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Declaraciones de médicos y cirujanos en un pleito matrimonial sobre la nulidad del matrimonio por defecto de impotencia

Fecha1756
LocalidadEspaña, Zamora, Toro
ProyectoVIVE. Vita Verborum. Los peritajes de las Chancillerías castellanas en la historia del español (1650 - 1833)
FinanciaciónMinisterio de Ciencia e Innovación. Proyectos de Generación de Conocimiento 2022. PID2022-136256NB-I00
SubcorpusMadrid y otros
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Valladolid

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suficiente que regularmte se observa en dha parte y habiendo egecutado las diligencias correspondientes para calentarlo y darle motibo a la ereczion nucna se pudo conseguir ni dio el mas lebe indicio para ello por lo que le pareze del declarante que padezen los musculos erectores de dho miembro viril una gran dibilidad o una perlesia en dha parte consistiendo estos afectos en la falta de mobimto y pobreza de spiritus que asi en el todo como en dhos musculos, mediante lo que lleba dho se obserba y se colige por lo afeminado de la extructura de dho Vizente no poder tener dho miembro viril la fuerza correspondiente para el uso del matrimonio y esta comprehendido en las segundas señales o clases que antes de aora lleba relacionado y respecto de que el declarante no debe introducirse en la parte que pertenezca a los medicos de profesion por lo mismo y no poderse aberiguar si despues contraido el matrimonio erigia o no su miembro viril de suerte que alguna vez se consumase, no puede hazer declarazon de que la debilidad y falta de ereczion que aora se obserba aia sido o no perpetua y antezedente como ni tampoco si es o no curable porque como lleba dho perteneze su conocimto y curar a los dhos medicos que es quanto puede decir y Dios le a dado a entender so cargo del juramto que lleba echo en que se afirmo, rratifico y lo firmo, declaro ser de quarenta años poco mas o menos de que io el notario doi fee.


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