Particion combencional
de los bienes que quedaron por el
fallecimiento de Sevastiana Gonza
lez de Corpas, vecina de esta villa.
Entre
Felipe y Maria Maior Marqz
de Prados, hermanos, sus dos
sobrinos y herederos, vezs de ella.
Notorio sea a los que esta publica escritura de particion
combencional de bienes vieren como nos, de la una parte
Juan Marquez de Prados, como padre y legitimo adminis
trador de la persona y bienes de Maria Maior Marquez
de Prados, su hija de estado honesto, y maior de veinte y
cinco años, y tambien la susodicha; y de la otra Felipe
Marquez de Prados, hermano de esta, vecinos que somos
de esta villa de Bailen. Decimos: que Sebastiana
Gonzalez de Corpas, nuestra difunta tia, por el testamento
que otorgo de mancomun con Baltasar Basilio de
Mora, su marido, ante el presente escriuano, el dia
catorce del mes de febrero del año pasado de mil setecien
tos setenta y nuebe, nos instituyo para despues de los
dias de este, por sus unicos, y uniuersales herederos
de todos sus bienes. En cuya atencion, verificado que
fue el fallecimiento de la susodicha, y tambien el
del citado su marido, salimos, pretendiendo ante
la real justicia de esta villa, se nos diese la
posesion real de los raices, se diuidiesen los muebles
y demas efectos con los herederos de dho Mora, y
se nos entregase la mitad que de ellos nos pertenecia,