Text view Declaración de Andrés Cardeña de la Guerra, procurador y vecino de Málaga, testigo presentado por el solicitador del fiscal en el pleito entre Luis Muñoz y Juan Pérez 
Fecha 1627 Localidad España, Málaga, Málaga Proyecto HISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833 Financiación MINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P Subcorpus Andalucía Archivo Archivo de la Real Chancillería de Granada 
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 3  to  En  la  ciudad  de  Malaga ,  en  o 
 El  dicho  Andrés  de  Cardona  de  la  Guera ,  qe   ansi  se  dixo  llamar  
 y  nonbrar ,  procurador  d  esta  dicha  ciudad ,  que  uibe  en  la  ca
lle  Nueva  de  San  Frco  ,  testigo  presentado  por  el  soli
sitador  delijensiero  del  fiscal  de  Su  Majestad  para  
 que  sea  examinado  por  la  primera ,  quarta  y  quinta  
 y  sesta  y  ultima  preguntas  del  ynterrogato
rio ,  del  qual  yo ,  el  dicho  so   ror   de  Su  Majestad ,  rehe
ui  juramto   en  forma  de  derecho ,  y  siendo  pre
guntado ,  dixo  lo  sogiente : 
         
 1 A  la  primera  pregunta  dixo  que  de  oidas  cono
se  al  fical  de  Su  Majestad  y  conose  a  Juo   Perez ,  
 preso  en  la  carcel  publica  d  esta  dicha  ciudad ,  
 y  ansimismo  a  Luis  Munoz  de  Robles ,  vzos   d  esta  
 dicha  ciudad ,  y  tiene  notisia  d  este  pleito :  y  
 esto  responde . 
         
 Jss A  las  jenerales  de  la  lei ,  dixo  que  es  de  edad  de  
 mas  de  quarenta  anos  y  no  le  tocan  ninguna  de  
 las  jenerales  que  le  fueron  fechas ,  y  desea  
 uensa  este  pleito  la  parta que  tubiere  justi
sia :  y  esto  responde . 
         
 4 A  la  quarta  pregunta  dixo  que  lo  que  d  ella  saue  
 es  que ,  estando  este  to   en  las  carniserias  d  esta  dicha  ciudad  
 un  dia  que  a  lo  que  se  qiere  acordar  era  sauado  por  uno  de  los  
 meses  de  de nobienbre  diseenbre  del  ano  pa
sado  de  mell  y  seiscentos  y  beinte  y  seis ,  lle
go  a  este  to   ha  ablarle  un  clerigo  de  misa  que  se  llama  
 don  Frco   Durango  Zalazar ,  qu  es  amigo  d  este  to  ,  
 y  entre  otras  cosas  que  le  dixo  por  caso  lastimo
so  le  conto  uno  sucedido  la  noche  antes  y  le  dixo  
 que  estando  en  las  casas  de  su  morada  que  son  en  la  ca
lleja  de  Ciete  Rebueltas ,  donde  se  entra  por  la  
 que  llaman  de  los  Toros ,  despues  de  anochesido  
 buen  rato ,  estando  con  otro  hermano  suio  pres
bitero  auian  oido  boses  en  la  dicha  calle ,  serca  de  su  
 casa ,  y  se  auian  asomado  a  la  bentana  y  bieron  
 en  la  dicha  calle  dos  honbres ,  y  el  uno  d  ellos  de
sia  al  otro :  puto  bujaron ,  ¿ tu  qieres  haser  eso  con
migo ?  Boto  a  Dios  que  te  e  de  matar 
.  Y  desde  la  
 dicha  uentana  le  auia  dicho  el  dicho  clerigo :  ¡ Tente ,  no  lo  mates !  ¿ Por  que  qieres  matarlo ? 
 Y  
 a  esto  auia  respondido  el  dicho  honbre :  si  tengo  
 de  matarlo ,  boto  a  Dios  qu  es  un  puto  y  me  
 queria  cabalgar 
.  Y  que  a  estas  rasones ,  el  hon
bre  conta  qien  desia  las  dichas  palabras  le  
 desia :  ¡ Luis  de  mi  bida ,  no  me  mates ! 
.  Y  que  no  
 se  acuerda  bien  este  to   si  le  dixo  tanbien  que  le  auia  
 bisto  al  dicho  honbre  que  procuraua  matar  al  
 otro  una  espada  desnuda  en  las  manos  y  si  uajo  
 o  no  el  dicho  don  Frco   Durango  a  la  calle .  Y  auien
dole  dicho  esto  se  uino  este  to   a  la  carsel  puca   
 a  uer  un  preso  y  allo  en  ela  a  Meteo de  Bargas  
 
 so   puco   del  numero  d  esta  dicha  ciudad ,  i  uiendole  
 en  querpo  y  sin  fereruelo  le  pregunto  este  
 to   que  asia  alli  y  le  dixo  que  estaba  preso  por
que  la  noche  antes  Juo   Perez ,  tendero ,  vzo   d  esta  
 dicha  ciudad ,  auia  llamado  con  enganos  a  
 Luis  de  Robles ,  su  cunado  y  lo  auia  querido  
 cabalgar ,  y  que  el  dicho  su  cuñado  auia  sacado  
 la  espada  para  defenderse  y  le  auia  he
rido ,  y  que  auiendole  dado  notisia  d  esto  al  di
cho  Mateo  de  Bargas ,  so   puco   qu  estaua  en  las  ca
sas  de  su  morada ,  auia  salido  d  ellas  y  benido  
 a  buscar  al  dicho  Juo   Perez  a  su  casa  y  que  no  
 hallandole  en  ella  auia  dicho  con  enojo  al
gunas  palabras  y  por  esto  le  auia  preso  
 la  justisia  d  esta  dicha  ciudad  y  puesto  en  
 la  carcel  al  dicho  Mateo  de  Bargas ,  al  qual  este  
 to   le  refirio  lo  que  le  auia  dicho  en  las  carnise
rias  poco  antes  el  sor   don  Frco   Durango .  Y  con
forme  a  lo  que  pasararon en  los  dos  tienpos  
 echo  de  uer  este  to   que  era  un  mismo  caso .  Y  esto  sa
ue  de  la  pregunta  y  no  otra  cosa  y  esto  res
ponde . 
         
 5 A  la  quinta  pregunta  dixo  qu  este  to   a  uisto  de  
 algun  tienpo  a  esta  parte  qu  en  casa  del  dicho  
 Juo   Perez  que  a  tenido  tienda  abierta ,  adonde  
 a  bendido  fruta ,  aseite  y  binagre  y  lena  por  me
nudo ,  y  no  saue  otra  cosa ,  y  esto  responde . 
         
 6 A  la  sesta  pregunta  dixo  que  no  saue  este  to   lo  que  
 el  dicho  Juo   Perez  gasto  en  curarse  de  las  heridas  qe   
 tubo ,  pero  le  parese  seria  poca  la  cantidat  por
que  duro  poco  la  cura ;  y  que  no  saue  que  que
dase  manco  ny  con  lesion  y  sienpre  
 bio  este  to   que  tubo  abierta  la  dicha  su  tienda  ben
diendo  en  ella  las  mercaderias  referidas  como  
 de  antes .  Y  esto  responde . 
         
 7 La  setima  pregunta  dixo  que  lo  que  a  dicho  es  
 puco   y  no para  este  to   y  la  uerdad ,  so  cargo  del  
 juramto   que  fho   tiene .  Leyosele  su  dicho ,  ratifico
se  en  el ,  encargosele  el  secreto  asta  la  publicazion  
 y  lo  prometio  y  lo  firmo  de  su  nonbre ,  de  
 todo  lo  qual  doi  ffee .  Tdo   y  no . 
         
         
 Andres  de  Cardena  de  la  Guerra Juo   de  Lareña Ate  my ,  Po   Ladron  de  Guevara ,  sno   ror   
   Leyenda: 
Expansión  • Conjetura  • Tachado  • Adición  • Restitución  • Sic 
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