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Inventario de la botica y el corto menaje de casa que Blas Miguel de Guzmán, maestro farmacéutico, deja tras su fallecimiento a su viuda y sus cuatro hijos

Fecha1765
LocalidadEspaña, Sevilla, Sevilla
ProyectoALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P18-FR-695, 2020-2022
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Sevilla
ID del manuscritoAHPSe 738-P, oficio 1

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Ytt ropa blanca de bestir, cien rs. Ytt quatro manteles de estopa, treinta y dos rrs. Ytt media docena de seruilletas de estopa, diez y ocho rrs. Ytt dos almireses, quince rrs. Ytt una mantilla de tisù de ceda, treinta rrs. Ytt dos mantos de ceda, treinta rrs. Ytt una alteza, doce rrs. Ytt una abuja pa la caueza, diez rrs. Ytt un arnillo de hierro, tres rrs. Ytt un peinador, cinco reales. Ytt una toalla, quatro reales. Ytt dos tarimas, veinte reales. Ytt un catre, nueue rrs. Ytt una armadura de cama vieja, veinte y dos rrs. Ytt dos candiles, azadores y pinses, y yares, diez y ocho rrs. Ytt las casetas medidas y espatula de metal, doce rrs.

De manera que las dhas partidas ymportan tres mill diez y seis rrs y un quartillo de vn. Y ante mi y testigos de su libre y expontanea voluntad, jura pr Dios Nro Sr y la señal de la sa cruz segun dro, qe todo el contenido d esta declarazn y manifestazn y cada uno de sus particulares son ciertos y uerdaderos, y qe la ha hecho y hace en descargo de su conciencia y pa dar luz y clara yntelixa a sus heredos y euitarles qualesqa dudas, ofuscaciones y contiendas qe sre todo ello pudieran tener, â cuio efecto me pide y ruega se lo de pr testimo, ê yo se lo doy en la conformd que va expresada; y tambien ante mi, confiesa y declara que el nominado dn Blas Miguel de Guzman, su segdo marido desps de hauer contraido su matrimo, pago al a precio de treinta y dos rrs fanegs, ymportaron seiscientos y ocho rrs, lo qe satisfizo pr hauerse obligdo la otorgte de mancn yn solidum con el expdo dn Anto Serrano, su primo marido, cuia cantd se deuera reuajar del monto de qe entrò la otorgte al segdo matrimonio, segn y como expresado queda y se obliga â hauer pr firme esta decn con todo su contdo



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