Dote confesada que otorga
don Miguel Lopez Montes
a favor de
da Josefa Garrido Molina
En la ciudad de Baeza, a trein
ta y uno de enero de mil ochocien
tos ochenta, ante mi, d Francisco
de Paula Maza, vecino de ella, no
tario del ylustre colegio de
en este distrito, presentes los testigos que servi
ran, comparecieron, de una parte, Don Miguel Lo
pez, casado, de edad de veinte y cinco años,
medico cirujano, vecino de la villa de Canenas,
con cedula personal librada en veinte y nueue de
noviembre último número trescientos siete; y de
ottra, da Josefa Garrido Molina, casada, de edad de
diez y ocho años, sin oficio, asistida de su madre
da Juana Molina del Jesus, viuda, propietaria
de cuarenta y ocho años, ambas de este domicilio,
con cédulas personales, espedidas en veinte y seis
del mes actual, números mil ciento cincuenta y
mil ciento cuarenta y nueve; a cuyos comparecien
tes doy fe conozco, asi como su vecindad y con
dicion social, y previa manifestacion que hi
cieron de que tiene la aptitud legal necesa
ria para formalizar estas escrituras de dote con
fesada, para cuya otorgacion la da Josefa Gar
rido pidió y obtubo de su madre el permiso
que por derecho se requiere, el d Miguel Lopez