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Carta de dote y caudal de Fernando de Orcera y Lucía Gallego, vecinos de Villacarrillo

Fecha1700
LocalidadEspaña, Jaén, Villacarrillo
ProyectoALEA oriental-XVIII. Atlas Lingüístico y Etnográfico de Andalucía oriental, s. XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónJunta de Andalucía, Consejería de Transformación Económica, Industria, Comercio y Universidades/FEDER. Proyectos I+D+i del Programa Operativo FEDER 2020: A-HUM-116-UGR20
SubcorpusAndalucía
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Jaén

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de baieta de Flandes ribeteada nueba, un par de medias de estanbre encarnadas, unos guantes, un pañuelo de roso y tres baras de ligilla encarnda, bara i media de colonia berde, y unos çapatos. Que dhas partidas juntas, segun su tasaçion, inportan treçientos y doçe res y medio. Yten se aumenta en esta dote por bienes que dan los dhos Melchor Gallego y su mujer a la dha su hija, diez i seis botones de plata y un bobillo de encajes en vte y çinco res todo. Y ansi mesmo se aumenta unas enaguas de estopa i lana nuebas que ansi mesmo dan los susodhos en vte res. Montan los bienes de esta dote juntos y en una suma mill seteçientos y çinco res, salbo error. Y de los bienes arriba referidos, yo, el dho Fernando de Orçera, me doi por contento y entregado en todos ellos a mi boluntad, sobre que renunçio las leies de la entrega, prueba y paga, dolo i engaño y las demas d este caso, porque confieso abellos reçibido a bista y en presençia del presente essno y testigos. De cuio entrego y reçibo yo, el presente essno, doi fee se hiço en mi presençia y de dhos testigos, y me obligo a tener dhos bienes por dote de dha mi esposa, sobre lo mejor y mas bien parado de los mios, y a no obligarlos a mis deudas, crimenes ni exçesos, y a se los dar y entregar a dha mi esposa u a quien por ella fuere parte lejitima cada que el matrimonio sea disuelto o separado por muerte, diborçio o por otra qualquiera de


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