JA1823I7234

Escritura de dote otorgada por Felipe Martínez en favor de María del Rosario Merino

Fecha1823
LocalidadEspaña, Jaén, Baeza
ProyectoALEA XIX: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XIX. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónProyectos de Investigación Aplicada del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada, 2023, financiados por el Progama operativo FEDER Andalucía 2021-2027. C-HUM-038-UGR23
ArchivoArchivo Histórico Municipal de Baeza
ID del manuscritoAHMB sala 3/estante 16/nº502

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Essra de dote otorgada por dn Felipe Martinez, vecino de la villa de la Yguera de Arxona en fabor de da Maria del Rosario Moreno y Torres, vecina de esta ciudad En la ciudad de Baeza a nuebe dias del mes de octubre de mil ochocientos veinte y tres año, ante mi, el essno del rey, nuestro señor, que Dios publico del numero perpetuo de ella, de rentas reales y servicion de millones de la misma y su partido, y testigos que se espresaran, se constituio presente dn Felipe Martinez, natural y vecino de la villa la de Yguera de Anduxar, cerca de Arxona, hixo lexitimo y de lexitimo matrimonio de otro dn Felipe Martinez y de da Franca Cortes, ya difuntos, natural el dho su padre de la villa de la Ygera, y la dha su madre de la villa de Arxona, y dixo que para servicio de Dios, Nuestro Señor, y mediante su santa gracia, tiene contraidos exponsales de futturo matrimonio con da Maria del Rosario Marin y Torres, de esta vecendad, hixa lexitima de Miguel Maren y de Franca de Torres, naturales y vecinos de esta ciudad de la parroquia de san Andres, y respecto a estar proximo a efectuarse dho matrimonio por los dhos sus padres se le han entregado diferentes vienes y efectos en clase de dote, y por cuenta de ambas lexitimas, baulados a satisfaccion del que abla, y se le ha pedido formalize y otorgue la competente essra de recibo dote y caudal a fabor de la referida su futura esposa, lo que quiere poner en practica y reduciendolo a efecto, confesando como confiesa la relacion antecedente por cierta y verdadera como lo es, y en los mexores modo, bia y forma que se puede y ha lugar por dro savidor del que en este caso le compete, otorga que recive por vienes, dote y caudal de dha su futura esposa y por cuenta de ambas lexitimas, los siguientes: Primeramente, treinta y una varas de lienzo de cotin para los colchones a catorze rs vara, quatrocientos treinta y quatro rs. Yt, quince baras de lienzo azul y blanco para colchones a nuebe rs vara, ciento treinta y cinco rs. Yt, seis savanas de lino de nuebe varas cada una, a diez vara, y sus faraladas, que importa cada savana cien rs y todas, seiscientos cinquenta. Yt, dos savanas de canamo lisas con diez y ocho varas, a diez y ocho rs cada una, ciento quarenta y quatro rs. Yt, dos savanas finas con guarniciones de trafalgar, estas vordadas de doce doce varas a catorze rs y ochenta que valen las guarniciones, todo importa doscientos quarenta y ocho rs. Yt, dos almoadones finos y companeros de las savanas, en sesenta rs. Yt, otro almoadon fino en treinta rs. Yt, quatro almoadas finas en cinquenta rs. Yt, ocho almoadas de lino en ciento diez rrs. Yt, una sobrecama de zaraza en ciento treinta rs. Yt, una colcha encarnada labrada de lana con fleco encarnado en doscientos veinte rs. Yt, una colcha de algodon corchada blanca con guarnicion de trafalgar vordadas en quatro rs quarenta rs. Yt, una colcha de damasco de lana encarnado en ciento diez rs. Yt, dos almoadones de lino encarnado en sesenta rrs. Yt, siete arrobas de lana para la cama a quarenta rs arroba, dosztos ochenta rs. Yt, tres toallas en cien rs. Yt, tres manteles de lino labrados con cinco varas a catorce rs, sesenta y cinco. Yt, seis servilletas de lo mismo labradas en setenta rrs. Yt, otras seis finas de algodon a siete rs cada vna, quarenta y dos rs. Yt, otras doze de cañamo con listas azules a ocho rs impn nobenta y seis rs. Yt, tres manteles de lo mismo con cintas azules en treinta y seis rs. Yt, vn tendido de cañamo azul y blanco en sesenta rs. Yt, tres camisas de lino con guarnizs de trafalgar, cada una a treinta y cinco rs ymportan ciento cinco rs. Yt, tres camisas finas a quarenta rs cada vna, ciento veinte. Yt, seis pares de enaguas blancas con guarniciones de trafalgar a veinte y cinco rs cada una, ciento y cinquenta. Yt, dos paños de cantarera de cañamo en quarenta rs. Yt, doze pares de medias de diferentes clases en ciento setenta rrs. Yt, un pañuelo de casimiro en cien rs. Yt, otro de merino en cinquenta rrs. Yt, otros dos de seda en cien rs. Yt, otro de tul en quince rs. Yt, otros dos de pabesa en ochenta rs. Yt, otros dos grandes en ciento quarenta rs. Yt, seis pañuelos para la mano sin estrenar en treinta rs. Yt, dos pañuelos de tul y otro de trafalgar en veinte y quatro rs. Yt, vn bestido blanco de musolina con flores encarnadas, sesenta rs. Yt, otro paxizo con zanefa por lo baxo, en ochenta rs. Yt, otro verde con zenefa por lo baxo, liso en quarenta rs. Yt, otro de mostaza en quarenta rs. Yt, dos zagalexos de coco diarios en quarenta rs. Yt, quatro jugones de diferentes clases en ciento quarenta rs. Yt, dos basquiñas de alipin en doscientos rrs. Yt, vna mantilla de franela en cortte con cinta labrada en setenta rs. Yt, otra mantilla de tafetan con blonda de punto redondo y cinta labrada en doscientos quarenta rs. Yt, otra de sarga con blonda, belo y felpon en ciento sesenta rs. Yt, vn bestido de sarga de color carmelita con guarniciones de tul blanca en doscientos rs. Yt, de ligas, cordones de almoadas y zapatos seis pares, en ochenta rs. Yt, tres abanicos en setenta rs. Yt, vn velo blanco bordado en setenta rs. Yt|, vn rosario de plata sobredorado en quarenta rs. Yt, dos almoadillas, una de caxon en veinte rs. Yt, diez y ocho varas para cortinas de trafalgar a diez rs, ciento y ochenta. Yt, otras dos sabanas delgadas de nuebe varas cada una, a diez rs vara, ciento y ochenta rrs. Yt, dos baules en doscientos rs Yt, una cama con un cabezero en ochocientos rs. Yt, las guarniciones, el bestido negro y blondas en ciento veinte y dos rs. Yt, de las echuras de los dos, forro y bobillo del vestido de color, ciento treinta rs. Yt, un bestido de zanefas en trescientos rrs. Yt, la blonda y cinta del bestido negro en ciento y catorze rs. Yt, las echuras y vivillos de los dos, y forro, treinta rs. Alhajas de oro y plata Yt, una sartilla de quatro ilos con los cabos de alxofar con pan de media onza a cinco pesos cada adarme, en seiscientos rs. Yt, unos chorrillos de alacran con cinco perlas cada uno en ciento veinte rs. Yt, unos brocalexos de esmeraldas con peso de seis adarmes, en ciento y cinquenta y dos rs. Yt, vnos aretes de diamantes rosas con ocho cada uno, en ciento sesenta y cinco rs. Yt, un anillo de diamantes quarenta rs. Yt, vn anillo de topacios con sus puntas de diamantes en cinquenta rs. Yt, otro de topacio con claro enrrejado en quarenta y cinco rs. Yt, vn anillo de oro con piedra morada en treinta rrs. Yt, tres anillos de medio oro con piedra falsa en sesenta rs. Ymportan los vienes dotales recibidos por cuenta de ambas lexitimas nuebe mil quinientos cinquenta y dos rs vellon. Regalos echos por diferentes parientes a la nobia Primeramente, dos cubiertos de plata en doscientos rs. Yt, dos sortijas de diamantes de oro en doscientos rs. Ymportan los regalos de los parientes. Regalos echos para el otorgte A fabor de la nobia Primeramente, un traxe de sarya en doscientos rs. Yt, un bestido de brillantina en trescientos veinte rs. Yt, vn traxe blanco en cien rs. Yt, vn abanico en ciento quarenta rs. Yt, un par de guantes en diez y seis rs. Yt, vn pañuelo de seda de colores, en treinta rs. Yt, vn par de medias de seda de colores en sesenta rs. Yt, una mantillo de tul en cien rs.

Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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