Un quartillo de madera en un real.
Un jintero en dos reales.
Un casillo de alsofar en nuebe reales.
Una sarten pequena en quatro reales.
Un candil en dos reales.
Unas trebes en quatro reales.
Un almires en beinte y seis reales.
Paleta grande y pequeña y un asadon en sinco reales.
Un quchillo en real y quartillo.
Beinte i seis baras y media de lienso casero a presio de sinco reales.
Mas tres halmoadas de lienso casero a sinco reales.
Dos halmoadas de bretaña pobladas, trese reales.
Una toalla en quinse reales.
Dos baras y media de manteles, dose reales y medio.
Quatro serbilletas, ocho reals.
Un cobertor encarnado, dies y siete y medio.
Unas delanteras de indiana con olandilla, catorse reales.
Media dosena de sillas de anea, trese reales y medio.
Un colchon poblado de lana setenta reales.
Catorse baras de lienso asul y blanco a tres reales y medio.
Una mesa grande con gabeta sin presio.
Un candil en un real.
Una sarten en seis reales.
Montan los bienes
00516 rs Cuias partidas redusidas a
una summa componen quinientos
y dies y seis reales de vellon, de quios
bienes me doi por entregado a
mi boluntad y satisfasion; y res
pecto a que la entrega de ellos es y a sido a presen
sia del presente escribano y testigos, le pido d ello de fee e yo
el escribano la doi de que a mi presensia y de los testigos
que aqui se contendran, el dicho dn Andres Carmona
se entrego en todos los bienes aqui espresados y le
otorgo a la dicha su suegra carta de pago y finiquito en
forma obligandose a tenener dichos bienes guardados
y custodiados para entregarlos siempre que el ma
trimonio sea disuelto o separado por muerte, o
por diborsio, o por otro qualesquiera de los casos que
el derecho permite, y no los bendera, henaxenara ni