JA1704I2590
Capital de los bienes que aporta Sebastián López a su matrimonio con María Villar, vecinos de Villacarrillo
Fecha | 1704 |
Localidad | España, Jaén, Villacarrillo |
Proyecto | CORDEREGRA: Corpus diacrónico del español del reino de Granada. 1492-1833 |
Financiación | Junta de Andalucía/FEDER: P09-HUM 4466, 2009-2014 |
Archivo | Archivo Histórico Provincial de Jaén |
ID del manuscrito | AHPJ 14253 |
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Octubre, 10, de 1704
En la villa de Villacarrillo, en diez días del mes
de octubre de mil setecientos y cuatro años, ante
mí, el escribano público del número y los testigos
pareció presente María Villar, hija legítima
y natural de Juan López Montesinos y de
Catalina Villar, difunta, vecinos de esta vecinos de esta villa, y dijo
que a el servicio de Dios y con su gracia está
tratada de casarse y velarse según orden de
nuestra Santa Madre Iglesia con Sebastián Antonio
López, vecino de esta dicha villa e hijo legítimo y
natural de Francisco López Cortés y de Lucía
Rodríguez, difuntos, vecinos que fueron de esta dicha villa, cuyo desposorio y velación se tiene de
celebrar mañana, once del corriente. Y por cuanto
el susodicho entra a el matrimonio ciertos
bienes y de ellos quiere le otorgue escritura de capital,
y para que en todo tiempo consten los que son, yo
lo quiero hacer. Y reduciéndolo a efecto, por el tenor
de la presente, otorgo que los bienes que dicho
mi esposo entra a dicho matrimonio, apreciados
por personas que de su valor tienen noticia,
y de consentimiento de ambas partes son los siguientes:
Lo primero, un arca de pino nueva
con su cerradura en treinta reales.
Una mesa de pino pequeña mediada
en cuatro reales.
Una artesa mediada mediana en
ocho reales.
Una reja, dos vilortas y una
béstola, todo en veinte reales.
Cuatro ollas en seis reales todas.
Cuatro orzas grandes, todas en
doce reales.
Una cota y una calabaza
mediana en seis reales todo.
Una tinaja de diez y ocho arrobas
en treinta y seis reales.
Un colchón de estopa mediado con su
puebla en veinte y siete reales.
Una cama de pino con su barandilla
y cuerda, nueva, en treinta reales.
Cuatro pares de calzones de lienzo,
tres de cáñamo y unos de tomentos a
uno, mediados, en veinte reales todos.
Dos camisones a uno, mediados, en
veite y cinco reales.
Un albornoz forrado en bayeta
cabellada, una angarina y zapatos
en doscientos y nueve reales todo.
Un capote, unos calzones y
montera a uno mediado, de paño fino, en
cincuenta reales todo.
Un sombrero negro forrado en
diez reales.
Dos pares de medias de estambre,
las unas nuevas y las otras mediadas, en
diez reales ambas.
Dos pares de medias de lana
blancas, mediadas ambas, en cinco reales.
Unas polainas nuevas en tres reales.
Una capa, calzones, capote y
montera de paño de la tierra mediado
en cuarenta y nueve reales todo.
Una espada con guarnición
bernegal [1] en treinta reales.
Unos cuchillos anchos en doce reales.
Un lebrillo grande en dos reales.
Doce fanegas y media de trigo, a precio
de catorce reales por fanega, montan
ciento y setenta y cinco reales.
Un majuel de mil y
cincuenta vides en lo alto del
callejón, linde Alfonso Gallego
Cortés, Cristóbal Ramírez y Juan Nieto,
vecinos de esta villa, a precio cada una
vid de real, y montan mil
y cincuenta reales.
Seis cargas de uvas, a precio cada
una de quince reales, y montan
noventa reales.
La mitad de unas casa en la calle de
San Lorenzo, linde de Francisco de Trillo
y de la otra mitad que tiene Juan Nieto,
y por la parte de abajo linda con
Francisco de Mora, que se han de partir
igualmente por los dichos Sebastián
Antonio y Juan Nieto, su hermano, según
consta por sus hijuelas, y dicha mitad
de casas está apreciada en ciento
y cincuenta ducados. Y de esta cantidad
se han de rebajar quinientos y
setenta y ocho reales de la mitad de
dos censos que están cargados sobre
dichas casas, el uno a favor de la
cofradía de Jesús Nazareno de esta villa
y el otro a favor de don
Estanislao, vecino de la ciudad de Úbeda, porque
la otra mitad de dichos dos censos es a
cargo de dicho Juan Nieto, su hermano.
Restan por aumento de este
capital mil setenta y dos reales.
Ítem trescientos y ochenta y siete reales
que le han importado los paños y
joyas que ha dado a la otorgante el
dicho su esposo, por cuya razón se
aumentan en este capital.
Montan los bienes de este capital
juntos y en una suma
tres mil trescientos
y setenta y ocho
reales, salvo
error.
Legenda: | Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic |
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