Ytt, vn chocolatero en quinze reales.
Ytt, vn almires en treinta reales.
Ytt, vnas estrebes en treze reales.
Ytt, de diferente lossa, sesenta rrs.
Ytt, seis lienzos de distintas pinturas
en ciento y cinquenta reales.
Ytt, vnas laminas en veinte y dos rrs.
Ytt, seis fanegas de trigo en ciento y
ochenta reales.
Ytt,dos candeleros de metal en dies y ocho
reales.
Ytt, dos coxines en treinta reales.
Los quales dhos vienes suman y montan
tres mill setezos treinta y ocho reales de
vellon, en que como pormenor ba referido han sido estimados
y apreciados por personas peritas e yntelixentes de mi sa
tisfacion y la de los dhos mis suegros, por quienes aora, de preste, se
han puesto de manifiesto los expresados vienes; y me los han
entregado; y de los susodhos los he reseuido en presencia
del preste ssno y testigos de esta carta de que le pido de fee, e yo,
el ssno, la doi de que en mi presencia y de dhos testigos los dhos
Franco Gonzs y su muger pusieron de prompto y manifiesto
los expresados vienes en que se entrego el dho Nicolas Fe
rreira, por lo qual yo, el susodho, me doi por entregado de ellos
y me obligo a tenerlos en mi poder sobre mi persona y
vienes, y sobre lo mejor y mas bien parado de ellos por dote
y caudal conocido de la dha Maria del Aguila, mi esposa,
que ha de ser pa no disiparlos, ni obligarlos a mis deudas,
crimenes, ni excesos, ni otra cosa alguna y, si lo hiziere,
no valga, antes si los dare y pagare en la cantd de ellos a la
dha mi esposa y a qn su poder, causa y dro representa
prompta y efectiuamte de como el dho nro matrimonio,