Dote
Catalina Vidal
contra
Juan Veguillas
Sepan cuantos esta pública
escritura de dote y caudal vieren cómo yo
Juan Veguillas, natural de la villa de
Torremilano y vecino que soy de esta
muy noble y muy leal ciudad de Andújar
hijo legítimo de Manuel de Veguillas
difunto y de Catalina Rodríguez vecina
de dicha villa, digo que por
cuanto esto y para contraer matrimonio según orden de nuestra
santa Madre Iglesia con Catalina Vidal, natural y
vecina de esta
dicha ciudad, hija legítima de Antonio Vidal y de Josefa
Podajero,
difuntos vecinos que fueron de ella y que para ayudar
a sustentar las cargas del matrimonio lleva a él diferentes
bienes, unos heredados por muerte del dicho su padre
y otros
adquiridos con su industria y trabajo de los cuales me ha pedido
otorgue
a su favor la correspondiente escritura de dote para
lo cual
han sido justipreciados por personas peritas y de mi satisfacción
los que se expresan en la forma siguiente:
Cuatro sábanas de estopa y lino en ciento
y ochenta reales.
Seis almohadas de tiradizo en treinta y seis.
Cuatro camisas en sesenta y cinco reales.
Dos pares de enaguas blancas en veinte
y siete reales.
Dos pares de enaguas blancas en veinte
y siete reales.
Cuatro delantales de lienzo en catorce reales.
Unas maseras en dos reales.

Una corbata en seis reales.
Una mantilla de lienzo en diez y seis reales.
Dos colchones, el uno azul y blanco y el
otro de cáñamo en setenta y nueve reales
y medio.
Un henchimiento de lana para un colchón
en setenta y cinco reales.
Una almilla de durán negro en
veinte reales.
Una almilla de China color de perla
en setenta y siete reales y medio.
Una almilla de estameña negra en seis.
Una manteleta de bayeta encarnada
en ocho reales.
Una capilla de castor encarnado
con galón fino en ochenta y cuatro
reales.
Una basquiña de pelo de camello
negro
en noventa y siete reales y medio.
Un guardapiés de calimaco encarnado
en ochenta y cinco reales.
Otro guardapiés de calimaco listado
en setenta y siete reales y medio.
Una basquiña de camelote negro
en cuarenta reales.
Un manto de anascote en diez y
ocho reales.
Una mantilla de bayeta blanca
entrefina
es seis reales.
Un refajo de bayeta verde diez y ocho reales.
Vara y cuarta de indiana en diez reales.
Cuatro sillas de aneas en doce reales.
Una caldera de cobre nueva en
cuarenta
y nueve reales.
Unos chorros de perlas en treinta y
siete reales y medio.
Un rosario con tres medallas de plata
en diez y siete reales.
Unas hebillas de plata en cuarenta y ocho
reales.
Un aderezo de piedras de Francia en
veinte y dos reales.
Una cama de pino con su
encordeladura nueva
en treinta y un reales.
Una arca de pino con cerradura y llave
en quince reales.
Unos zapatos negros y otros morados en
veinte y cuatro reales.
Una sobrecama en cuarenta y cinco reales.
Unas hebillas de plata en quince reales.
Dos abanicos en ocho reales.
Un delantal de estopa y lino y una
pañoleta
de gasa en veinte reales.
Según lo cual importan los dichos bienes
un mil trescientos setenta y un reales y
diez y siete maravedís.