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Probanza. Manuel Espadas contra Juan María Mayorgas, vecinos ambos de Loja, sobre palabras denigrativas contra la hija de Manuel Espada

Fecha1784
LocalidadEspaña, Granada, Loja
ProyectoHISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
FinanciaciónMINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscritoARCHGR 10723/10

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chas blasfemias, haciendo demostraciones de hecharse manos a la garganta para ahorcarse y tomando una escopeta, y executando otras acciones de un hombre perdido y el mas escandaloso. Digan, ea. 7 Si saven que, consiguiente a la mala conducta que se demuestra en la pregunta antezedente, el referido D Juan Maria Mayorgas en distintas ocasiones insulto a las dos referidas hermanas, pretendiendo atropellarlas, persuadiendolas a este fin en ocasiones separadas y ofreciendolas dinero, y aun enseñandolo en el mismo bolzillo que lo guardava. Digan, ea. 8 Si saven que, haviendo las referidas Maria y Antonia Espada dado quenta a su padre de que d Juan Maria Mayorgas las perseguia con acciones y palavras deshonestas, dispuso aquel retirarse de la caseria con sus hijas por evitar el daño grave que podia resultarles en su honor y estimacion. Y, con efecto, se fueron a vivir a la ciudad de Loxa, y en casas de Victoria Terme, abuela de dichas dos hermanas, en donde lo pasaban con el mayor recojimto y sin causar nota la mas leve. Digan, ea. 9 Si saven que, haviendo pasado como un mes de vivir en las casas de su abuela, fue a ellas Franco Cavrera, de estado viudo, y de su propia voluntad declaro el animo de casarse con la citada Maria Trinidad Espada. En cuia ocasion, aunque no se formalizaron los esponsales, tuvieron efecto despues. Y luego, que dicho pretendiente le manifesto su modo de pensar a Manl de la Espada, padre de aquella. Digan, ea. 10 Si saven que, vajo de la expresada palavra de casamto,


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