue Antonio de Campolargo, vesino de su uilla, y de esta partida no e cobrado cosa alguna, declaro lo assi pedir cargo de mi conciencia. Declaro que el lizdo Franco Sanches de Leon, veneficiado de la villa de Mixas, me debe çiento y setenta rs de resto de mas cantidad, mando se cobre. Mando a la dha Maria Gomes, mi muger, el to de todos mis bienes, derechos y acciones en la mejor forma que puedo y a lugar en derecho. Mando de limosna a los santos lugares de Jerusalen un ducado. Y, para cumplir y pagar este mi testamento nombro por mis aluaseas, testamentarios, cumplidores y executores d el a la dha Maria Gomes, mi muger, y a Franco del Arco, a los dos juntos y a cada de por si insolidun doy poder cumplido para que de mis bienes cumplan este mi testamento, aunque sea pasado el año del aluaseasgo, para lo qual les encargo las consiencias. Y en todo el remanente que quedare de mis bienes, derechos y acciones despues de cumplido y pagado este mi testamento quinto y restituision de dote, nombro e instituio por mis lexitimas y unibersales erederos a los dhos Matias de los Reyes y doña Ana Ximenes, mis hijos, para que los gosen por iguales partes con la bendision de Dios y la mia, por quanto no tengo otros herederos forsosos asendientes ni desendientes.

Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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