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Testamento de Baltasar de los Reyes
| Fecha | 1653 |
| Localidad | España, Málaga, Málaga |
| Proyecto | ALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales |
| Financiación | Junta de Andalucía, Consejería de Transformación Económica, Industria, Comercio y Universidades/FEDER: P18-FR-695 |
| Subcorpus | Andalucía |
| Archivo | Archivo Histórico Provincial de Málaga |
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Balthasar de los Re
yes, su testamto
En el nombre de Dios, amen. Sepan
quantos esta escriptura vieren
como yo, Baltasar de los Reyes,
vesino que soy en esta çiud de Ma
laga, estando enfermo en cama y
en mi buen juicio, memoria y entendimiento natu
ral que Dios, nro señor, fue serbido de me dar, creyendo
firmemente en el misterio de la sanctissima Treni
dad, padre, hijo y espiritu santo, tres personas y un
solo dios berdadero, y en todo lo demas que tiene,
cree y confiesa la santa madre ygleçia de Roma,
de bajo de cuya fee y creençia, e bibido y protesto
morir y biuir y deseando poner mi alma en
carrera de saluaçion, otorgo que hago y or
deno mi testamento a gloria y horden de
Dios, nro señor, y de la gloriosa siempre virgen
Maria, su bendita madre, nra señora, mi a
bogada, en la forma y manera sigui
ente.
Lo primero, mando y encomiendo mi alma a Dios,
nro sr, que la crio y redimio con su presiosa san
gre, muerte y pasion, y le suplico lleue a la glo
ria por donde fue criada, y quando su dibina bo
luntad fuere serbido de lleuarme de esta presen
te vida, mando que mi cuerpo sea sepultado en
San Andres, de la horden de carmelitas descal
sos, bestido mi cuerpo en el abito de nra
del Carmen y en quanto y en quanto a el funeral de mi
entierro lo dejo a la boluntad y disposesion
de mis aluaseas.
Mando que el dia de mi entierro, si fuere
ora de seleurar y, si no, el siguiente, se digan
por mi alma las misas cantadas de cuerpo
presente que pareciere a mis albaseas y se
pague la limosna y la ofrenda como es costum
bre.
Mando se digan duçientas misas de anima
por la mia en altares preuilexiados, la quar
ta parte en la parroquia y las demas donde
parecieren a mis aluaseas.
Mando se digan zinquenta misas de anima
por las animas de purgatorio y se de la limos
na d ellas a el padre fray Felipe Muños de la
horden de nra señora de las Mersedes para que
su paternidad las diga.
Mando se digan otras treinta misas de
anima por las personas a quien puedo ser en
algun cargo y estas se digan en el conbento
del señor santo Augustin.
Declaro que Diego de Palma, ueruerisco,
me debe çinquenta y dos rs, mando se cobren.
Declaro que fui casado primera bes, segun hor
den de la santa madre yglesia con Beatriz
y del dho matrimonio tengo
por mis hijos lijitimos a Matias de los Reyes
y a doña Ana Ximena, que de presente es viuda
de Juan de Banderas y quando case con al dha
Veatris Ximenes no trujo la susodha a mi poder
ni yo lleue al suio bienes ni hacienda alguna,
declarolo assi por discargo de mi conciencia.
Declaro que quando case a la dha doña Ana Xi
menes, mi hija, le di en dote lo que paresera por
escriptura ante Luis Chinechon, q a el dho mi hi
jo no le e dado hacienda ninguna.
Declaro que de presente estoy casado segun horden
de la santa madre ygleçia con Maria Gomes y
la susodha trujo a mi poder por bienes dotales su
yos los que pareseran por escriptura pre
sente escriuo, mando se le buelua y restituia con
las arras y multiplicado y, assimismo, decla
ro que demas de los bienes de la dha dote, trujo la
dha Maria Gomes, mi muxer, siete fanegas
de trigo, que entonses balia a siete
cuido esta partida de ponerla en la dha de a
ssi mando se restituya.
Declaro que quando case con la dha Maria Go
mes hice capital de mis bienes y haçienda an
te el presente escriuano y una de las partidas de
que se conpone fue de seis mill y tantos rs que me
deue Antonio de Campolargo, vesino de su uilla,
y de esta partida no e cobrado cosa alguna, de
claro lo assi pedir cargo de mi conciencia.
Declaro que el lizdo Franco Sanches de Leon, venefi
ciado de la villa de Mixas, me debe çiento y seten
ta rs de resto de mas cantidad, mando se cobre.
Mando a la dha Maria Gomes, mi muger, el
to de todos mis bienes, derechos y acciones en
la mejor forma que puedo y a lugar en derecho.
Mando de limosna a los santos lugares de
Jerusalen un ducado.
Y, para cumplir y pagar este mi testamento
nombro por mis aluaseas, testamentarios,
cumplidores y executores d el a la dha Maria
Gomes, mi muger, y a Franco del Arco, a los dos
juntos y a cada de por si insolidun doy poder cum
plido para que de mis bienes cumplan este mi tes
tamento, aunque sea pasado el año del aluaseas
go, para lo qual les encargo las consiencias.
Y en todo el remanente que quedare de mis bienes,
derechos y acciones despues de cumplido y pagado
este mi testamento quinto y restituision de
dote, nombro e instituio por mis lexitimas y u
nibersales erederos a los dhos Matias de los
Reyes y doña Ana Ximenes, mis hijos, para
que los gosen por iguales partes con la bendi
sion de Dios y la mia, por quanto no tengo otros
herederos forsosos asendientes ni desendien
tes.
| Legenda: | Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic |
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