GR1518O2645

Respuesta a una carta instrucción de la ciudad de Huéscar sobre el repartimiento de la guarda y servicio del mar

Fecha1518
LocalidadEspaña, Granada, Granada
ProyectoCORDEREGRA: Corpus diacrónico del español del reino de Granada. 1492-1833
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P09-HUM 4466, 2009-2014
ArchivoArchivo Municipal de Huéscar
ID del manuscritoAMH 2-XVI-32

Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.

Muy nobles señors: Reçebi la ca e ynstruyçion q traxo el regidor Jon Myns, y en lo q toca al agravio q esa çibdad a reçebido en el repartimio q se le hizo de la guarda e sviçio de la mar, el capitan e yo fuymos a hablar e hablamos con el señor marqs y con don Antonio, el corregidor, y con don Miguel, q son los q tienen cargo del repartimio. Y avnq por muchas manas yo le mostrava el agravio q a esta çibdad se le hazia y la razon q avia de gratificalla y a nro pareçer lo quisieran remediar po no se puede hasr en nynguna mana por qalquiera cosa q se quitara a esa çibdad de lo q le esta repartido se avia de cargar sobre la otra pte del reyno entre quien se reparte, y por esto se avia de tornar a contar todo el reyno y rever los repartimientos pa cargarlo a donde mejor podiese caber, y no se podria hasr esto tan ligeramente q no tardasen en ello al menos quatro o çinco meses, y entre tanto, de neçesidad se a de pagar la gente de la costa. Asy q, señores, como yo vi q por aqui no podia acabar de lo q a vras mds convenia, demande suspensyon de diez mill mrs por el tpo q se tardase en v el agravio, y q esa çibdad qdase obligada a los pagar sy pareçiese q no estava agraviada; a lo qal me respondieron q tanpoco avia lugar y q antes se tornaria a ver todo el reyno q dar suspension de vn maravedi ni lo podian hasr avnq quysyesen, porq eellos no tienen cargo pa mas de repartir y el reçebtor a su riesgo e aventura toma el repartimio y le cobra y paga, de mana q si ellos diesen mandamio de suspensyon, el reçebtor lo tomaria por achaq y no pagaria, y la gente se yria, y suçederian otros muchos y mayores ynconvinyentes, y cargarseles ya muy gran culpa. Asy q en el fin la conclusyon fue q l rey a mandado q nuevamente se torne a hasr el repartimio agora en el año q vna de diez e nueve, e q se haga de mana q este pa algunos años. Pometieron q qando se haga lo myraran muy bien y q desagraviaran a esa çibdad y la gratificaran por el agravio pasado sy hallaren q le a reçebido. Syn enbargo d esta respuesta y conçierto les hizimos el reqrimio q vras mds alla veran, q a my pareçer no apovecha a otra cosa salvo a dar cuenta a esa çibdad, porq con su respuesta y avnq nynguna cosa respondieran, en la corte no se puede remediar. Y my pareçer es, señors, q pues tan çerca viene el repartimyo q nuevamente se a de hasr, esperemos y tengamos aviso q al tpo q se haga este pesente persona de nra pte, y asymesmo qando se tome la ynformaçion de los vos d esa çibdad, porq entre los vos solamete se a de repartir y no por abitants, y sy esa çibdad tiene quatroçientos vezinos no mas a esto se a de aver consideraçion y no a q tenga otros quatroçientos estranjeros avnq tanbien miran las haziendas, y esa çibdad esta en fama de rica lores a Dios, y le plega q sienpre sea mas. Y qado se haga el dho repartimio, como digo, tengo yo por çierto y desagraviaran y gratificaran a esa çibdad porq justa y razon y favor tenemos pa ello y buena voluntad en el señor marqs y persona q se lo diga y supliq cada ora. Asy q, señores, sy al tpo q esto se hiziere vras mds lo supieren, es menester q venga aqui vno pa lo pedir e ynportunar, e sy yo primo lo supiere, yo avisare a vras mds pa q enbien a ello y de con tanto escrevire lo q a vras ms pareçiere y suplicare al señor marqs q me haga saber qado se haze, y entre tanto no cunple syno aver paçiençia y pagar a menos daño de la çibdad sy el reçebtor no quisiere suspender algo por ruego porq çierto esta en su mano, y avnq diga q l holgaria de q le madasen suspender, es vdad porq d ello reçibe mas povecho q tiene color pa dexar de pagar aqllo, y mas, po el solo lo puede hasr mejor q l marqs, y sy no quisiere cunple pagar e aver paçiençia porq no se le hagan costas a la çibdad avnq puedan hasr potestaçions q pagan por fuerça y q no lo deven eca. En todas las otras cosas no ay poder, salvo q se hara como vras mds lo mandan. Y pus q son çiertos q soy muy su servidor, no a cargo y en señalada md, les tengo la pomesa q del potro me an hecho y suplico a vras mds me lo enbien sy es posible luego, porq vendria a gran coyuntura, q yo pometo de lo servir bien asy en el repartimio q se hara agora como en todas las cosas q se ofreçieren y vras mds me mandaren, cuyas vidas y muy nobles personas prospere Nro Señor. De Granada, a XXVI de abril de DXVIII. Besa las manos de vras mds, El liço Sanchez

Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


Download XMLDownload textWordcloudFacsimile viewPageflow view