Un bufette de caoba en çiette rs y mo.
            
 Un bufette grande con  erraxe en ueintte y dos 
 rs y mo de un.
            
 Un çillon de baquetta de moscobia en ueintte y dos rs.
            
 Tres sillas de paxa en çinco rrs.
            
 Un espexo de marco negro en ueintte y dos rrs y mo.
            
 Dos laminitas con marco dorado en doze rs.
            
 Seis quadros de diferenttes pintturas, los quatro de a bara y 
 los dos de a bara y media, en çinqta y ocho rrs.
            
 Quattro laminitas de barro en quatro rrs.
            
 Una cama de campo de granadillo en çiento y ochenta rrs.
            
 Una manta de la çierra en quinse rs.
            
 Una caldera de cobre nueba en çinqta rs.
            
 Unas treuedes, esparrillas, asador y candil 
 en veintte y dos rreales de uellon.
         
         
            
 Por manera q suman y monttan los dhos 
 vienes segun sus apreçios un mill quinienttos y quarentta y ocho 
 reales de uellon q e resiuido del dho Juan Garrido mi suegro, que 
 por ser en mi poder me doy por uien conttentto y enttregado a ttoda mi bo
lunttad sobre q renunçio las leyes de la non numera pecunia 
 prueba y paga del rreçiuo y demas de este caço como en ellos 
 y en cada una de ellas se conttiene, cuios bienes me obligo a tte
ner en mi poder por dotte y caudal de la dha Josepha Muños, 
 mi muger, y de no los disipar ni obligar a mis deudas, crimines 
 ni exsesos, y cada bes y quando que el dho mattrimonio