tierro
seis
capellanes de dha yglesia y se ofren
de mi cuerpo a la
voluntad de mis al
baseas.
Ytten mdo qe el dia de mi entierro, si fue
re ora y si no
otro siguiente, se digan
por mi alma, al cuerpo presente, dos
misas cantadas como es costumbre.
Ytten mdo se me diga la missa
de anima
y tres del agonia en el convento de Nra
Señora de la Vitoria por sus relixiosos.
Ytten mdo se me digan por mi
alma e ynten
sion y devosiones, cumplimto a sesenta
missas resadas, y sacada
la quarta parte
de la yglesia, las demas se digan en
el
dho convento de la Vitoria por
sus relixiosos.
Ytten declaro deuo al cordoues, treinta y ocho
reales de
vellon; mando se le paguen.
Ytten declaro deuo al lizdo dn Raphael
Sayago,
vicario de esta ua,
dos rs de plata; mando se
paguen.
Ytten declaro deuo a Franco Lauadia, mercader,
tres reales de vellon;
mdo se paguen.
Ytten declaro deuo a dn Franco Fuentes, mercader,
quatro
rs y mo; mando se le paguen.
Ytten declaro deuo a otro cordobes sinco rs;
mando se le paguen.
Ytten declaro tengo por mis vienes los siguientes:
Primeramte, veinte y seis
adarmes de perlas; dos onzas
y quarta de corales; vn anillo de
oro
de clauetes qe pesa quatro
escudos; dos cucharas