MA1653I7261 Testamento de Baltasar de los Reyes
Fecha 1653
Localidad España, Málaga, Málaga
Proyecto ALEA XIX: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XIX. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
Financiación Proyectos de Investigación Aplicada del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada, 2023, financiados por el Progama operativo FEDER Andalucía 2021-2027. C-HUM-038-UGR23
Archivo Archivo Histórico Provincial de Málaga
ID del manuscrito AHPMa PN 1544
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Balthasar de los Re
yes , su testamto
En el nombre de Dios , amen . Sepan
quantos esta escriptura vieren
como yo , Baltasar de los Reyes ,
vesino que soy en esta çiud de Ma
laga , estando enfermo en cama y
en mi buen juicio , memoria y entendimiento natu
ral que Dios , nro señor , fue serbido de me dar , creyendo
firmemente en el misterio de la sanctissima Treni
dad , padre , hijo y espiritu santo , tres personas y un
solo dios berdadero , y en todo lo demas que tiene ,
cree y confiesa la santa madre ygleçia de Roma ,
de bajo de cuya fee y creençia , e bibido y protesto
morir y biuir y deseando poner mi alma en
carrera de saluaçion , otorgo que hago y or
deno mi testamento a gloria y horden de
Dios , nro señor , y de la gloriosa siempre virgen
Maria , su bendita madre , nra señora , mi a
bogada , en la forma y manera sigui
ente .
Lo primero , mando y encomiendo mi alma a Dios ,
nro sr , que la crio y redimio con su presiosa san
gre , muerte y pasion , y le suplico lleue a la glo
ria por donde fue criada , y quando su dibina bo
luntad fuere serbido de lleuarme de esta presen
te vida , mando que mi cuerpo sea sepultado en
San Andres , de la horden de carmelitas descal
sos , bestido mi cuerpo en el abito de nra
del Carmen y en quanto y en quanto a el funeral de mi
entierro lo dejo a la boluntad y disposesion
de mis aluaseas .
Mando que el dia de mi entierro , si fuere
ora de seleurar y , si no , el siguiente , se digan
por mi alma las misas cantadas de cuerpo
presente que pareciere a mis albaseas y se
pague la limosna y la ofrenda como es costum
bre .
Mando se digan duçientas misas de anima
por la mia en altares preuilexiados , la quar
ta parte en la parroquia y las demas donde
parecieren a mis aluaseas .
Mando se digan zinquenta misas de anima
por las animas de purgatorio y se de la limos
na d ellas a el padre fray Felipe Muños de la
horden de nra señora de las Mersedes para que
su paternidad las diga .
Mando se digan otras treinta misas de
anima por las personas a quien puedo ser en
algun cargo y estas se digan en el conbento
del señor santo Augustin .
Declaro que Diego de Palma , ueruerisco ,
me debe çinquenta y dos rs , mando se cobren .
Declaro que fui casado primera bes , segun hor
den de la santa madre yglesia con Beatriz
y del dho matrimonio tengo
por mis hijos lijitimos a Matias de los Reyes
y a doña Ana Ximena , que de presente es viuda
de Juan de Banderas y quando case con al dha
Veatris Ximenes no trujo la susodha a mi poder
ni yo lleue al suio bienes ni hacienda alguna ,
declarolo assi por discargo de mi conciencia .
Declaro que quando case a la dha doña Ana Xi
menes , mi hija , le di en dote lo que paresera por
escriptura ante Luis Chinechon , q a el dho mi hi
jo no le e dado hacienda ninguna .
Declaro que de presente estoy casado segun horden
de la santa madre ygleçia con Maria Gomes y
la susodha trujo a mi poder por bienes dotales su
yos los que pareseran por escriptura pre
sente escriuo , mando se le buelua y restituia con
las arras y multiplicado y , assimismo , decla
ro que demas de los bienes de la dha dote , trujo la
dha Maria Gomes , mi muxer , siete fanegas
de trigo , que entonses balia a siete
cuido esta partida de ponerla en la dha de a
ssi mando se restituya .
Declaro que quando case con la dha Maria Go
mes hice capital de mis bienes y haçienda an
te el presente escriuano y una de las partidas de
que se conpone fue de seis mill y tantos rs que me
deue Antonio de Campolargo , vesino de su uilla ,
y de esta partida no e cobrado cosa alguna , de
claro lo assi pedir cargo de mi conciencia .
Declaro que el lizdo Franco Sanches de Leon , venefi
ciado de la villa de Mixas , me debe çiento y seten
ta rs de resto de mas cantidad , mando se cobre .
Mando a la dha Maria Gomes , mi muger , el
to de todos mis bienes , derechos y acciones en
la mejor forma que puedo y a lugar en derecho .
Mando de limosna a los santos lugares de
Jerusalen un ducado .
Y , para cumplir y pagar este mi testamento
nombro por mis aluaseas , testamentarios ,
cumplidores y executores d el a la dha Maria
Gomes , mi muger , y a Franco del Arco , a los dos
juntos y a cada de por si insolidun doy poder cum
plido para que de mis bienes cumplan este mi tes
tamento , aunque sea pasado el año del aluaseas
go , para lo qual les encargo las consiencias .
Y en todo el remanente que quedare de mis bienes ,
derechos y acciones despues de cumplido y pagado
este mi testamento quinto y restituision de
dote , nombro e instituio por mis lexitimas y u
nibersales erederos a los dhos Matias de los
Reyes y doña Ana Ximenes , mis hijos , para
que los gosen por iguales partes con la bendi
sion de Dios y la mia , por quanto no tengo otros
herederos forsosos asendientes ni desendien
tes .
Legenda:
Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic
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