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Partición convencional de los bienes que quedaron por el fallecimiento de Pedro Gallego y Ana Baena

Fecha1783
LocalidadEspaña, Jaén, Bailén
ProyectoALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P18-FR-695, 2020-2022
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Jaén
ID del manuscritoAHPJ 6050

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otorgantes, y cada uno por su parte la aprouamos y consentimos en toda forma, dandola todo el ualor, fuerza y firmeza que se requiere para que ahora y en todo tiempo la tenga, sin que en alguno nos quede accion para contradecirla, reclamarla ni objetarle defecto alguno, pues si lo intentaremos queremos no ser oidos en juicio, ni fuera de el. Y, nos, los dichos Catalia, Ana y Bartolome Gallego, nos damos por entregados de los bienes que respectibamente se nos han adjudicado en nuestras yjuelas, y por satisfechos y pagados con ellos de todo el hauer que nos ha correspondido, por las legitimas de los referidos nuestros padres. Y yo, el citado Lucas Rodrigz de Espinosa, curador ad bona del dho Pedro Gallego, menor, me doy asi mismo por entregado a mi voluntad de todos y cada uno de los bienes que le quedan adjudicados en su hijuela y le han pertenecido en esta cuenta por satisfaccion y pago de sus legitimas y del legado que en su testamento le hizo su difunto padre, cuyos bienes como tal, su curador, me obligo en toda forma a tener y conservar en mi poder durante el tiempo de su menor edad, y a entregarselos luego que salga de ella, administrandoselos en el interin con el maior cuidado, de forma que, mas bien se les esperimente aumento que deteriora algunas, y a darle en aquel caso al susodho o a sus herederos la buena quenta y razon que se me pida de ellos. Y a la firmeza y cumplimto de quanto queda referido y a cada uno de los dhos quatro otorgantes corresponda. Nos obligamos con nuestros bienes hauidos y por haver. Damos poder cumplido a los



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