Un bufette de caoba en çiette rs y mo.
Un bufette grande con erraxe en ueintte y dos
rs y mo de un.
Un çillon de baquetta de moscobia en ueintte y dos rs.
Tres sillas de paxa en çinco rrs.
Un espexo de marco negro en ueintte y dos rrs y mo.
Dos laminitas con marco dorado en doze rs.
Seis quadros de diferenttes pintturas, los quatro de a bara y
los dos de a bara y media, en çinqta y ocho rrs.
Quattro laminitas de barro en quatro rrs.
Una cama de campo de granadillo en çiento y ochenta rrs.
Una manta de la çierra en quinse rs.
Una caldera de cobre nueba en çinqta rs.
Unas treuedes, esparrillas, asador y candil
en veintte y dos rreales de uellon.
Por manera q suman y monttan los dhos
vienes segun sus apreçios un mill quinienttos y quarentta y ocho
reales de uellon q e resiuido del dho Juan Garrido mi suegro, que
por ser en mi poder me doy por uien conttentto y enttregado a ttoda mi bo
lunttad sobre q renunçio las leyes de la non numera pecunia
prueba y paga del rreçiuo y demas de este caço como en ellos
y en cada una de ellas se conttiene, cuios bienes me obligo a tte
ner en mi poder por dotte y caudal de la dha Josepha Muños,
mi muger, y de no los disipar ni obligar a mis deudas, crimines
ni exsesos, y cada bes y quando que el dho mattrimonio