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Partición de Francisca Jiménez, viuda, y otros

Fecha1780
LocalidadEspaña, Sevilla, Lebrija
ProyectoALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P18-FR-695, 2020-2022
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Sevilla
ID del manuscritoAHPSe 23179-P

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comunes que hay en contra de el, como son el capital del dho Joseph Alcon Morgado, la dote de mi, la dha Franca Ximenes, y otros gastos que, por menor, se diran en el cuerpo de deudas comunes que reformare y se hara liggon para venir en conosimto de los vienes multiplicados. Yt, se supone que del capital y vienes multiplicados del dho Joseph Alcon Morgado, se vajaran por deudas particulares de el, los gastos hechos en su funeral, misas, entierro y cumplimto del zitado su testamto, a cuyo fin se formara liggon de su quinto y el residuo que quedare se agregara a el caudal liquido, y este se diuidira entre sus herederos. Yt, se supone que despues de el fallesimto del dho Jph Alcon Morgdo, murio el dho Joseph Maria Alcon, su hijo, con Maria Cordero sin dejar subsion alguna del matrimo que contrajo con Maria Cordero, por cuya rason yo, la dha Franca Xims, fui su vniversal heredera de los vienes que hauia reseuido por su capital y en quenta de ambas legitimas y de todos los otros dros y acciones que le pertenesean. Yt, se supone que la dha Ana Maria Josepha Alcon caso conmigo, el dho Xptbal Garsia Rico, y que de su matrimo quedaron por sus hijos legitimos los enunciados Manuel Seuastian Garsia y Andres de la Pas Garsia, menores, los quales en su representasion seran vno de los herederos del dho Joseph Alcon Morgado. Con cuyos supuestos y advertencias pasamos a la formason de dha partision hasiendo el cuerpo de hazda, cuyos vienes que contubiere, declaramos han sido apresiados por ynteligentes de nra satisfasion, y asi lo formamos en la manera siguiente: Cuerpo de hazienda Primeramte, es cuerpo de hazda vnas casas en esta va, ce de la fuente, linde otras de dn Pedro Rams Arias, pror, y casas de herederos de Andres Mrn Aldauon, los quales son libres de todo tributo, cargo y grauamen porque asi las hubo y compro el dho Joseph Alcon Morgado de da Beatris Rams Trujillo, viada de dn Pedro de la Seña y Grajales, por en que paso ante el presente essno el dia veinte y siete del mes de junio del año pasdo



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