reales y medio de vellon.
Yten zinquenta doblones de a dos escudos de oro
cada vno, que ynportan tres mill reales de vellon.
Dos frazadas biejas de la cama, la una blanca y la
otra colorada, tasadas anbas en veinte reales.
Otra de pellejos mui bieja tassada en diez reales.
Y en la forma referida los dichos testamentarios fene
cieron y acauaron el dicho imventtario por no ha
uer parezido mas vienes ni efectos que los referidos; y protestaron
que si otros algunos parezieren en qualquier tiempo que sea, los mani
festaran y pondran a continuazion de este ymventario; y los dichos
tasadores juraron a Dios y a una cruz en forma de derecho de aber
hecho bien sus ofizios y sin azer agrauio a ninguna de las partes.
Y dichos vienes y dinero se entrego al dicho Franco Hernandez, el qual
los reziuio a ley de deposito para dar cuenta de todo, cada y quando
que se le pida; y lo firmaron, de los dichos testamentarios y tasadores,
los que supieron, y por los que no, vn testigo; siendolo presentes don Pedro
de Espinosa Velarde, Juan Fernandez y Pedro Melendez, residentes
en esta corte de que doi fee.