CA1714I3501

Inventario de efectos en una tienda

Fecha1714
LocalidadEspaña, Cádiz, Cádiz
ProyectoALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P18-FR-695, 2020-2022
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscritoARCHGR 1060/08

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La cassa de su morada y en otras qualesquiera partes depositandolos en persona abonada y que se pase a el retraymto y al dho Diego Gondon se le reciba su declarazion haziendole en ella todas las preguntas y repreguntas q combengan a fin de que manifieste todos los efectos y bienes con que se halla las causas que a tenido para su retiro, en poder de que personas tiene vienes o reales, quales son las que le deven y que porziones deve el susodho y a quienes y de que proceden, y tambien a fin de descubrir los bienes se reciuan a otras personas, declaraziones y hagan las demas diligas conducentes a ponerles cobro para en bista de todo proceder conforme a dro. Asi lo proveyo y mando el sor lizdo Dn Joseph de Valdivieso, abogado de los reales consejos y teniente de gobernador y alcalde mayor de esta ziud de Cadiz a diez y ocho de agosto de mill setezientos y doce años. Lizdo Valdivieso, franco Lagar Márquez, scrivano puco. Embargo En la ziud de Cadiz dho dia diez y ocho de agosto de mill setezientos y doze años en execucion de lo mandado por el auto antecedente el sr lizdo Dn Joseph de Valdivieso, alcalde mor de esta ciud, acompañado de mi el ssno imfraescripto, estando en la tienda de Diego Gondon que es en la calle Nueba, hizo embargo de las mercaderias y efectos de ellas y se hallaron las que se siguen: Primeramte, cinquenta y cinco sombreros viejosnegros y hordinarios y algunos apolillados. Ciento y diez y siete pares de medias de lana de segunda suerte de diferentes colores. Diez y seis pares de medias de capullo para niño de distintos colores. Cuatro pares de medias de lana para muger. Doze gruezas de botones de estaño chicos. Quinze gruezas y media de anillos colorados de cuero. Treinta y seis estuches de cuchara, cuchillo y tenedor. Diez y ocho papeles de abujas. Onze papeles de corchetes. Onze escarmenadores grandes y chicos. Doze pares de medias de seda para muger de barios colores. Dos pares dhas para hombre. Cuatro pares de calcetas de ylo. Ocho dozenas de abanicos hordinarios. Treinta pares de guantes para hombre cortos. Veinte y tres pares dhos largos. Diez dozenas de corchetes grandes. Tres gruesas de anillos colorados. Dos cajetas de madera del aire Una cajeta con una porzion de argoyas de yerro. Un cobertor blanco. Tres batas de lienzo pintado enbutido en algodon. Veinte dozenas de dhos anillos colorados y mas dos gruesas dhos. Cuatro cajetas para tabaco de dha madera del ayre. Veinte y quatro pares de guantes para hombre largos. Nuebe pedazos de piezas de colonia de varo labrado con oro y plata. ocho pedazos de sintas de lazo labradas. Veinte y quatro pedazos de cinta de francia sin labrar. Quatro monteras bordadas con plumas. Dos regalillos de Marta, el uno apolillado. Dos papeles de anillos de laton y piedras falsas. Un pedazo de burato negro con diez varas. Cinco papeles de corchetes pequeños, tres dozenas de botones grandes metal del principe. Cuarenta y ocho piezas de sintilla blanca de ylo. Cuatro papeles de corchetillos. Cuarenta y quatro papeles de dhos anillos colorados. El armazon mostrador, vara de medir y un cajon de pino vacio. Muebles ropa Ocho silletas flamencas con lienzo en lugar de baqueta viejas. Una cama de nogal, un colchon y dos almohadas. Un bufete de pino y un taburete viejos. Cinco cuadros de bara de largo poco menos con molduras pintadas y doradas de diferentes colorines. Un espejo de quarta de luna con marco negro. Doze laminitas estampas de papel. Dos cajas de nogal de dos varas de largo cada una. Seis silletas de paja francesas viejas. Nuebe manteles y dos zerbilletas, todo viejo de lienzo vasto. Una casaca de lana y unos calsones de gamuza, todo viejo. Quatro sabanas viejas, otra caja marinera bieja. Una mesa de pino redonda, vieja y en la dha tienda ni en los quartos altos de la cassa en que esta, que son de la havitazon del dho Diego Gondon, su muger y familia no se hallo otra cosa alguna de considerazon mas que los efectos y bienes que quedan imbentariados y a fin de descubrir todos los tocantes al susodho, el referido sr alcalde mr en presencia de mi dho scrivano recivio juramto a da Angela Benedita de Gondon que se hallava en dha tienda y cassa y dijo llamarse asi y ser muger legitima del referido Diego Gondon y haviendolo hecho la referida por Dios nro sor y una seña de cruz, prometiendo desir verd le pregunto su mrd si savia donde hubiese mas bienes y mercaderias del dho su marido y dijo no saver ni constarle que este tubiese otros que los que quedan embargados en su poder ni de otras personas y que esto es la verd. En cargo de su juramto dijo ser de edad de quarenta y quatro as y no firmo porque dijo no saver. Y estando presente a la execucion de esta diliga, Dn Juan que es escrivano publico. En Cadiz a veinte y uno de enero de mil setezos y treze, yo el escrivano zite para el efecto que se previene en el auto supraescripto a dn Juan Bauptista Pedemonte y a dn Gaspar Galeti por si y su compañia en sus personas de que doi fee. Lagar: En Cadiz a veinte y tres de enero de setezientos y treze zite para dho efecto a Gaspar de Loaissa y Bartolome Badan, procuradores en nombre de sus padres en sus personas de que doi fee. Lagar: En Cadiz a veinte y seis de enero de setezientos y treze. Hize saver el nombramiento de apresiadores, hecho por el auto de esta oja a dn Juan Baupta Simon y dn Andres de la Cruz en sus personas, quienes lo aceptaron, juraron por Dios y una cruz hazer bien y fielmente los apresios que se les encargan y lo firmaron de que doi fee Juan Baupta Simon, Andres de la Cruz franco Lagar Marquez, ssno puco. En Cadiz, dho dia veinte y seis de enero de setezos treze notifique el dho auto retroescripto, por lo que le toca a dn Juan Ponz, depositario de los vienes embargados en estos autos en su persona y dijo estava prompta a cumplir lo que por el se le manda de que doi fee. Lagar: En Cadiz, a treinta y uno de enero de setezientos y treze. Ante mi el ssno imfraescripto paresieron dn Juan Baupta Simon y dn Andres de la Cruz y dijeron que haviendo Dn Juan Pons manifestadoles los generos y vienes que constan en el embargo y vistolos y reconosidolos los declarantes han hecho el apresio de ellos en la forma que se sigue: De los cinquienta y cinco sombreros ordinarios an apresiado los siete en ochenta y quatro reales de plata antigua y a los quarenta y ocho restantes que estan apolillados por ser de ningun valor no les pusieron presio. Cinquenta pares de medias de segunda suerte de Inglaterra y cinquenta reales de plata. Siete pares dhas apolilladas a quatro reales de plata el par son veinte y ocho reales de pta. Cinquenta y nueve pares dhas de francia a quatro reales de plata el par son ziento y cinquenta y siete reales de dha moneda. Veinte y un par dhas apolilladas a dos rs de plata son quarenta y dos rs de dha moneda. Diez y siete pares de medias de capullo para niños a real y medio de la misma moneda. Cuatro pares de medias de lana para muger a dos rl de plata el par son ocho. Doce gruesas de botones de gitano chicos a tres reales de plata la gruesa son treinta y seis. Quinze gruesas de anillos colorados de hueso a real de plata la gruesa, son quinze reales. Treinta y seis estuches de cuchara, cuchillo y tenerdor a seis reales de plata cada uno, son setenta y dos reales de plata. Diez y ocho papeles de abujas de laton a rreal de plata cada papel, son diez y ocho reales de dha moneda. Onze papeles de corchetes pequeños en onze reales de plata. Onze escarmenadores grandes y pequeños y algunos rotos, todos ellos en real y medio de plata. Catorze pares de medias de seda de hombre a ocho reales de plata el par deszurzidas, son siento y doze reales de plata. Cuatro pares de cabezas de hilo mui ordinario a real de plata el par son quatro rrl. Ocho dosenas de anillos ordinarios, los paises de papel y algunos maltratados a siete reales de plata la dosena, son cinqta y seis. Treinta pares de guantes de hombre cortos a diez reales de plata la dosena, son veinte y cinco reales de dha moneda. Veinte y tres pares dhos largos en diez y seis reales de plata. Dos pares de medias de seda para muger en doze reales de plata. Diez dosenas de corchetes grandes en diez reales de plata. Tres gruesas de anillos colorados de oro en tres reales de dha moneda. Dos cajetas de madera de el aire, ambas en quatro reales de plata. Dos papeles, cada uno con una porzion de argollas de herro, ambos en seis reales de dha moneda. Un cobertor blanco en ocho reales de pta. Tres batas de lienso pintado a dos rs cada una, son quarenta y ocho reales de pta. Veinte dosenas de dhos anillos colorados y mas dos gruesas de dhos, todo en tres rreales y medio de plata. Quatro cajetas para tavaco de madera del aire a dos reales de plata cada una son ocho reales dhos. Veinte y quatro pares de guantes para hombre, todos en diez y ocho reales de pta. Dos pedasos de colonias de quatro dedos de ancho con oro a seis reales de plata la vara , tienen treze varas los dos, montan setenta y ocho reales dhos. Diez pedasos dhos con oro mas angosta y que tienen cinquenta y una varas y quarta a dos reales plata la vara. Una con otra, montan ziento y dos reales y medio de plata. Siete pedasos de sintas de raso labradas con veinte y cinco varas y tres quartas a dos reales plata la vara, montan cinquenta y un reales y medio de dha moneda. Veinte y seis pedasos de colonias de franzia llana con ziento y sesenta varas y quartas, unas con otras a tres quartillos de plata la vara, montan ziento y veinte reales de dha moneda. Quatro monteras de plumas todas en veinte y quatro reales de plata. Dos regalillos de Marta, ambos apolillados que no tienen valor ninguno. Dos papeles de anillos de laton con unas piedras pequeñas, ambos en ocho reales de pta. Un pedaso de burato negro con diez varas podrido en diez y seis reales de plata. Cinco papeles de corchetes pequeños en cinco reales de dha moneda. Tres dosenas de botones de metal del principe en ocho reales de plata. Quarenta y ocho piesas de sintilla blanca angosta a real de plata la piesa montan quarenta y ocho de dha moneda. Quatro papeles de corchetillos en quatro reales de dha moneda. Quarenta y quatro papeles de anillos colorados en quarenta y quatro reales de pta. El almason y mostrador de la tienda, todo viejo, en cinquenta y seis rrl pta. Muebles: Ocho sillas flamencas con lienso en lugar de baqueta, en dose reales plata cada una, son noventa y seis reales de dha moneda. Una cama de nogal que se compone de quatro palos y sus tablas, en veinte y quatro reales de dha moneda. Un colchon viejo en dos reales pta. Dos almohadas viejas en dos reales pta. Un bufete de lino viejo en quata reales de plata. Un taburete viejo hecho pedasos en un real de dicha moneda. Cinco quadros viejos de vara de largo con marcos pintados, en treinta reales de plata. Un espexo de quarto de luna manchada en quatro reales de plata. Dose laminitas de estampas, todas en quatro reales de plata. Dos cajas de nogal en sesenta y quatro. Seis silletas de paxa a la francesa viejas en seis reales de plata. Nueve manteles y dos servilletas, todo viejo, en dose reales de dha moneda. Una casaca de paño y unos calsones de la musa, todo mui viejo y roto en dose reales de pta. Quatro savanas viejas y rotas, todas en ocho reales de plata. Una caja marinera vieja en ocho reales de plata. Una mesa de lino redonda, vieja, en quatro reales de dha moneda. Cuios apresios aseveraron haver hecho segun su leal saver y entender si fraude, coluzion ni encubierta alguna, de el dho su juramto, que reiteraron y lo firmaron de que doi fee. Juan Baupta, Simon, Andres de la Cruz, franco Lagar Marquez, escrivano puco. En Cadiz, a tres de febrero de mil setezs y treze notifique el auto del folio cinquenta y uno, por lo que mira a la recepcion de prueva a dn Juan Baupta Pedemonte y a dn Gaspar Galeti en sus personas de que doi fee. Lagar: En Cadiz, el mismo dia hize notorio dho auto por lo que toca a lo referido a Gaspar de Loaissa y Bartolome Badan, procuradores en nombre de sus padres en sus personas de que doi fee. Lagar: Recevimos de dn Juan Baupta Pedemonte.

Leyenda:

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