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Carta de dote de Miguel Muñoz a su mujer

Fecha1730
LocalidadEspaña, Huelva, Huelva
ProyectoALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P18-FR-695, 2020-2022
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Huelva
ID del manuscritoAHPH 4234

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cada una de ellas se contiene y me obligo de tenerlos sobre lo mejor y mas bien pagado de todos mis vienes y de no los disipar ni obligar a mis deudas, crimines ni exsesos. Y cada vez y quando que el matrimonio q es entre mi y la dha mi muger fuere disuelto o separado, por muertte o divorsio o por qualquiera de los casos que el derecho permite, dare y bolberé a la dha mi muger o a quien su causa ubiere los dhos dos mill settesientos y sinquenta y quatro reales de vellon enteramente como los tengo resevidos, luego de llano en llano sin aguardar a plaso ni termino alguno, ni la atension del año fattal que en este caso se me consede cuio auxilio y remedio expresamente renumsio y a todo ello se me pueda executtar y execute en virttud de esta escriptura y el juramento de la dha mi muger o de quien su causa ubiere en quien lo dejo diferido sin otra prueba alguna de que le relevo a cuio cumplimiento y firmesa obligo mi persona y vienes avidos y por aver y doy poder cumplido a la justtisia y jueses de su magesttad y que de esta causa puedan y devan conoser para que a ello me compelan y apremien com o por sentensia pasada en cosa jusgada y renumsio las leies, fueros y derechos de mi favor y la general en forma que es fha la cartta en la villa de huelva en treintta dias del mes de henero de mill settesienttos y treintta años y el otorgante que yo el ssno ppco doy fee conosco, lo firmo siendo testigos Andres Gomes, Andres Gonsales y Dn franco quintano vezs de Huelva. Miguel muños


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